Acuerdo N° 62 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor29 de Noviembre de 2021
EmisorConsejo de la Magistratura
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIII - Nº 246
CORDOBA, (R.A.) LUNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
Auto N° 59.
LABOULAYE, 17 de noviembre de 2021.
Y VISTOS: Estos autos caratulados: “SINDICOS CONCURSALES (ART.
253 LCQ) PERIODO 2021 — CUERPO” (Expte.N° 10485428) de los que
resulta que con fecha 17/11/2021 se ha dictado el Auto N° 58, mediante
el cual se resolvió convocar a inscripción a los postulantes para integrar
las listas de Síndicos. Resulta necesario aclarar aquellas cuestiones que
hacen a la conformación de una lista única de síndicos y a la modalidad de
inscripción electrónica vía web.
Y CONSIDERANDO:
I- Que conforme lo dispone el art. 338 del C.P.C.C., el Tribunal puede inter-
pretar su propia resolución en cualquier tiempo, a mérito de la ejecución de la
misma o de juicio contradictorio sobre su inteligencia.
II- Que conforme los medios digitales disponibles se torna necesario
aclarar que a los nes la inscripción, los interesados deberán ingresar a la
página web del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba
(cpcecba.org.ar/autogestion), ingresar la clave correspondiente, completar
la solicitud de inscripción según corresponda, y anexar los antecedentes
en formato PDF según las instrucciones del sistema informático creado a
tal n. El postulante deberá efectuar una declaración jurada según la cual
los datos consignados y la documentación que acompaña en PDF son to-
talmente exactos y veraces ometiéndose a su vericación y comprometién-
dose a acompañar los documentos originales a los nes de su compulsa,
en caso de ser requerido por el CPCE. Asimismo, como se mencionó en
el Auto N° 58 de fecha 17/11/2021, el postulante asume toda la responsa-
bilidad civil y penal a que pudieran dar lugar las transgresiones al régimen
legal del concurso (art. 1716 CCCN y art. 292 y ss. C.P.). Por lo que se deja
sin efecto la exigencia de acompañar la documentación en soporte físico
en el plazo de 72 hs. de emitida la constancia de inscripción.-
III-Dejar establecido que para el caso en que los interesados inscriptos no
cubrieren las listas suplentes necesarias, se duplicarán las listas de titulares
como listas suplentes a los nes del sorteo como tales; sin perjuicio de dejar
sentado que los sorteos serán independientes, manteniendo el rango en tanto
resulten sorteados en una u otra condición de manera independiente entre lis-
tas de titulares y suplentes.
IV- Por último, conformada la lista única de síndicos concursales se torna
innecesario el sorteo de los postulantes para el Juzgado, por lo que correspon-
de dejar sin efecto la audiencia establecida en el punto 6°) del Auto N° 58.-
Por todo ello,
SE RESUELVE:
1) Disponer que los interesados deberán ingresar a la página web del
Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba (cpcecba.org.ar/
autogestion), ingresar la clave correspondiente, completar la solicitud de ins-
cripción según corresponda, y anexar los antecedentes en formato PDF según
las instrucciones del sistema informático creado a tal n y conforme lo detallado
en el punto II de los considerandos, bajo las responsabilidades y sanciones
allí apuntadas. Dejar sin efecto la exigencia de acompañar de acompañar la
documentación en soporte físico en el plazo de 72 hs. de emitida la constancia
de inscripción.-
2) Dejar establecido que para el caso en que los interesados inscriptos no
cubrieren las listas suplentes necesarias, se duplicarán las listas de titulares
como listas suplentes a los nes del sorteo como tales; sin perjuicio de dejar
sentado que los sorteos serán independientes, manteniendo el rango en tanto
resulten sorteados en una u otra condición de manera independiente entre lis-
tas de titulares y suplentes.
3) Dejar sin efecto la audiencia de sorteo jada en el punto 6°) del Auto
N° 58.— Protocolícese y hágase saber.-
FDO. MARCELA A. ABRILE – VOCAL. JORGE DAVID TORRES- VOCAL.
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
ACUERDO N°: 62
En la ciudad de Córdoba a diecisiete días del mes de noviembre del
año dos mil veintiuno, con la presidencia de la Dra. María Marta CACE-
RES de BOLLATI, se reunieron virtualmente los Señores Consejeros,
integrantes del Consejo de la Magistratura creado por Ley 8802, Dres.
Laura ECHENIQUE, María Laura LABAT, Jorge M. FLORES y Gabriela
VILAR y ACORDARON:
Y VISTO:…..Y CONSIDERANDO:…..
EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
RESUELVE:
1) CONFECCIONAR el Orden de Méritos denitivo correspondiente
al concurso de JUEZ DE CONTROL Y FALTAS (Capital) incorporando al
mismo a los concursantes relacionados en el presente Acuerdo. 2) Proto-
colícese, notifíquese, publíquese y oportunamente archívese.-
Orden Apellido Nombres Tipo Número
Puntaje
Final
1CAFFERATA Pablo Agustín D.N.I. 27.012.942 78,21
2AYÁN Manuel Sebastián D.N.I. 29.063.988 75,75
3GARCÍA AMUCHÁS-
TEGUI Sebastián Félix D.N.I. 28.194.011 74,69
4ORTA CORDOBA María Celeste D.N.I. 27.078.456 71,13
5BARBANO María Belén D.N.I. 25.169.592 70,46
6VARG AS Maximiliano
Antonio D.N.I. 29.894.192 70,03
7TROTTI María Valeria D.N.I. 29.767.746 70,02
Se hace saber que la audiencia pública, prevista por el art. 29 de la Ley 8802
se realizará -en caso de ser necesaria- de manera virtual el día 09 de diciem-
bre 2021 a las 12 hs., ingresando al siguiente link : Unirse a la reunión Zoom:
https://us02web.zoom.us/j/85909260894?pwd=cktmYWl0SFBxSTR2Sk-
FFWEU1TXNGUT09
ID de reunión: 859 0926 0894
Código de acceso: 379360

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