Acuerdo Nº 576 - Serie 'A'

EmisorTribunal superior de justicia
Fecha de la disposición 5 de Noviembre de 2014
CÓRDOBA, 17 de noviembre de 2014 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVIII - Nº 200 Primera Sección 7
Acuerdo Nº 576 - Serie “A”. En la ciudad de Córdoba, a cinco días del mes de
noviembre del año dos mil catorce, bajo la Presidencia de su titular Doctor Carlos Francisco
GARCIA ALLOCCO, se reúnen los Sres. Vocales integrantes del Tribunal Superior de Justicia,
Doctores Aída Lucía Teresa TARDITTI, Domingo Juan SESIN y María Marta CÁCERES
DE BOLLATI, con la asistencia de la Señora Directora General del Área de Administración, a
cargo de la Administración General, Cra. Beatriz María ROLAND de MUÑOZ y ACORDARON:
Y VISTO: La necesidad de contar con aspirantes en condiciones de cubrir cargos de
Prosecretario Letrado para las Cámaras del Crimen de los Centros Judiciales de Capital (Primera
Circunscripción), Río Cuarto (Segunda Circunscripción), Bell Ville (Tercera Circunscripción),
Villa María (Cuarta Circunscripción), San Francisco (Quinta Circunscripción), Villa Dolores
(Sexta Circunscripción), Cruz del Eje (Séptima Circunscripción) y Río Tercero (Décima
Circunscripción).
Y CONSIDERANDO: 1.- Que en función del rango del cargo aludido, la convocatoria deberá
tomar en consideración sus características propias, la especificación de las aptitudes requeridas
para cada rol, en orden a la conducción, organización y administración de los ámbitos de
ejercicio funcional en su escenario sociocultural (dimensión gerencial administrativa-comunitaria)
y las incumbencias funcionales del cargo (dimensión técnico jurídica del rol); a la vez, todo ello,
enmarcado en el contexto normativo general que regula los concursos de promoción en los
niveles funcionales o de conducción en el área jurisdiccional.
2.- La convocatoria procura garantizar la legitimidad de los mecanismos institucionales de
promoción a los cargos superiores, a través de un sistema de concurso orientado a la selección
y evaluación integral del postulante acorde a objetivos cognitivos, actitudinales y operativos,
inherentes al rol.
3.- Se establecen y/o modifican plazos previstos en el Acuerdo Reglamentario Nº 588 “A” del
13/03/2001 con el fin de organizar y agilizar el procedimiento logrando mayor eficiencia.
4.- De conformidad a lo dispuesto por el Acuerdo Reglamentario N° 588 Serie “A” del 13/03/
2001, modificado por Acuerdos Reglamentarios N° 696 Serie “A” de fecha 17/12/03, N° 706
Serie “A” de fecha 16/03/04, N° 870 Serie “A” de fecha 13/03/07 y Nº 1240 Serie “A” del 05/11/
2014 corresponde fijar las reglas de la convocatoria de aspirantes, precisar la jerarquía del
cargo a cubrir, la integración y funciones del Tribunal Examinador, lugar y horario de entrega de
solicitudes y plazo de presentación y acreditación de los requisitos fijados, fechas para la recepción
de las pruebas, pautas de corrección y evaluación de antecedentes y demás aspectos vinculados
con el concurso.
5.- El presente llamado se realiza para generar un orden de mérito para cubrir cargos interinos,
suplentes o vacantes, actuales o futuros.
6.- En resguardo de los principios de trasparencia, igualdad, objetividad y selección por
idoneidad, pilares del régimen de concursos de este Poder Judicial, se establecen pautas que
los concursantes deberán observar y respetar para el correcto desarrollo y consecución del
examen. Las mismas han sido establecidas en base a la experiencia de la Oficina de Concursos
y Junta de Calificaciones del Área de Recursos Humanos en la organización y ejecución de
convocatorias anteriores y el análisis observado en el comportamiento de los postulantes. El
incumplimiento de las mismas conlleva la exclusión del postulante prevista en el Acuerdo
Reglamentario Nº 1101 Serie “A” el 29/05/2012.
