Acuerdo Reglamentario N° 1686 - Serie “A” 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Abril de 2021
EmisorTribunal superior de justicia
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXVI - Nº 66
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 8 DE ABRIL DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
TAS” -Secretaría de Control, Niñez, Adolescencia, Penal Juvenil, Violencia
Familiar y de Género y Faltas”.
•Centro Judicial de Morteros: “JUZGADO DE 1° INSTANCIA EN LO CI-
VIL, COMERCIAL, CONCILIACIÓN, FAMILIA, CONTROL, NIÑEZ, ADO-
LESCENCIA, PENAL JUVENIL, VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNERO
y FALTAS” - “Secretaría de Control, Niñez, Adolescencia, Penal Juvenil,
Violencia Familiar y de Género y Faltas”.
•Centro Judicial de Las Varillas: “JUZGADO DE 1° INSTANCIA EN LO CI-
VIL, COMERCIAL, CONCILIACIÓN, FAMILIA, CONTROL, NIÑEZ, ADO-
LESCENCIA, PENAL JUVENIL, VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNERO
y FALTAS” - “Secretaría de Control, Niñez, Adolescencia, Penal Juvenil,
Violencia Familiar y de Género y Faltas”.
Sexta Circunscripción:
•Centro Judicial de Villa Cura Brochero: “JUZGADO DE 1° INSTANCIA EN
LO CIVIL, COMERCIAL, CONCILIACIÓN, FAMILIA, CONTROL, NIÑEZ,
ADOLESCENCIA, PENAL JUVENIL, VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNE-
RO y FALTAS” - “Secretaría de Control, Niñez, Adolescencia, Penal Juvenil,
Violencia Familiar y de Género y Faltas”.
Séptima Circunscripción:
•Centro Judicial de Cosquín: “JUZGADO DE 1° INSTANCIA EN LO CIVIL, CO-
MERCIAL, CONCILIACIÓN y FAMILIA, CON COMPETENCIA EN VIOLEN-
CIA FAMILIAR Y DE GÉNERO de 1° NOMINACIÓN y de 2° NOMINACIÓN”.
Octava Circunscripción:
•Centro Judicial de Laboulaye: “JUZGADO DE CONTROL, NIÑEZ, ADOLES-
CENCIA, PENAL JUVENIL, VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNERO y FALTAS”.
Novena Circunscripción:
•Centro Judicial de Deán Funes: “JUZGADO DE 1° INSTANCIA EN LO
CIVIL, COMERCIAL, CONCILIACIÓN y FAMILIA, CON COMPETENCIA
EN VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNERO”.
Décima Circunscripción:
•Centro Judicial de Río Tercero: “JUZGADO DE CONTROL, NIÑEZ, ADOLES-
CENCIA, PENAL JUVENIL, VIOLENCIA FAMILIAR Y DE GÉNERO y FALTAS”.
Artículo 2 .- DETERMINAR que el presente Acuerdo Reglamentario
entrará en vigencia desde su publicación.
Artículo 3.- PUBLICAR en el Boletín Ocial de la Provincia, incorporar
en la página WEB del Poder Judicial y dar la más amplia difusión.
Artículo 4.- COMUNICAR a la Delegación de Administración General
del Interior Provincial, al Colegio de Abogados de Córdoba y de la Sede, a
la Federación de Colegios de Abogados y dar la más amplia difusión.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y raticación de su contenido,
rman la Señora Presidente y los Señores Vocales, con la asistencia del Se-
ñor Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo J. ROSEMBERG.
FDO.: SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, PRESIDENTE - AIDA L. TARDITTI, VOCAL
- LUIS ENRIQUE RUBIO, VOCAL - MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, VOCAL -
LUIS EUGENIO ANGULO, VOCAL - RICARDO JUAN ROSEMBERG, ADMINISTRA-
DOR GENERAL
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL SEISCIENTOS OCHENTA
Y SEIS - SERIE “A”
En la ciudad de Córdoba, a dieciocho días del mes de Marzo del año dos
mil veintiuno, con la Presidencia de su Titular Dr. Sebastián Cruz LÓPEZ
PEÑA, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Supe-
rior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa TARDITTI, Luis Enrique RUBIO,
María Marta CÁCERES de BOLLATI y Luis Eugenio ANGULO, con la asis-
tencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG
y ACORDARON:
Y VISTO: 1- Que por Acuerdo Reglamentario del T. S.J. n°1506 Serie “A” de
fecha 27/07/2018 se resolvió “DISPONER la reorganización de las estruc-
turas judiciales existentes para el tratamiento de la temática de violencia
familiar y de género en las Sedes del interior provincial, la que se realizará
en cada Sede de manera particular y conforme a relevamientos que se
llevarán adelante en cada una de ellas”.
Y CONSIDERANDO:
1.- La creciente problemática de violencia familiar y de género que se
ha tornado cada vez más compleja y diversa.
2.- Que las modicaciones que se presentan resultan acordes a las
consideraciones receptadas por la Ocina de Coordinación en Niñez, Ado-
lescencia, Violencia Familiar, Género y Penal Juvenil (OVF) en el marco
de un proceso de análisis integral de la problemática que lleva adelante la
nueva ocina.
3.- Que la propuesta, surge de las acciones realizadas entre la OVF y
el equipo de apoyo conformado por el Área de Administración General del
Poder Judicial, y dependientes: Ocina de Personal y Ocina de Acuerdos,
Resoluciones y Decretos del Área de Recursos Humanos del Poder Judicial.
4.- La disposición legal por la cual se modificó la nominación de los
Juzgados de Niñez, Adolescencia y Violencia Familiar sustituyéndola
por Juzgados de Niñez, Adolescencia Violencia Familiar y de Género
y estableció que los tribunales que en el ámbito de la Provincia de
Córdoba tienen competencia en materia de violencia familiar pasarán
a tener también competencia en materia de violencia de género, en
función de las modificaciones introducidas por ley 9283 y la adhesión
a la Ley Nacional n° 26485 dispuesta por Ley n° 10352. (Arts. 4 y 9 de
ley n° 10402 – B.O. 25/11/2016).
5.- La pertinencia de adecuar la denominación y reorganizar el funcio-
namiento de las dependencias judiciales ligadas a la temática de violencia
familiar y de género en el Centro Judicial de Villa Dolores, perteneciente a
la Sexta Circunscripción Judicial,
Por lo expuesto y las atribuciones conferidas por los art. 166 inc. 2 de la
Const. Pcial., y art. 12 inc. 1° de la L.O.P.J., el Tribunal Superior de Justicia;
RESUELVE:

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