Acuerdo Reglamentario Nº 1456 “A” 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 18 de Diciembre de 2017 |
Emisor | Tribunal superior de justicia |
MIÉRCOLES 13 DE DICIEMBRE DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXXVI - Nº 241
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS CIN-
CUENTA Y SEIS SERIE “A”. En la Ciudad de Córdoba, a veintiocho días
del mes de noviembre de año dos mil diecisiete, con la Presidencia de su
Titular Dra. Aída Lucía TARDITTI, se reunieron para resolver los señores
Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. María de las Mercedes
BLANC de ARABEL, María Marta CACERES de BOLLATI y Sebastián
Cruz LOPEZ PEÑA, con la intervención del Señor Fiscal General de la
Provincia, Dr. Alejandro MOYANO y la asistencia del Administrador General
del Poder Judicial, Lic. Ricardo J. ROSEMBERG y ACORDARON:
VISTO: la necesidad de adecuar las condiciones de admisión para el in-
greso de personal al Área Jurisdiccional del Poder Judicial de la Provincia
-Programa 920- y a la Dirección General de Policía Judicial del Ministerio
Público Fiscal para cumplir funciones de Sumariantes, en las Unidades
Judiciales de esa repartición -Programa 921-teniendo en cuenta las especi-
caciones del cargo, sus requerimientos y la experiencia recogida siguien-
do un procedimiento adaptado a la realidad actual y al perl de operador
jurídico idóneo para desempeñarse en la prestación del servicio de justicia.
Y CONSIDERANDO: Que la experiencia demuestra la conveniencia de
modicar el actual régimen de ingreso tanto en las condiciones previas
al examen de admisión exigidas al agente como en lo atinente al nivel de
avance requerido en la carrera de abogacía y promedio, manteniendo las
condiciones de igualdad tanto para Capital como para el interior de la Pro-
vincia de ambos programas.
Que a n de promover la elección responsable y un fuerte compromiso
inicial de quien aspira a ingresar al Poder Judicial de Córdoba, evitando
demoras administrativas al momento de la designación es necesario esta-
blecer pautas generales. Así, el postulante podrá inscribirse hasta en tres
(3) sedes judiciales en que desee. Esta limitación de elección, no será
necesaria en el caso de la inscripción para la Dirección General de Policía
Judicial, conforme la dinámica y necesidades allí existentes.
La convocatoria y aceptación del agente para ser designado en una sede
determinada, en calidad de interino, implicará su exclusión automática en
el resto de las sedes en las cuales integre los respectivos órdenes de mé-
rito, donde no podrá ser designado.
Tras ser designado en una sede en calidad de contratado, sólo será convo-
cado para otra sede en caso que lo sea para un cargo interino.
No obstante ello, en cuanto a la designación, el Tribunal Superior de Jus-
ticia o Fiscal General tendrán facultad de designarlo en un Centro Judicial
diferente al o los elegido/s por el postulante cuando exista necesidad fun-
dada, considerando a tal n el orden de mérito de la sede más cercana
donde exista el requerimiento urgente. En este caso, la no aceptación o
falta de respuesta, no implicará exclusión del postulante de los listados en
los que se encuentre.
Respecto de la situación del aspirante que es convocado para desempe-
ñarse en una sede para la cual se inscribió, la falta de respuesta o la no
aceptación de la designación, determinarán su exclusión de dicho orden
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo Reglamentario Nº 1456 “A”. .................................Pag. 1
Acuerdo Reglamentario Nº 1035 “A”. .................................Pag. 3
MINISTERIO DE FINANZAS
DIRECCION GENERAL DE CATASTRO
Resolución Normativa N° 8 .................................................. Pag. 7
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
Cronograma Incentivo Docente ........................................... Pag. 8
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
DIRECCION GRAL EDUCACION TECNICA Y FORMACION PROF
Resolución N° 996 ................................................................ Pag. 8
MINISTERIO DE EDUCACION
Lista de Orden Merito ........................................................... Pag. 9
de mérito.
El fuerte compromiso con el Poder Judicial de Córdoba se inicia desde el
momento en que el postulante maniesta su solicitud de inscripción y si
integra el orden de mérito, asume las obligaciones, derechos y consecuen-
cias que la Institución establezca en la reglamentación respectiva para el
período previo al ingreso.
Que a n de aprovechar los recursos tecnológicos disponibles y agilizar el
proceso de designación, se cree conveniente continuar con la convocatoria
para la designación del aspirante únicamente mediante correo electrónico
a la casilla que el mismo declaró al tiempo de la inscripción en el concurso
o su actualización. Es responsabilidad del aspirante mantener actualizada
y en condiciones su casilla, y el resto de sus datos personales. Así también
establecer un plazo para que el aspirante responda el mensaje, entendien-
do que su silencio signica que declina su posibilidad y por ende deberá
excluírselo del orden de mérito.
En armonía con una decisión institucional de mejora continua del servicio
de justicia, resulta necesario incorporar modicaciones vinculadas a los
requisitos previos para la admisión de los aspirantes así como a las con-
diciones académicas de quienes se postulen para ingresar a este Poder
Judicial, conforme un perl de agente que pueda iniciar su experiencia
laboral de manera conjunta con el desarrollo temprano de su carrera de
grado en Derecho.
En consecuencia, se exige que el aspirante haya alcanzado un porcentaje
de exámenes nales aprobados que se encuentre entre el 10% y el 40%
del total de materias que integran el plan de estudios de la carrera de abo-
gacía de la institución académica en la que el postulante realiza el cursado.
Asimismo, es requisito para ser admitido como aspirante a rendir el exa-
men de ingreso al Poder Judicial, la aprobación de un examen de dactilo-
grafía y operador de PC (manejo de herramientas informáticas/Microsoft
Office) en las instituciones que se indicarán oportunamente y en base a un
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