Acuerdo Reglamentario N° 1478 “A“ 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Julio de 2018
EmisorTribunal superior de justicia
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXXXIX - Nº 52
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 15 DE MARZO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
ACUERDO NÚMERO: SEIS. En la ciudad de Córdoba a seis días del mes
de marzo del año dos mil dieciocho, con la presidencia de la Dra. María
Marta CACERES de BOLLATI, se reunieron los Señores Consejeros inte-
grantes del Consejo de la Magistratura creado por Ley 8802, Laura ECHE-
NIQUE, Héctor DAVID, Juan Manuel UGARTE y César A. TEJERINA y
ACORDARON: Y VISTO: ….. Y CONSIDERANDO: ….. EL CONSEJO DE
LA MAGISTRATURA RESUELVE: 1°: Confeccionar el ORDEN DE MERI-
TOS correspondiente al concurso para cobertura de cargos de VOCAL DE
CÁMARA CON COMPETENCIA EN LO CRIMINAL Y CORRECCIONAL,
CIVIL Y COMERCIAL, DE FAMILIA Y DEL TRABAJO DE LABOULAYE Y
DEAN FUNES con el puntaje total obtenido por los concursantes, confor-
me al cuadro anexo. 2°: Protocolícese, notifíquese y archívese.
Orden Apellido Nombres Tipo Número Puntaje Final
1 TORRES Jorge David D.N.I. 24.590.105 89,54
2 SALOMÓN María Natalia D.N.I. 22.424.760 75,87
“El Consejo de la Magistratura de la Provincia de Córdoba hace saber que
la audiencia pública prevista por el art. 29 de la Ley 8802 ha sido jada
para el día 06 de abril de 2018 a las 16:00 hs., en Avda. Gral. Paz nº 70, 5º
piso de la ciudad de Córdoba”
3 días - Nº 142837 - s/c - 19/03/2018 - BOE
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS SE-
TENTA Y OCHO. SERIE “A. En la Ciudad de Córdoba, a siete días del
mes de marzo del año dos mil dieciocho, con la Presidencia de su Titular
Dra. Aída Lucía TARDITTI, se reunieron para resolver los señores Vocales
del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Luis Enrique RUBIO, María Marta
CACERES de BOLLATI y Sebastián Cruz LOPEZ PEÑA, con la asistencia
del Señor Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan RO-
SEMBERG y ACORDARON:
Y VISTO: Este Tribunal Superior de Justicia lleva años trabajando en el
desarrollo, implementación y puesta en funcionamiento de nuevas tecno-
logías informáticas aplicadas a la gestión, lo que le ha permitido moderni-
zar tanto la estructura administrativa como el servicio de justicia, función
esencial dentro de la organización democrática y republicana diseñada por
nuestra Constitución Nacional, a la que este Poder es llamado a ejercer.
En esa línea se adoptaron diversas medidas, tales como la implementa-
ción del S.A.C., que permitió la informatización de todos procesos judicia-
les tramitados en la provincia, cualquiera sea su fuero; la despapelización
del Poder Judicial; la utilización del correo electrónico como medio de co-
municación ocial; la puesta en funcionamiento de las e-cedulas para los
procesos tramitados de ocio, etc; avances que han contribuido a mejorar
y optimizar los recursos económicos y humanos con los que cuenta este
poder del Estado.
Por otra parte, estas herramientas han permitido acercarnos a los opera-
dores jurídicos, justiciables y ciudadanos en general, en la ardua tarea de
difundir y dar a conocer la información institucional y del propio quehacer
de la administración de justicia, entre otros servicios, los que se encuen-
tran concentrados y disponibles en nuestro sitio web ocial (http://www.
justiciacordoba.gob.ar) de acceso libre y gratuito.
Esta decisión política nos permite consolidar el principio republicano, ade-
más de asegurar la transparencia y posibilitar el control de la información
y de sus decisiones por parte de los ciudadanos y de las instituciones
propias que conforman el Estado de Derecho.
Y CONSIDERANDO: I. Que a través del Sistema de Administración de
Causas (S.A.C. Multifuero) se logró unicar en un único sistema, la gestión
informática de todos los procesos judiciales sustanciados en los distintos
fueros de nuestra Provincia, lo que permite concentrar y procesar la infor-
mación generada en su tramitación.
El avance de esa gestión habilitó, entre otros logros, relevar a los secre-
tarios de los juzgados civiles de la elaboración mensual del informe a la
Fiscalía General respecto de las causas a fallo.
II. Encontrándose dadas las condiciones técnicas y con el n dar a co-
nocer a la sociedad la labor de los órganos jurisdiccionales, corresponde
disponer que desde el día 01 de abril del año 2018, se publicará en el Sitio
Ocial en Internet del Poder Judicial de Córdoba y a disposición de los
letrados autenticados, las listas de los expedientes que hayan sido pasa-
dos A FALLO en todas las causas civiles (civil y comercial, ejecuciones
scales y particulares, concursales, societarios y familia) que se tramiten
en todos los Juzgados y Cámaras de la Provincia de Córdoba que tengan
esa competencia.
La confección de las mencionadas listas se efectuará en base a la informa-
ción que cada juzgado registre en el Sistema de Administración de Causas
(S.A.C. Multifuero), motivo por el cual, se recomienda a los funcionarios
de cada dependencia extremar los recaudos en la correcta utilización del
sistema y el cambio de ubicación del expediente que pasará a estudio del
titular del Tribunal para resolver (A FALLO).
Por ello y lo dispuesto por los Arts. 166 inc. 2° de la Constitución Provincial
y Art. 12 inc. 1° de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia N°
8435;
RESUELVE: I) Disponer que desde el día 01 de abril del año 2018, se publi-
que en el Sitio Ocial en Internet del Poder Judicial de Córdoba y a disposi-
ción de los letrados autenticados las listas de expedientes A FALLO en to-
das las causas civiles (civil y comercial, ejecuciones scales y particulares,
concursales, societarios y familia) que se tramiten en todos los Juzgados
y Cámaras de la Provincia de Córdoba que tengan esa competencia. La
confección de las mencionadas listas se efectuará en base a la información
registrada por cada tribunal en el Sistema de Administración de Causas
(S.A.C.) bajo la responsabilidad de los funcionarios de esa dependencia.
II) Dar por cumplida, con esta actividad por parte de los funcionarios, la
obligación de exhibir las listas impresas de expedientes a fallo de conformi-
dad a lo dispuesto por el art. 119 C.P.C.
III) Déjese sin efecto toda disposición que se oponga a lo que aquí se
reglamenta.
IV) Notifíquese a los interesados. Comuníquese y dése la más amplia di-
fusión.-
Con lo que terminó el acto que previa lectura y raticación de su contenido,
rman la Señora Presidente y los Señores Vocales del Tribunal Superior
de Justicia, con la asistencia del Señor Administrador General del Poder
Judicial, Lic. Ricardo J. ROSEMBERG.-
FDO: DRA. AIDA L. TARDITTI, PRESIDENTE / DR. LUIS ENRIQUE RUBIO, VOCAL
/ DRA. MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, VOCAL / DR. SEBASTIAN CRUZ
LOPEZ PEÑA, VOCAL / LIC. RICARDO JUAN ROSEMBERG, ADMINISTRADOR
GENERAL

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