Acuerdo Reglamentario N° 1394 - Letra:A

EmisorTribunal superior de justicia
Fecha de la disposición16 de Diciembre de 2016
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
6
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXIV - Nº 254
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 23 DE DICIEMBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Y CONSIDERANDO:
Que consta en autos solicitud de renovación del permiso de explotación
que le fuera conferido por Resolución N° 251/2006, por el término de DIEZ
(10) años.
Que la Dirección de Jurisdicción de Planicación y Control y la Dirección
de Jurisdicción de Organización y Gestión, informan que la requirente ha
cumplimentado con las exigencias a vericar por las áreas bajo su jurisdic-
ción para prestar el citado servicio, correspondiendo autorizar el permiso
de que se trata.
Que por su parte la Dirección General de Transporte expresa que se en-
cuentran reunidos todos los presupuestos para la viabilidad del pedido y
se ha seguido el procedimiento pertinente con la documentación respal-
datoria del caso, opinando que puede hacerse lugar al pedido formulado.
Que el servicio de transporte Especial, Obrero y Escolar se encuentra nor-
mado en el Artículo 9°, incisos “D, E y F” de la Ley N° 8669 y correlativos
del Decreto Reglamentario N° 254/2003 y Artículo 37° del Anexo A del de-
creto precitado.
Que se trata de un permiso nominativo e intransferible por un plazo jo pu-
diendo ser revocado mediante resolución fundada en cualquier momento.
Que el Artículo 40° inciso “E” del Decreto N° 254/03, faculta a esta Secre-
taría, a otorgar el presente permiso excepcional y precario por el término
de DOS (2) años a partir del dictado de la Resolución.
Que de acuerdo a las constancias obrantes el permiso se encuentra venci-
do a la fecha, por lo que corresponde a esta Secretaría otorgar un permiso
nuevo para la explotación del servicio de que se trata.
Que por otro lado, las unidades propuestas se encuentran dentro del tér-
mino de antigüedad máxima según lo previsto en la Ley N° 8669, siendo
que la unidad Dominio N° MMJ 515 ha sido inscripta el día 29-04-2013 y la
unidad Dominio N° JIP 140 el día 25-10-2010. A su vez, el Departamento
Técnico informa que las mismas cumplen con los requisitos técnicos per-
tinentes.
Por ello, la normativa citada y lo dictaminado bajo el N° 0912/2016, en uso
de sus atribuciones,
EL SECRETARIO DE TRANSPORTE
R E S U E L V E:
Artículo 1º.- AUTORÍCESE a la señora Alicia Elena ELSESSER, D.N.I.
N° 6.716.427, C.U.I.T. Nº 27-06716427-5, Ingresos Brutos N° 904-6151143
(Convenio Multilateral), con domicilio en Poeta Lugones N° 76, Córdoba,
para que preste por el término de DOS (2) años, un Servicio Especial,
Obrero y Escolar, con centro en VILLA GENERAL BELGRANO y bajo la
denominación de “TURISMO LA VILLA.
Artículo 2º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín
Ocial, notifíquese, dese copia al Ente Regulador de los Servicios Públi-
cos, pase a la Dirección General de Transpor te de Pasajeros y archívese.
FDO.: GABRIEL BERMUDEZ, SECRETARIO DE TRANSPORTE
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo Reglamentario N° 1394 - Letra:A
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL TRESCIENTOS NOVENTA
Y CUATRO – SERIE “A.- En la ciudad de Córdoba, a dieciséis días del mes
diciembre del año dos mil dieciséis, con la Presidencia de su Titular Dr.
Domingo Juan SESIN, se reunieron para resolver los Señores Vocales del
Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía TARDITTI, Luis Enrique RU-
BIO, CARLOS GARCIA ALLOCCO, María Marta CÁCERES de BOLLATI y
Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA, y con la intervención del Fiscal General de la
Provincia, Dr. Alejandro Oscar MOYANO, y la asistencia del Señor Director
General del Área de Administración, a cargo de la Administración General,
Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG y ACORDARON:
Y VISTO: Que atento las pautas de alojamiento que se han ido implemen-
tando como plan piloto para la contención de víctimas de violencia familiar
y la exitosa experiencia recogida, se estima conveniente desarrollar un pro-
tocolo de actuación en tal sentido.
