Acuerdo Regla. Nº Mil Cuatrocientos Cuarenta y uno Se. A 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor10 de Octubre de 2017
EmisorTribunal superior de justicia
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXII - Nº 164
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 24 DE AGOSTO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
Artículo 1º: DESÍGNASE a partir de la fecha del presente Decreto, para
la cobertura de dos (2) cargos vacantes del Agrupamiento Administrativo
–Gestión Financiera y Bancaria– de la Dirección General de Tesorería y
Crédito Público de la Secretaría de Administración Financiera, dependiente
del Ministerio de Finanzas, a la señora Silvina Lorena QUINTEROS, D.N.I.
N° 27.109.391, y al señor Kevin Joel TRAD, D.N.I. N° 28.288.485, por en-
contrarse en el primer y segundo puesto, respectivamente, del Orden de
Mérito correspondiente al concurso de títulos, antecedentes y oposición,
convocado por Resolución N° 126/2015 del referido Ministerio, en los tér-
minos del artículo 14°, Punto I de la Ley N° 9361.
Artículo 2º: ESTABLÉCESE que el Área Recursos Humanos de la Direc-
ción General de Coordinación Operativa del Ministerio de Finanzas, en
caso de corresponder, vericará el efectivo cumplimiento de los requisitos
establecidos por los artículos 12 y 13 de la Ley N° 7233 para el ingreso de
personal a la Administración Pública Provincial.
Artículo 3º: El presente Decreto será refrendado por los señores Ministro
de Finanzas y Fiscal de Estado, y rmado por la señora Secretaria General
de la Gobernación.
Artículo 4º: PROTOCOLÍCESE, comuníquese, notifíquese, dese a la Se-
cretaría de Capital Humano de la Secretaría General de la Gobernación,
publíquese en el Boletín Ocial y archívese.
FDO.: JUAN SCHIARETTI, GOBERNADOR - OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO
DE FINANZAS - SILVINA RIVERO, SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNA-
CIÓN - JORGE EDUARDO CÓRDOBA, FISCAL DE ESTADO
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
ACUERDO NUMERO QUINIENTOS SETENTA. - SERIE “A. En la ciudad
de CORDOBA, a quince días del mes de Agosto del año dos mil diecisiete,
con la Presidencia de su titular, Dra. Aída Lucía TARDITTI, se reunieron
para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres.
Luis Enrique RUBIO, María De Las Mercedes BLANC DE ARABEL y María
Marta CACERES de BOLLATI, con la asistencia del Señor Administrador
General del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan Rosemberg, y ACORDARON:
VISTO: La nota externa N° 205/2017 de fecha 02/08/2017, presentada por
la Sra. Directora Interina de la Dirección Regional Córdoba de la Dirección
General Impositiva, dependiente de la Administración Federal de Ingresos
Públicos, a n de acompañar para su suscripción el Acuerdo de Colabo-
ración relacionado con el Programa de Diligenciamiento Electrónico que
fuera oportunamente adelantado a este Tribunal Superior de Justicia con
fecha 28/04/2016, por nota externa N° 87/2016 cuya copia se adjunta al
presente y fuera devuelta a dicho organismo con la conformidad del enton-
ces Presidente de este Alto Cuerpo, Dr. Domingo Juan Sesin.-
Y CONSIDERANDO: I.- Que en su momento, se puso en conocimiento del
Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba, la intención del Sr.
Administrador Federal de Ingresos Públicos, el proponer a los Tribunales
Superiores Provinciales, la implementación del Programa de Diligencia-
miento Electrónico, en el marco del convenio suscripto oportunamente con
la Junta Federal de Cortes Supremas de Justicia y Superiores Tribunales
de las Provincias.-
II.- Que dicho programa tiene por objetivo agilizar la comunicación que
habitualmente se lleva a cabo entre el Fuero Laboral y la AFIP en el marco
de lo dispuesto por los arts. 15 de la Ley N° 20.744, 17 de la Ley N° 24.013
y 44 de la Ley N° 25.345.
III.- Que a través del mencionado programa, la transferencia de informa-
ción por parte de la Justicia del Trabajo a la AFIP, se implementaría por
medio de una aplicación provista por el Organismo denominado Sistema
SEAH (Sentencias y Acuerdos Homologados).
IV.- Que de la misma manera, en lo que se reere a las solicitudes de in-
formación del Poder Judicial a la AFIP y su posterior respuesta, el mentado
programa facilitará su tramitación a través del acceso de funcionarios del
Poder Judicial, debidamente autorizados, a la información existente en las
bases de datos de la AFIP no alcanzadas por el secreto scal.
Por todo ello y lo dispuesto por el art. 166, incs. 2° y 10° in ne de la Cons-
titución de la Provincia y art. 12, inc. 1°, cs. y cs. de la Ley Orgánica del
Poder Judicial N° 8435;
SE RESUELVE:
I.- AUTORIZAR a la Sra. Presidenta del Tribunal Superior de Justicia de
la Provincia de Córdoba, a suscribir el Acuerdo de Colaboración entre el
Poder Judicial de la Provincia de Córdoba y la Administración Federal de
Ingresos Públicos y su respectivo anexo que se incorporan formando parte
del presente.-
II.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, publíquese en el Boletín Ocial y
archívese.-
Con lo que terminó el acto que previa lectura y raticación de su contenido,
rman la Señora Presidenta y los Señores Vocales con la asistencia del
Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG.-
FDO.: AIDA L. TARDITTI, PRESIDENTE - LUIS ENRIQUE RUBIO VOCAL, - M. DE
LAS MERCEDES BLANC DE ARABEL, VOCAL - MARIA MARTA CACERES DE BO-
LLATI, VOCAL - RICARDO JUAN ROSEMBERG, ADMINISTRADOR GENERAL
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS CUA-
RENTA Y UNO –Serie “A.- En la ciudad de Córdoba, a veintidós días del
mes de Agosto del año dos mil diecisiete, con la Presidencia de su Titular
Aída Lucia TARDITTI, se reunieron para resolver los Señores Vocales del
Tribunal Superior de Justicia, Dres. Domingo Juan SESÍN, Luis Enrique RU-
BIO, María Marta CACERES de BOLLATI y Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA,
con la intervención del Señor Fiscal General de la Provincia Dr. Alejandro
MOYANO y la asistencia del Señor Director General del Área de Administra-
ción, a cargo de la Administración General, Licenciado Ricardo Rosemberg
y ACORDARON:
Y VISTO:. El plan de trabajo que viene desarrollando este Poder Judicial
con relación a la Reforma Judicial, que propende a la modernización de la
estructura organizacional en distintos ámbitos de este Poder Judicial y cuyos
objetivos buscan la implementación de acciones concretas que optimicen el
servicio de justicia.
Y CONSIDERANDO: 1-. La necesidad de que las prácticas judiciales rela-
cionadas a internaciones judiciales involuntarias en el Fuero Penal (arts. 34
CP, 84, 287, 523 del CPP) y las pericias obligatorias ( art 85 del CPP) dis-
puestas en los procesos penales, se conformen a los nuevos lineamientos
derivados de la legislación vigente sobre la materia (Ley n° 26.657 de Salud
Mental, Ley n° 26.529 de Derechos del Paciente, Código Civil y Comercial,
Ley provincial n° 9848 de Salud Mental), así como a los mandatos derivados

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