Acuerdo Reglamentario N° 1462 A 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor18 de Diciembre de 2017
EmisorTribunal superior de justicia
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXVI - Nº 244
CORDOBA, (R.A.) LUNES 18 DE DICIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
electrónico registrada en la Plataforma de Servicios “Ciudadano Digital” y
notiquen su Nº de CUIT/CUIL al Tribunal de Cuentas. Estos datos serán
asentados en el Registro de Responsables que lleva el Tribunal de Cuentas
a tal efecto.-
Que la Dirección de Modernización Institucional será la encargada de:
gestionar los permisos para el envío de noticaciones, ante los responsa-
bles de la Plataforma de Servicios “Ciudadano Digital”; instruir a los agen-
tes que disponga el Tribunal de Cuentas sobre la forma correcta del uso
de la Plataforma y sobre la preparación del documento digital en formato
(PDF).-
Que obran a fs. 46, Dictamen de Fiscalía General y a fs. 50, Dictamen
de la Dirección de Fiscalización Legal y Auditoría Jurídica, que estiman
procedente la noticación o comunicación mediante medios electrónicos.-
Por ello,
EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
En sesión del día de la fecha
RESUELVE
I. DISPONER que la noticación o comunicación a los Servicios
Administrativos de: resoluciones aprobatorias de rendiciones de cuentas,
otorgamiento de prórrogas y resoluciones e instrucciones interpretativas
relacionadas con las funciones que corresponden al Tribunal de Cuentas,
se materializará a través del uso de la Plataforma de Servicios “Ciudadano
Digital”, mediante el envío de un archivo digitalizado en un formato de docu-
mento portátil (PDF), al domicilio electrónico declarado por los titulares de
los Servicios Administrativos, que tendrán la responsabilidad de informar
cualquier modicación respecto de la casilla de correo electrónico, siendo
válidas hasta entonces las noticaciones efectuadas al último correo elec-
trónico registrado.-
II. ESTABLECER que, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto P.E.
Nº 1280/2014, tendrá efecto vinculante toda noticación o comunicación
que se realice al domicilio electrónico constituido por los titulares de los
Servicios Administrativos al momento de su registración en Plataforma de
Servicios “Ciudadano Digital”. Dichas noticaciones on-line serán válidas,
vinculantes y plenamente ecaces.-
III. ESTABLECER que la noticación o comunicación electrónica de
las resoluciones, instrucciones y disposiciones citadas en el Artículo I, se
consideraran perfeccionadas transcurridos tres (3) días hábiles, contados
a partir del momento en que se encontraron disponibles, es decir, en con-
diciones de ser visualizadas en el domicilio electrónico, aún en el caso de
que el destinatario no haya accedido al mismo para tomar conocimiento.
La existencia de impedimentos que obstaculicen la posibilidad de enviar o
recibir una noticación electrónica, deberán ser acreditadas por quien los
invoque, salvo que fueran de público conocimiento o producto de fallas en
los equipos o sistemas informáticos, lo cual será considerado en cada caso
concreto.-
IV. ESTABLECER en 10 (diez) días hábiles, a partir de la notica-
ción de la presente, el período de tiempo que dispondrán los responsables
de los Servicios Administrativos para constituir, con carácter de declara-
ción jurada, domicilio electrónico en la dirección de correo electrónico re-
gistrada en la Plataforma de Servicios “Ciudadano Digital” y noticar su Nº
de CUIT/CUIL al Tribunal de Cuentas.-
V. AUTORIZAR a la Dirección de Modernización Institucional para
gestionar los permisos para el envío de comunicaciones ante los respon-
sables de la Plataforma de Servicios “Ciudadano Digital.
VI. ESTABLECER que será la Dirección de Modernización del Tribu-
nal de Cuentas, la encargada de capacitar a los empleados de la Ocina
de Registro de Responsables sobre la generación del documento digital
(.PDF) y la utilización del Sistema CIDI (Ciudadano Digital).
VII. PROTOCOLÍCESE, notifíquese y hágase saber.-
FDO: DRA. GRACIELA DEL VALLE CHAYEP, PRESIDENTE / DR. JUAN MANUEL
CID, VOCAL / DR. ESTEBAN BRIA, VOCAL / DR. CARLOS MARTIN PEREYRA, SE-
CRETARIO DE FISCALIZACIÓN LEGAL / CR. EDUARDO FLORES, SECRETARIO
DE FISCALIZACIÓN PRESUPUESTARIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS SE-
SENTA Y DOS - SERIE “A”. En la ciudad de Córdoba, a doce días del
mes de diciembre del año dos mil diecisiete, con la Presidencia de su
Titular Dra. Aída Lucía Teresa TARDITTI, se reunieron para resolver los
Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Luis Enrique
RUBIO, María Marta CÁCERES de BOLLATI y Sebastián Cruz LÓPEZ
PEÑA, con la asistencia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo
Juan ROSEMBERG y ACORDARON:
Y VISTO: La necesidad de fortalecer la producción de contenidos in-
formativos para la página web oficial del Poder Judicial de Córdoba,
que está a cargo de la Oficina de Prensa y Proyección Socio Institu-
cional del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), como parte del Comité
de Gestión Web (Ac. 335, Serie “A” del 9/9/2009 y Ac. 377, Serie “A, del
17/08/2010).
Y CONSIDERANDO: I) Desde el primer rediseño del portal www.jus-
ticiacordoba.gob.ar, cumplido en junio del año 2011, la cantidad de
visitas al sitio web aumentó a un ritmo constante del 12% anual. Ac-
tualmente, la página recibe 85.000 visitas por semana (es decir, que
supera los 3 millones de visitas anuales), en una tendencia que proba-
blemente se incremente cuando se publique la nueva versión del portal.
Este segundo rediseño, aprobado por la Ac. 1085, de fecha 12-12-2017
facilita la navegación del usuario a través de una interface más intuitiva;
hace posible que los contenidos sean compartidos en las redes socia-
les, descargados e imprimirlos; y permite una correcta visualización de
la página en los distintos dispositivos tecnológicos que puedan utilizar
los usuarios (notebooks, netbooks, tablets, smartphones, etc.). En este
punto, conviene señalar que actualmente un 15% de las visitas a la
web se realizan desde dispositivos móviles.
En definitiva, la página oficial de la Justicia de Córdoba se ha con-
vertido en un potente canal de comunicación con la sociedad, con los
medios de prensa y con los abogados y demás auxiliares de la justicia;
comparable por su tráfico diario con los principales portales informati-
vos de la provincia.
Para mantener y potenciar este recurso estratégico es indispensable

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