Acuerdo Reglamentario Nº 1563 - Serie A 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor16 de Mayo de 2019
EmisorPoder Judicial
JUEVES 16 DE MAYO DE 2019
AÑO CVI - TOMO DCLIII - Nº 92
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
2019 - Año del VIII Congreso Internacional de la
Lengua Española en la Provincia de Córdoba”
PODER JUDICIAL
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL QUINIENTOS SESENTA
Y TRES.- SERIE “A”. En la ciudad de Córdoba, a catorce días del mes
de Mayo del año dos mil diecinueve, con la Presidencia de su Titular Dra.
María Marta CÁCERES de BOLLATTI, se reunieron para resolver los Se-
ñores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa
TARDITTI, Luís Enrique RUBIO, y Sebastián Cruz LOPEZ PEÑA, con la
asistencia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo
Juan ROSEMBERG y ACORDARON: Y VISTO: La nota remitida por la Se-
cretaria de Organización y Gestión Penitenciaria del Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos de la Provincia de Córdoba, Dra. Cecilia Lanzarotti
al Sr. Secretario General del Tribunal Superior de Justicia, Dr. Luis María
Sosa Lanza Castelli, solicitando que los pedidos de libertades anticipadas
de los internos alojados en los establecimientos dependiente del Servicio
Penitenciario de la Provincia de Córdoba, sean remitidos a la sede de los
Tribunales de Ejecución Penal de la ciudad de Córdoba, vía correo electró-
nico. Y CONSIDERANDO: I) Que el Área de Tecnologías de la Información
y Comunicación, conforme las facultades otorgadas por este Tribunal Su-
perior de Justicia mediante Acuerdo Reglamentario N° 1494, del 21/5/2018,
se encuentra gestionando junto con el señor Secretario General, la adhe-
sión del Servicio Penitenciario de la Provincia a la tramitación de ocios
electrónicos. II) En este marco, la Secretaria de Organización y Gestión
Penitenciaria propicia que las solicitudes de libertades anticipadas formu-
ladas por los internos que se encuentran a disposición de los Juzgados
de Ejecución Penal de la ciudad de Córdoba, puedan ser escaneadas por
ese organismo y enviadas vía correo electrónico a dichos Juzgados a n
de que tomen razón del pedido y generen el ocio electrónico solicitando
los informes de ley. III) Teniendo en cuenta que el objeto principal de estos
convenios es la modernización del sistema de justicia en cuanto al uso de
herramientas tecnológicas de la información y comunicación para: mejorar
el acceso a la justicia; facilitar y hacer más efectiva la tramitación de cau-
sas; y, en general, mejorar la organización del trabajo y productividad de
los tribunales, entre otros, corresponde hacer lugar a la petición formulada.
Para lo cual la Secretaría Penal, deberá dictar los instructivos pertinentes,
estableciendo la metodología para la ejecución de la presente resolución.
Por ello, de conformidad a las atribuciones conferidas en los arts. 166,
1º C. Pcial., 12, 2º de la L.O.P.J., el Tribunal Superior de Justicia; RE-
PODER JUDICIAL
Acuerdo Reglamentario Nº 1563 - Serie A ..........................Pág. 1
SECRETARÍA GENERAL DE LA GOBERNACIÓN
SECRETARÍA DE CAPITAL HUMANO
Resolución N° 2 ...................................................................Pág. 2
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución N° 126 ...............................................................Pág. 2
MINISTERIO DE FINANZAS
CONTADURÍA GRAL DE LA PROVINCIA
Resolución N° 4 ...................................................................Pág. 3
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
Resolución N° 9 ...................................................................Pág. 5
continua en pagina 2
SUELVE: Artículo 1º: HACER LUGAR a lo solicitado por la Secretaria de
Organización y Gestión Penitenciaria del Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos de la Provincia de Córdoba; Artículo 2º: ESTABLECER que las
solicitudes de libertades anticipadas que formulen los internos alojados
en los establecimientos penitenciarios dependientes del Servicio Peniten-
ciario de la Provincia de Córdoba, dirigidos a los Juzgados de Ejecución
Penal de la ciudad de Córdoba, sean escaneados y remitidos vía correo
electrónico ocial a dichos Juzgados a n de que tomen razón del pedido.
Artículo 3°: DISPONER que la Secretaría Penal de este Alto Cuerpo, dicte
los instructivos pertinentes para una ecaz ejecución de lo aquí resuelto.
Artículo 4º: NOTIFÍQUESE. Con lo que terminó el acto, que previa lectura
y raticación de su contenido, rman la Señora Presidente y los Seño-
res Vocales, con la asistencia del Señor Administrador (Corresponde a
Acuerdo Reglamentario N° 1563 Serie “A” de fecha 14/05/2019). General
del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG. FDO: DRA. MARIA MAR-
TA CACERES DE BOLLATI, PRESIDENTE TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA /
DRA. AIDA L. TARDITTI, VOCAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA / DR.
LUIS ENRIQUE RUBIO, VOCAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA / DR. SE-
BASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, VOCAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA /
LIC. RICARDO JUAN ROSEMBERG, ADMINISTRADOR GENERAL

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