Acuerdo Reglamentario nº 1488 Serie “A”

EmisorTribunal superior de justicia
Fecha de la disposición18 de Abril de 2018
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXL - Nº 73
CORDOBA, (R.A.) MIERCOLES 18 DE ABRIL DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
toridad de Aplicación, entre otros cometidos.
Que en ese marco corresponde reglamentarla en aquellos aspectos que
resulten necesarios para su operatividad, a efectos de determinar el proce-
dimiento de selección de sus miembros, las condiciones que deben cum-
plir los mismos para integrarla, y requisitos mínimos de funcionamiento.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el artículo 144 inciso 2° de
la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1°.- REGLAMÉNTASE la Ley N° 10.461, de conformidad a las
disposiciones del Anexo I, el que forma parte del presente Decreto.
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro
de Trabajo, de Agua, Ambiente y Servicios Públicos y Fiscal de Estado.
Artículo 3°.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OMAR SERENO, MINISTRO DE TRA-
BAJO - FABIAN LOPEZ, MINISTRO DE AGUA, AMBIENTE Y SERVICIOS PUBLI-
COS - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Enlace Ver ANEXO
Córdoba, 6 de abril de 2018
VISTO: La Ley Nº 10512.
Y CONSIDERANDO: Que por la referida norma se faculta a este Poder
Ejecutivo Provincial a convocar a concurso de títulos y antecedentes para
la cobertura de cargos del personal que integra el Escalafón General y el
Equipo de Salud Humana.
Que a tal n es menester realizar la convocatoria para cubrir los cargos
mencionados.
Que resulta conveniente proceder a la reglamentación de dicha Ley para
dotarla de operatividad.
Que asimismo corresponde designar a la Autoridad de Aplicación con fa-
cultades de dictar normas complementarias para la implementación del
procedimiento concursal.
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 144° de
la Constitución Provincial;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
Artículo 1º CONVÓCASE a concurso de títulos y antecedentes para cubrir
cuatro mil ochocientos (4800) cargos del personal que integra el Escalafón
General y el Equipo de Salud Humana, conforme a los términos de la re-
glamentación que aprueba este acto.
Artículo 2º APRÚEBASE la reglamentación de la Ley Nº 10512, la que
como Anexo I, compuesto de dos (2) fojas útiles, forma parte integrante del
presente Decreto.
Artículo 3º EL presente Decreto será refrendado por los señores Ministro
de Gobierno y Fiscal de Estado y rmado por la señora Secretaria General
de la Gobernación.
Artículo 4º PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese, dése a la Se-
cretaría General de la Gobernación y archívese.
FDO: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - JUAN CARLOS MASSEI, MINISTRO
DE GOBIERNO - SILVINA RIVERO, SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNA-
CIÓN - JORGE EDUARDO CORDOBA, FISCAL DE ESTADO
Enlace Ver ANEXO
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS
OCHENTA Y OCHO. SERIE A”. En la Ciudad de Córdoba, a diez días del
mes de abril del año dos mil dieciocho, con la Presidencia de su Titular
Dra. Aída Lucía TARDITTI, se reunieron para resolver los Señores Vocales
del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Domingo Juan SESIN, Luis Enri-
que RUBIO, María Marta CÁCERES de BOLLATI y Sebastián Cruz LÓPEZ
PEÑA, con la intervención del Señor Fiscal General de la Provincia, Dr. Ale-
jandro Oscar MOYANO y la asistencia del Señor Administrador General del
Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG y ACORDARON: Y VISTO:
I. La creciente demanda en la problemática de Violencia Familiar, que se ha
tornado cada vez más compleja y diversa. II. La pertinencia de que todos
los operadores tomen conocimiento de las tareas, competencias y funcio-
nes de los distintos Equipos Técnicos -poder y extra poder- que intervienen
en las diferentes etapas de un mismo caso. III. La conveniencia de conti-
nuar incorporando el uso de las nuevas tecnologías en la prestación del
servicio de justicia, con el propósito de lograr una gestión judicial reducida
en costos y tiempo, amén de optimizar el uso de los medios tecnológicos
que ya cuenta el Poder Judicial y en consecuencia, el benecio de añadir
los requerimientos de Informes Técnicos y sus respuestas al Sistema In-
formático Sac Multifuero. Y CONSIDERANDO: I. Que los cambios que se
presentan, han sido valorados por la Ocina de Coordinación de Violen-
cia Familiar del Tribunal Superior de Justicia, en el marco de un proceso
de análisis integral de la problemática que lleva adelante la nueva ocina.
II. Que resulta adecuado difundir los “Manuales Informativos” de aquellos
Equipos Técnicos que intervienen en un mismo caso de Violencia familiar;
a los nes de conocer el ámbito de actuación de cada uno; su misión,
función y modalidad de intervención. Igualmente, deviene oportuno instruir
respecto a la etapa en la que tienen injerencia y los órganos autorizados
a requerir su intervención. III. Que deviene imprescindible, utilizar los be-
necios que prevén las TIC´s en la tramitación, disponibilidad electrónica
y habilitación de lectura de los informes y ocios. IV. La necesidad de que,
los informes elaborados por los Equipos Técnicos que intervienen en la
problemática –poder y extra poder-, estén incorporados al sistema informá-
tico, a n de que resulten disponibles para todos los operadores y evitar la
revictimización. V. El nuevo protocolo de actuación para el abordaje de las
causas elevadas a juicio sin preso de violencia familiar (aprobado mediante
Acuerdo Reglamentario n° 1472 serie “A” de fecha 20 de febrero del 2018)
que crea una Ocina de Atención centralizada para el Tratamiento de las

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