Acuerdo Reglamentario nº 1489 Serie “A”

EmisorTribunal superior de justicia
Fecha de la disposición18 de Abril de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
4
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXL - Nº 73
CORDOBA, (R.A.) MIERCOLES 18 DE ABRIL DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
causas de Violencia Familiar en la etapa de juicio, compuesta por una O-
cina de Trámites que se encarga de confeccionar un legajo informático, con
el compilado de informes de los equipos técnicos. VI. Que las acciones se
llevan adelante en el marco del convenio Marco de colaboración recíproca,
rmado entre el Tribunal Superior de Justicia y el Ministerio de Justicia de
la Provincia de Córdoba. VII. Que la propuesta surge de las acciones rea-
lizadas entre la OVF, el Director General de la Administración General del
Poder Judicial, Lic. Ricardo Rosemberg, como representante del Equipo
Técnico del Poder Judicial afectado a la temática; La Secretaría de Lucha
contra la Violencia a la Mujer y Trata de Personas, la Secretaría de Orga-
nización y Gestión Penitenciaria y la Sub Área de Investigación, Desarrollo
e Innovación Tecnológica del Área de Tecnologías de la Información y Te-
lecomunicaciones del Poder Judicial. VIII. Que es necesario admitir como
respuestas válidas por parte del Polo Integral de la Mujer en situación de
violencia y desde el Centro Integral de Varones en situación de violencia, la
copia simple enviada en PDF, sin rma de los profesionales intervinientes
en la elaboración del informe remitido, cuyo original quedará reservado
en el Polo, pudiendo ser requerido por la Ocina Judicial en caso de ser
necesario. Por ello y lo dispuesto por los Arts. 166 inc. 2° de la Constitución
Provincial y 12 inc. 1° de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia
N° 8435, el Tribunal Superior de Justicia, RESUELVE: Art. 1: Tomar razón y
difundir, los “Manuales Informativos” de los Equipos Técnicos que intervie-
nen en un mismo caso de Violencia familiar los que, como Anexo I forman
parte del presente acuerdo. Art 2: Implementar la gestión electrónica de las
actuaciones profesionales de los Equipos Técnicos en el ámbito de Vio-
lencia Familiar propias del Poder Judicial de Córdoba (Equipo Técnicos de
Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar, de Género y Penal Juvenil; Equipo
Técnico Interdisciplinario de las Fiscalías de Violencia Familiar del Área de
Servicios Judiciales) y de los Equipos Técnicos del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos (Equipos Técnicos del Centro Integral de Varones en
situación de Violencia y del Equipo Técnico del Polo Integral de la Mujer
en situación de Violencia). Art 3: Tomar razón del instructivo elaborado por
la Sub Área de Investigación Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+I)
para el envío, recepción y respuesta de los informes y ocios electrónicos
generados desde el Sac Multifuero dirigidos al Polo integral de la Mujer en
situación de violencia, que consta en el Anexo II y forma parte del presente.
Art 4. Disponer que a partir de la entrada en vigencia del presente Acuerdo
Reglamentario, las Fiscalías deberán ociar al Equipo Técnico Interdisci-
plinario de las Fiscalías de Violencia Familiar, mediante el uso de ocios
electrónicos, en tanto que los profesionales del Poder Judicial encargados
de la realización de los informes y pericias, deberán registrar también sus
actuaciones de manera electrónica, autorizándolos para suscribir los infor-
mes producidos mediante el uso de rma digital. Ver instructivo anexo III.
Art 5: Admitir como válidos los archivos en formato pdf simple (SIN FIRMA
DIGITAL) que sean remitidos desde el Polo Integral de la Mujer en situa-
ción de violencia y desde el Centro de Atención Integral para varones en
situación de violencia hacia las dependencias judiciales; quedando bajo
la responsabilidad del POLO de la mujer y del Centro de Atención Integral
para varones, el resguardo -en protocolo- del original ; posibilitando que el
operador judicial pueda pedir el informe en soporte papel, cuando sea ne-
cesario. Art 6: Establecer como fecha de entrada en vigencia del Presente
Acuerdo, el día 18 de abril del corriente año, a n de dar la más amplia
difusión y generar los cambios técnicos pertinentes. Art 7: Publíquese en el
Boletín Ocial de la Provincia. Incorpórese en la página WEB del Poder Ju-
dicial y dése la más amplia difusión periodística. (Corresponde a Acuerdo
Reglamentario N° 1488 Serie “A” de fecha 10/04/2018). Con lo que terminó
el acto, que previa lectura y raticación de su contenido, rman la Señora
Presidente y los Señores Vocales, con la intervención del Señor Fiscal Ge-
neral de la Provincia y la asistencia del Señor Administrador General, Lic.
