Acuerdo número: treinta y nueve
Emisor | Consejo de la Magistratura |
Fecha de la disposición | 12 de Junio de 2018 |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CV - TOMO DCXLII - Nº 109
CORDOBA, (R.A.) MARTES 12 DE JUNIO DE 2018
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
temas de información diseñados y construidos, corresponde realizar una
primera implementación parcial a modo de prueba piloto sobre las causas
que se promuevan con el n de hacer efectivo el cobro de créditos docu-
mentados.
8. Que el Área de Tecnologías de la Información y Telecomunicaciones
informa que las actuales condiciones alcanzadas, permiten instrumentar
el inicio de actividades de la experiencia citada, la que inicialmente y por
el plazo aproximado de seis (6) meses, se implementará respecto de los
procesos de cobro de pagarés iniciados y tramitados ante la Secretaría de
Gestión Común de los Juzgados de Procesos de Cobros Particulares de
esta Ciudad, por los abogados apoderados individualizados en el Anexo
II y que voluntariamente prestaron su conformidad para participar de la
experiencia piloto.
Por todo ello y lo dispuesto por el art. 166 inc. 2° de la Constitución de la
Provincia de Córdoba, art. 12 inc. 1º de la Ley Orgánica del Poder Judicial
N° 8435, el Tribunal Superior de Justicia,
RESUELVE:
Art. 1: Establecer el día 12 de Junio de 2018, como fecha de puesta en
marcha de la experiencia piloto, tendiente a evaluar la tramitación ínte-
gramente electrónica de expediente judiciales, para las causas que en se
promuevan ante la Secretaría de Gestión Común de los Juzgados de Pro-
cesos de Cobros Particulares de esta Ciudad, en los términos del Acuerdo
Reglamentario Número un mil cuatrocientos noventa y cinco, Serie “A”, dic-
tado el día veintiocho de mayo de dos mil dieciocho, de conformidad a las
pautas técnicas establecidas en el Anexo I integrante del presente.
Art. 2: Disponer que la prueba referida en el artículo anterior se efectuará
de manera parcial y gradual, para los juicios iniciados y tramitados ante
la Secretaría de Gestión Común de los Juzgados de Procesos de Cobros
Particulares de esta Ciudad y por un plazo inicial no mayor a seis (6) me-
ses.
Art. 3: Disponer que esta nueva modalidad en la sustanciación de los pro-
cesos, regirá en una primera etapa sólo para las causas judiciales nuevas
de procesos de cobro de pagare y que se tramiten íntegramente ante la
Secretaría de Gestión Común de los Juzgados de Procesos de Cobros
Particulares de esta Ciudad y que sean iniciados por los abogados indivi-
dualizados en el Anexo II.
Art. 4: Establecer que los documentos electrónicos y/o digitales que se
incorporen al expediente electrónico quedarán validados de acuerdo a las
modalidades referidas en los considerandos del presente Acuerdo.
Art. 5: Extender el alcance de la implementación de rma digital, a todas
las resoluciones judiciales que deban realizarse por parte de los magistra-
dos y funcionarios de la Secretaría de Gestión Común de los Juzgados de
Procesos de Cobros Particulares de esta Ciudad, a partir del dictado del
presente Acuerdo.
Art. 6: Facultase a la Secretaría Civil y Comercial del Tribunal Superior de
Justicia, para dictar las normas generales y obligatorias que requiera la co-
rrecta aplicación o desarrollo del presente régimen, y las necesarias para
regular las situaciones no previstas expresamente, como así también, para
la ampliación gradual del alcance de la prueba piloto hasta su conclusión.
Art. 7: Publíquese en el Boletín Ocial de la Provincia. Incorpórese a la
página WEB del Poder Judicial.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y raticación de su contenido,
rman la Señora Presidente y los Señores Vocales, con la asistencia del
Señor Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo J. ROSEM-
BERG.-
FDO: AIDA L. TARDITTI, PRESIDENTE TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - LUIS
ENRIQUE RUBIO, VOCAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - MARIA MAR-
TA CACERES DE BOLLATI, VOCAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - SE-
BASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, VOCAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
- RICARDO JUAN ROSEMBERG, ADMINISTRADOR GENERAL
ANEXO
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
ACUERDO NÚMERO: TREINTA Y NUEVE En la ciudad de Córdoba a cua-
tro días del mes de junio del año dos mil dieciocho, con la presidencia de la
Dra. María Marta CACERES de BOLLATI, se reunieron los Señores Con-
sejeros integrantes del Consejo de la Magistratura creado por Ley 8802,
Laura ECHENIQUE, Héctor DAVID, Juan Manuel UGARTE, Gustavo S.
GARZÓN, Maximiliano GARCÍA y Luis CARONNI y ACORDARON: Y VIS-
TO: ….. Y CONSIDERANDO: ….. EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
RESUELVE: 1°: Confeccionar el ORDEN DE MERITOS, correspondiente al
concurso para cobertura de cargos de FISCAL DE CÁMARA CON COM-
PETENCIA MULTIPLE (interior provincial) con el puntaje total obtenido por
los concursantes, conforme al cuadro anexo. 2°: Protocolícese, notifíquese
y archívese.
ANEXO I – FISCAL DE CÁMARA CON COMPETENCIA MÚLTIPLE (inte-
rior provincial).
Orden ApellidoNombresTipoNúmero
Puntaje
Final
1CUELLOSergio GabrielD.N.I.20.872.78582,67
2ALIAGA DÌAZConsueloD.N.I.25.203.17280,06
3ELÌASMónica CarolinaD.N.I.17.822.83977,82
4 CASTRORaúl AlejandroD.N.I. 23.456.97472,31
5HEREDIA HIDALGOAndrea VerónicaD.N.I.24.472.89870,97
. “El Consejo de la Magistratura de la Provincia de Córdoba hace saber que
la audiencia pública prevista por el art. 29 de la Ley 8802 ha sido jada
para el día 27 de junio de 2018 a las 16:00 hs., en Avda. Gral. Paz nº 70, 5º
piso de la ciudad de Córdoba”
3 días - Nº 157827 - s/c - 13/06/2018 - BOE
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