Acuerdo Reglamentario Nº 1506 “A“ 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor15 de Agosto de 2018
EmisorPoder Judicial
MIÉRCOLES 15 DE AGOSTO DE 2018
AÑO CV - TOMO DCXLIV - Nº 153
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
PODER JUDICIAL
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL QUINIENTOS SEIS. SE-
RIE “A - En la ciudad de Córdoba, a veintisiete días del mes de julio
del año dos mil dieciocho, con la Presidencia de su Titular Dra. Aída
Lucía Teresa TARDITTI se reunieron para resolver los Señores Voca-
les del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Domingo Juan SESIN, Ma-
ría de las Mercedes BLANC de ARABEL, María Marta CACERES de
BOLLATTI y Sebastián LOPEZ PEÑA, con la intervención del Señor
Fiscal General de la Provincia, Dr. Alejandro MOYANO, y la asisten-
cia del Señor Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo
J. ROSEMBERG y ACORDARON: Y VISTO: I- La sanción de la ley
provincial n° 10402, mediante la cual se modificó la denominación de
los Juzgados de Niñez, Adolescencia y Violencia Familiar, sustituyén-
dola por la de “Juzgados de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar
y Género” y se estableció que los tribunales que en el ámbito de la
Provincia de Córdoba tienen competencia en materia de violencia fa-
miliar pasarán a tener también competencia en materia de violencia
de género, en función de las modificaciones introducidas por ley 9283
y la adhesión a la Ley Nacional n° 26485 dispuesta por Ley n° 10352.
(B.O.P. 25/11/2016). II.- La necesidad de readecuar las denominacio-
nes y estructuras de las oficinas judiciales afectadas a la temática
conforme los cambios que se presentan. Y CONSIDERANDO: I. La
creciente problemática de violencia familiar que se ha tornado cada
vez más compleja y diversa. II.- Que las modificaciones que se presen-
tan, resultan acordes a las consideraciones receptadas por la Oficina
de Coordinación de Violencia Familiar en el marco de un proceso de
análisis integral de la problemática que lleva adelante la nueva oficina.
III.-Que de los relevamientos efectuados surge que cada sede presenta
particularidades propias –bajo un concepto general-, lo que deviene
en la pertinencia de reorganizar cada una de las estructuras que in-
tervienen en la temática de manera individual. Por lo expuesto y las
atribuciones conferidas por los art. 166 inc. 2 de la Const. Pcial., y art.
12 inc. 1° de la L.O.P.J., el Tribunal Superior de Justicia; RESUELVE:
Artículo 1.- MODIFICAR lo establecido en el Art. 2 del Ac. Regl. n°
1092 serie “A” de fecha 17/04/2012 y disponer que la individualización
de las mesas allí mencionadas en los Centros Judiciales del Interior de
la Provincia pasen a llamarse “Oficinas Únicas de Violencia Familiar y
de Género”, dependientes del Juzgado con competencia en la materia
de cada Sede. Artículo 2.- MODIFICAR lo establecido en el Ar t. 1 del
Ac. Regl. n° 1484 serie “A” de fecha 21/3/2018 y disponer que la Mesa
de Entradas de Violencia Familiar de la ciudad de Rio Tercero pase a
llamarse “Oficina Única de Violencia Familiar y de Género”, dependien-
te del Juzgado con competencia en la temática de la sede. Ar tículo
3.- MODIFICAR lo establecido en el Art. 1 del Ac. Regl. n° 938 serie “A”
de fecha 17/4/2008 y disponer que la Mesa de Entradas del Tribunal
de Familia de Cosquín pase a llamarse “Oficina Única de Violencia
Familiar y de Género”, dependiente del Juzgado con competencia en la
PODER JUDICIAL
Acuerdo Reglamentario Nº 1506 “A“ ....................................pag. 1
PODER EJECUTIVO
Decreto Nº 1244 ...................................................................pag. 2
Decreto Nº 1219 ...................................................................pag. 2
Decreto Nº 1173 ...................................................................pag. 3
MINISTERIO DE GOBIERNO
Resolución Nº 455 ................................................................pag. 4
MINISTERIO DE FINANZAS
Resolución Nº 248 ................................................................pag. 5
MINISTERIO DE FINANZAS
SECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS
Resolución Nº 18 ..................................................................pag. 5
continua en pagina 2
materia de la sede. Artículo 4.- DETERMINAR que el funcionamiento
de la “Oficina Única de Violencia Familiar y de Género” de cada Sede
se ajuste -de manera indicativa y siempre que las condiciones de ser-
vicio lo posibilite- al modo de actuación llevado a cabo en la ciudad de
Carlos Paz, conforme el proyecto de Manual Operativo opor tunamente
confeccionado por los integrantes de la Sede Carlos Paz a cargo del Dr.
Olcese, Andres, que se adjunta como anexo I del presente. Artículo 5.-
DISPONER la reorganización de las estructuras judiciales existentes
para el tratamiento de la temática de violencia familiar y de género en
las Sedes del interior provincial, la que se realizará en cada Sede de
manera particular y conforme a relevamientos que se llevarán adelante
en cada una de ellas. Artículo 6.- DISPONER que las distintas depen-
dencias administrativas del Poder Judicial tomen razón de las nuevas
modificaciones, a sus efectos. Artículo 7.- PUBLICAR en el Boletín
Oficial de la Provincia, incorporar en la página WEB del Poder Judicial
y dar la más amplia difusión. Artículo 8.- COMUNICAR a las Dele-
gaciones de Administración General del Interior provincial, al Colegio
de Abogados de Córdoba y de las Sedes del Interior, a la Federación
de Colegios de Abogados y dar la más amplia difusión. Con lo que
terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman
la Señora Presidente y los Señores Vocales, con la intervención del Sr.
Fiscal General de la Provincia y la asistencia del Señor Administrador
General del Poder Judicial, Lic. Ricardo J. ROSEMBERG.
FDO: AIDA L. TARDITTI, PRESIDENTE / DOMINGO JUAN SESIN, VOCAL / M.
DE LAS MERCEDES BLANC DE ARABEL, VOCAL / MARIA MARTA CACERES
DE BOLLATI, VOCAL / SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA VOCAL / ALEJANDRO
OSCAR MOYANO, FISCAL GENERAL DE LA PROVINCIA / RICARDO JUAN RO-
SEMBERG, ADMINISTRADOR GENERAL
ANEXO

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