Ricardo Juan ROSEMBERG.-
FDO: AIDA L. TARDITTI, PRESIDENTE - DOMINGO JUAN SESIN, VOCAL - LUIS
ENRIQUE RUBIO, VOCAL - MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, VOCAL - SE-
BASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, VOCAL - ALEJANDRO OSCAR MOYANO, FISCAL
GENERAL DE LA PROVINCIA - RICARDO JUAN ROSEMBERG, ADMINISTRADOR
GENERAL
Enlace Ver ANEXO
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS
OCHENTA Y NUEVE. SERIE “A. En la Ciudad de Córdoba, a once
días del mes de abril del año dos mil dieciocho, con la Presidencia
de su Titular Dra. Aída Lucía TARDITTI, se reunieron para resolver los
Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Domingo Juan
SESIN, Luis Enrique RUBIO, María Marta CÁCERES de BOLLATI y
Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA, con la intervención del Señor Fiscal
General de la Provincia, Dr. Alejandro Oscar MOYANO y la asistencia
del Señor Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan
ROSEMBERG y ACORDARON: Y VISTO: I. La pertinencia de que to-
dos los operadores tomen conocimiento de las tareas, competencias
y funciones de los distintos Equipos Técnicos que intervienen en las
diferentes etapas de un mismo caso. II. La conveniencia de continuar
incorporando el uso de las nuevas tecnologías en la prestación del ser-
vicio de justicia, con el propósito de lograr una gestión judicial reducida
en costos y tiempo, amén de optimizar el uso de los medios tecnoló-
gicos que ya cuenta el Poder Judicial y en consecuencia, el beneficio
de añadir los requerimientos de Informes Técnicos y sus respuestas
al Sistema Informático Sac Multifuero. Y CONSIDERANDO: I. Que de-
viene imprescindible, utilizar los beneficios que prevén las TIC´s en la
tramitación, disponibilidad electrónica y habilitación de lectura de los
informes y oficios. II. La necesidad de que, los informes elaborados por
los Equipos Técnicos estén incorporados al sistema informático, a fin
disponibilizarlos para todos los operadores y evitar la re victimización.
Por ello y lo dispuesto por los Arts. 166 inc. 2° de la Constitución Provin-
cial y 12 inc. 1° de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia N°
8435, el Tribunal Superior de Justicia; RESUELVE: Art. 1. Implementar
la gestión electrónica de las actuaciones profesionales de los Equipos
Técnicos del Poder Judicial de Córdoba (Áreas de Servicios Judiciales,
Sub Área de Equipos y Servicios Técnicos: Equipo Técnico del Fuero
Penal, Equipo de Psiquiatría Forense - Equipo de Medicina Forense
- Equipo de las Fiscalía de Violencia Familiar). Art. 2. Disponer que
desde la entrada en vigencia del presente Acuerdo Reglamentario, to-
dos los organismos requirentes deberán oficiar a los Equipos Técnicos,
mediante el uso de oficios electrónico, en tanto que los profesionales
de los Equipos Técnicos mencionados en el art. 1, encargados de la
realización de los informes y pericias, deberán registrar también sus
actuaciones de manera electrónica estando autorizados para suscribir
los informes producidos mediante el uso de firma digital. Art. 3. Estable-
cer como fecha de entrada en vigencia del Presente Acuerdo, el día 18
de abril del corriente año, a fin de dar la más amplia difusión y generar
los cambios técnicos pertinentes. Art. 4. Publicar en el Boletín Oficial
de la Provincia. Incorporar en la página WEB del Poder Judicial y dar la
más amplia difusión periodística. Con lo que terminó el acto, que previa
lectura y ratificación de su contenido, firman la Señora Presidente y los
Señores Vocales, con la intervención del Señor Fiscal General de la

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR