Acuerdo Nº 597 “A“ 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor30 de Julio de 2018
EmisorPoder Judicial
LUNES 30 DE JULIO DE 2018
AÑO CV - TOMO DCXLIII - Nº 141
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2018 - Año del Centenario de la Reforma Universitaria”
PODER JUDICIAL
ACUERDO NÚMERO QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE. SERIE “A. En
la Ciudad de Córdoba, a veintitrés días del mes de Julio del año dos mil
dieciocho, con la Presidencia de su Titular Dra. Aída Lucía TARDITTI, se re-
unieron para resolver los señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia,
Dres. María de las Mercedes BLANC de ARABEL, María Marta CACERES
de BOLLATI y Sebastián Cruz LOPEZ PEÑA, con la asistencia del Señor
Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG
y ACORDARON:
Y VISTO: El informe realizado por el Coordinador de la “Ocina de Jurados”,
dependiente de la Secretaria Penal de este Tribunal Superior de Justicia,
Dr. Gonzalo Martín ROMERO, sobre la necesidad de conformar nuevos
listados de Jurados Populares para el período 2019 (Ley N° 9182), como
así también prorrogar por un (1) año los listados del periodo 2018, para
todas las Circunscripciones Judiciales (Ley N° 9182, art. 15) y asimismo la
necesidad de analizar la situación de los listados de Jurados “escabinos”
(art. 369 del CPP).
Y CONSIDERANDO: I) 1. Que el aludido Funcionario sostiene que debido
a la gran cantidad de juicios que se realizan diariamente en las distintas
Cámaras Criminales de la provincia con la integración de Jurados Popula-
res conforme Ley N° 9182, en la actualidad las listas de Jurados conforma-
da para el año 2018, para todas las Circunscripciones de la Provincia (Ac.
N° 538/2017), se encuentran prácticamente agotadas.
Sostiene que si bien la mencionada Ley, en sus arts. 8 y 14, ja la forma
y cantidad de ciudadanos que deben ser sorteados, en atención a la ex-
periencia adquirida en sorteos anteriores, los resultados obtenidos en la
devolución de las declaraciones juradas, a n de cubrir los mínimos indis-
pensables de jurados necesarios para llevar a cabo la gran cantidad de au-
diencias que se desarrollan; en cumplimiento del principio de “uniformidad
de criterios” y para evitar la innecesaria reiteración de sorteos, éste Tribunal
Superior de Justicia en otras oportunidades, de conformidad a las faculta-
des otorgadas por los arts. 12, 63 y cc (Ley Orgánica del Poder Judicial),
ha modicado tal procedimiento, disponiendo que el sorteo se efectúe para
la Primera Circunscripción, a razón de un (1) Jurado por cada setecientos
cincuenta (750) electores masculinos y femeninos y para las Circunscrip-
ciones del Interior, de un (1) Jurado por cada doscientos cincuenta (250)
electores masculinos y femeninos, con excepción de las Circunscripciones
Sexta, Octava y Novena en las cuales se deberá sortear un (1) Jurado por
cada cien (100) electores masculinos y femeninos respectivamente (Ley
N° 9182) (Acuerdos N° 532, Serie “A” del 12/10/10, N° 598, Serie “A” del
06/10/11 y N° 632, Serie “A” del 16/09/16). Por tal motivo, entiende que en
esta oportunidad se deberá proceder de la misma forma.
2. Asimismo el Coordinador expone la necesidad de que se realice el sor-
teo en una fecha que permita optimizar el operativo de envío y posterior
recepción de las declaraciones juradas que se remiten a todos los ciuda-
danos de la provincia que resulten sorteados, a n de poder iniciar el com-
plejo proceso de envío, recepción y depuración de declaraciones juradas,
PODER JUDICIAL
Acuerdo Nº 597 “A“ ............................................................... Pag. 1
Acuerdo Reglamentario Nº 1505 “A“ .................................... Pag. 2
MINISTERIO DE SALUD
Resolución Nº 212 ................................................................Pag. 3
MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Resolución Nº 181 ................................................................Pag. 4
MINISTERIO DE EDUCACION
SECRETARIA DE EDUCACION
Resolución Nº 510 ................................................................Pag. 5
MINISTERIO DE EDUCACION
DIRECCION GENERAL DE EDUCACION DE JOVENES Y ADULTOS
Listado Orden de Merito Def‌initiva ........................................ Pag. 5
MINISTERIO DE EDUCACION
DIRECCION GENERAL DE EDUCACION INICIAL
Listado Orden de Merito Def‌initiva ........................................ Pag. 5
continua en pagina 2
lo antes posible.
3. Finalmente, el funcionario dice que en relación a los Jurados cuya inte-
gración de los Tribunales de Juicio se efectúa con basamento en el art. 369
del CPP de esta Provincia, lo que se dio en llamar “escabinado mitigado”,
corresponde hacer una mención especial. Ello es, que este Alto Cuerpo
por Acuerdo N° 731, Serie “A”, del 25/10/2016, teniendo en cuenta especial-
mente el innecesario dispendio de personal y recursos económicos que
implicaría realizar un nuevo sorteo de ciudadanos, máxime cuando los que
forman parte del padrón vigente, han sido noticados y cumplimentan los
requisitos que establece la ley y aún no han sido convocados, manteniendo
sus expectativas de ser efectivamente designados, dispuso prorrogar para
los períodos 2017/2018 los listados de Jurados “Escabinos” de la Ley 8123
(art. 369), para todas las Circunscripciones, aprobados por Acuerdo n° 205
- Serie “A, del 20/04/2015. Situación ésta que subsiste en la actualidad,
siendo ínma la cantidad de juicios con Jurados llevados a cabo en virtud
de esta modalidad, llegándose a contabilizar 1 o 2 juicios al año en toda
la provincia; entendiéndose como más favorable prorrogar nuevamente el
mencionado listado para los periodos 2019/2020 o hasta que se agote el
mismo.
II) Que las razones expuestas por el Coordinador de la “Ocina de Jurados”,
dependiente de la Secretaria Penal de este Tribunal Superior de Justicia,
son de recibo, por lo que corresponde disponer la realización del sorteo de
Jurados para el período 2019 (Ley 9182), en la proporción sugerida, de-
biendo extraerse, separados por Circunscripción Judicial y por sexo, para

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