Y CONSIDERANDO: I. La creciente problemática de Violencia Familiar que
se ha tornado cada vez más compleja y diversa; II. Que los cambios que se
presentan, han sido valorados por la Ocina de Coordinación de Violencia
Familiar en el marco de un proceso de análisis integral de la problemática
que lleva adelante la nueva ocina; III. Que el Protocolo de Actuación surge
de las acciones realizadas entre la OVF, la Secretaria de Lucha contra la
Violencia a la Mujer y Trata de Personas del Ministerio de Justicia de la Pro-
vincia, el Dr. Ricardo Rosemberg como representante del Equipo Técnico
del Poder Judicial y la Lic. Marcela Santucho, a cargo del Departamento de
Coordinación de Acciones contra la Violencia de Género de la Policía de la
Provincia de Córdoba; IV. Que la propuesta presentada, fue puesta a consi-
deración y aprobada, por el Equipo de Apoyo conformado por los Jueces de
Niñez, Adolescencia y Violencia Familiar, Fiscales de Instrucción especiales
y Funcionarios de ambas áreas; V. Que resulta necesario TOMAR RAZÓN
y APROBAR el plan piloto sobre las Pautas de Alojamiento supra mencio-
nadas, como una herramienta que coadyuve a brindar resguardo a las vícti-
mas de violencia familiar, a n de optimizar el servicio de administración de
justicia procurando mejorar y brindar mayor calidad de la respuesta judicial
en el marco de los hechos cometidos en el ámbito familiar.
Por lo expuesto y las atribuciones constitucionales y legales (Constitución
Provincial, 166, 2º y LOPJ, 12, 1º), el Tr ibunal Superior de Justicia,
RESUELVE: RECTIFICAR el Acuerdo Reglamentario N° 1392 Serie “A” de
fecha 06-12-2016, el que quedará redactado de la siguiente manera: I. TO-
MAR RAZÓN y APROBAR las PAUTAS DE ALOJAMIENTO DE VÍCTIMAS
DE VIOLENCIA FAMILIAR, cuando se disponga alojar a víctimas en situa-
ción de violencia familiar en los Hoteles o Refugios que determine el Tribu-
nal Superior de Justicia a través del Área de Administración General, que
constan en el ANEXO I y II, y que forman parte del presente.
II. Establecer como fecha de entrada en vigencia del Presente Acuerdo el
día dos de febrero del año dos mil diecisiete año, a n de dar la más amplia
difusión.
III. Publíquese en el Boletín Ocial de la Provincia. Incorpórese en la página
WEB del Poder Judicial y dese la más amplia difusión periodística.
IV. Comuníquese al Área de Administración dependiente de la Administra-
ción General del Poder Judicial
Con lo que terminó el acto que previa lectura y raticación de su contenido,
rman el Señor Presidente y los Señores Vocales, con la intervención del Sr.
Fiscal General de la Provincia y la asistencia del Señor Director General del
Área de Administración, a cargo de la Administración General, Lic. Ricardo
Juan ROSEMBERG.
FDO.: DOMINGO JUAN SESIN, PRESIDENTE - AIDA L. TARDITTI, VOCAL - LUIS
ENRIQUE RUBIO, VOCAL - CARLOS F. GARCÍA ALLOCCO, VOCAL - MARIA MARTA
CACERES DE BOLLATI, VOCAL - SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, VOCAL - ALE-
JANDRO OSCAR MOYANO, FISCAL GENERAL DE LA PROVINCIA - LIC. RICARDO
JUAN ROSEMBERG, ADMINISTRADOR GENERAL
Anexo: https://goo.gl/1nkPrh

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR