Acuerdo Reglamentario N° 1348 A
Emisor | Tribunal superior de justicia |
Fecha de la disposición | 18 de Abril de 2016 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXVI - Nº 80
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 22 DE ABRIL DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
Acuerdo Reglamentario N° 1348 Serie:A
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL TRESCIENTOS CUAREN-
TA Y OCHO - SERIE “A” -. En la ciudad de Córdoba, a dieciocho días del
mes de abril del año dos mil dieciséis, con la Presidencia de su Titular
Dr. Domingo Juan SESIN, se reunieron para resolver los Señores Vocales
del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Luis Enrique RUBIO, María Marta
CÁCERES de BOLLATI, y Sebastián LÓPEZ PEÑA, con la asistencia del
Señor Director del Área de Administración, a cargo de la Administración
General, Lic. César Augusto BARTOLOMEI y ACORDARON:
VISTO:
La evaluación efectuada por este Alto Tribunal en relación al funcionamien-
to de la Ocina Liquidación de Sueldos dependiente del Área de Recursos
Humanos de la Administración General del Poder Judicial, dentro del es-
quema del Acuerdo Reglamentario N° 916 Serie “A” de fecha 04/12/07, que
establece la nueva “ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DE ASISTENCIA Y
MEJORAMIENTO DE LA FUNCIÓN JUDICIAL”.
Y CONSIDERANDO:
Que en los estudios preliminares de la reforma del ámbito administrativo de
este Poder Judicial, se estimó la posibilidad de que el sector de Liquidación
de Sueldos constituyera una Ocina dentro de la Estructura Administrativa
referida, y se optó que su dependencia fuera dentro del Área de Recursos
Humanos (hoy aprobada por Ac. Regl. N° 916/07-Serie “A”); en una primera
etapa experimental, a n de su posterior evaluación.
Que actualmente, se ha efectuado un análisis integral de la Ocina aludida
con respecto a la naturaleza de sus funciones, y se desprende, que si bien
en el organigrama gura dentro del Área de Recursos Humanos, operativa-
mente sigue funcionando bajo la órbita del Área de Administración.
Que en virtud de ello, por los aspectos cuantitativos y cualitativos actuales
de la gestión que se han vericado, surge como consecuencia la necesi-
dad de reubicar dicha dependencia dentro del organigrama administrati-
vo, de manera acorde con su esencia y materialidad funcional, teniendo
en cuenta, que según el artículo 107 inc. 5 de la Ley de Administración
Financiera Provincial N° 9086, es función del responsable del Servicio Ad-
ministrativo, suministrar la información necesaria para liquidar los haberes
y demás retribuciones del personal, como así también atender los otros
gastos de su jurisdicción.
Que en tal sentido, es criterio de este Tribunal Superior que el sector de
Liquidación de Sueldos atento las cuestiones que se tratan y resuelven en
su ámbito, debe constituir como unidad de trabajo, dentro de la Estructura
Administrativa de este Servicio de Justicia, dependiendo del Área de Ad-
ministración.
Que a n de materializar el objetivo indicado, corresponde la modicación
de la nueva “Estructura Administrativa de Asistencia y Mejoramiento de la
Función Judicial”, plasmada en el mencionado Acuerdo Reglamentario que
la crea.
Que por todo ello y lo dispuesto en el art. 12, inc. 1° y 21 de la Ley N° 8435
Orgánica del Poder Judicial y Ac. Regl. N° 916/07 -Serie “A”-.
SE RESUELVE:
1.- MODIFICAR el Art. 10 del Acuerdo Reglamentario N° 916 de fecha
04/12/07 -Serie “A”-, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Art.
10°): El Área Administración comprende a la Subárea de Gestión Financie-
ra, integrada por las siguientes Ocinas: a) Tesorería, b) Registro Patrimo-
nial, c) Contrataciones, d) Presupuesto e) Contabilidad, f) Suministros, g)
Tasa de Justicia y h) Liquidación de Sueldos.”
2.- PUBLÍQUESE en el Boletín Ocial. Tome razón la Administración Gene-
ral y las distintas Áreas y Subáreas de la misma.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y raticación de su contenido,
rman el Señor Presidente y los Señores Vocales, con la asistencia del
Señor Director del Área de Administración a cargo de la Administración
General, Lic. César Augusto BARTOLOMEI.-
DR. DOMINGO JUAN SESIN, PRESIDENTE - DR. LUIS ENRIQUE RUBIO, VOCAL
- DRA. MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, VOCAL - DR. SEBASTIAN CRUZ
LOPEZ PEÑA, VOCAL - LIC. CÉSAR AUGUSTO BARTOLOMEI, DIRECTOR DEL
AREA DE ADMINISTRACIÓN A CARGO DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL
Acuerdo Reglamentario N° 1349 SerieA
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL TRESCIENTOS CUA-
RENTA Y NUEVE - SERIE “A”. En la ciudad de Córdoba, a dieciocho
días del mes de abril del año dos mil dieciséis, con la Presidencia
de su Titular Dr. Domingo Juan SESIN, se reunieron para resol-
ver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres.
Luis Enrique RUBIO María de las Mercedes BLANC DE ARABEL
y Carlos Francisco GARCÍA ALLOCCO, con la asistencia del Señor
Director del Área de Administración, a cargo de la Administración
General, Lic. César Augusto BARTOLOMEI y ACORDARON:
VISTO:
Los auspiciosos resultados del sistema de Casillero externo pues-
to en marcha como servicio para los Juzgados Civiles de la Sede
Capital.
Y CONSIDERANDO:
Que el uso de dicho sistema evita la acumulación de expedientes
de prolongada inactividad en las oficinas judiciales, y que con ello
se solucionan problemas de espacio, organización e higiene.
Por ello,
SE RESUELVE:
Artículo 1º: AUTORIZAR a la Administración General a remitir ex-
pedientes de prolongada inactividad, mayor a seis meses, de todas
las Oficinas Judiciales a Casillero externo.
Artículo 2º: COMUNÍQUESE a la titular del Área de Archivo. Dese
la más amplia difusión.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su
contenido, firman el Señor Presidente y los Señores Vocales, con
la asistencia del Señor Director del Área de Administración a cargo
de la Administración General, Lic. César Augusto BARTOLOMEI.-
DR. DOMINGO JUAN SESIN, PRESIDENTE - DR. LUIS ENRIQUE RUBIO,
VOCAL - DRA. M. DE LAS MERCEDES BLANC DE ARABEL VOCAL - DR.
CARLOS F. GARCÍA ALLOCCO, VOCAL - LIC. CÉSAR AUGUSTO BARTOLO-
MEI, DIRECTOR DEL AREA DE ADMINISTRACIÓN A CARGO DE LA ADMI-
NISTRACIÓN GENERAL
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