Por ello, SE RESUELVE:
Artículo 1.– LLAMADO.
CONVOCAR a concurso de antecedentes y oposición, a los fines de confeccionar el orden de
mérito de postulantes en condiciones de ser designados en cargos definitivos, interinos, suplentes
o vacantes de Prosecretario Letrado para las Cámaras del Crimen de los Centros Judiciales de
Capital (Primera Circunscripción), Río Cuarto (Segunda Circunscripción), Bell Ville (Tercera
Circunscripción), Villa María (Cuarta Circunscripción), San Francisco (Quinta Circunscripción),
Villa Dolores (Sexta Circunscripción), Cruz del Eje (Séptima Circunscripción) y Río Tercero
(Décima Circunscripción).
Los nombramientos serán oportunamente efectuados en función de las necesidades del servicio,
tomando en consideración el orden de mérito que resulte, sin que la participación o resultado del
concurso obligue a la designación del aspirante, más allá del número de vacantes que deban
cubrirse.
Los llamamientos en cargos suplentes se efectuarán una vez provistos los correspondientes a
cargos vacantes y de conformidad a las disponibilidades existentes. El cese de la sustitución en
tal condición (suplente) no genera para el agente la posibilidad de solicitar su ubicación en otra
cadena de reemplazos existentes ocupada por quien se encuentre en una ubicación inferior del
orden de mérito aprobado; debiendo en todos los casos esperar la configuración de una nueva
suplencia para poder ser reestablecido a dicha jerarquía.
Artículo 2.– REQUISITOS.
Requisitos de Admisión
A) LOS aspirantes deberán reunir al tiempo de presentación de la solicitud pertinente, la
calidad de agente del Poder Judicial con una antigüedad no inferior a seis (6) años en el Poder
Judicial como personal rentado y una antigüedad en el título de Abogado no inferior a cuatro (4)
años.
B) TENER mayoría de edad.
Requisitos de Designación
AL tiempo de su designación, deberán presentar informe del Registro Nacional de Reincidencia,
certificado de Buena Conducta expedido por la Policía de la Provincia de Córdoba, Certificado
del Registro de Deudores Alimentarios Morosos (Ley nº 8892), Constancia de su situación
electoral (Ley 19.945, arts. 12, 125 y 126 y Ley Provincial 8.767, arts. 11, 104 y 109), Constancia
del Registro Público de Juicios Universales de no encontrarse concursado o fallido, Constancia
de no encontrarse en Registro de Deudores comerciales (Veraz, Seven, etc.) o del sistema
bancario (B.C.R.A.), Constancia expedida por la Dirección General de Rentas de la Provincia,
sobre su situación tributaria, Declaración Jurada Patrimonial para ser presentada ante la Escribanía
General de Gobierno en los términos y condiciones normadas por la Ley 8198 modificada por
Leyes 8568, 8681; 9471 y Acuerdo Reglamentario N° 942 “A” de fecha 12-05-2008, poseer
aptitud psico-física para el desempeño del cargo y aprobar dentro del plazo asignado el Programa
de Formación para el Desempeño como Personal de Conducción.
Artículo 3.- INSCRIPCIÓN - RENUNCIA
LOS postulantes deben inscribirse a través de Internet, completando la Solicitud de Inscripción
publicada en el Sitio Oficial del Poder Judicial (www.justiciacordoba.gov.ar) o Portal de Aplicaciones
(intranet) en la sección Concurso de Cargos, cuyo modelo se incorpora y aprueba como
“Anexo A”, desde el 13/11/14 y hasta el día 12/12/14 a las 14 hs. inclusive.
En la oportunidad de la inscripción los aspirantes deberán consignar la/s sede/s judicial/es
para la/s que se postulan. Este Tribunal se reserva la facultad de designarlo en aquella sede
judicial donde las razones de servicio lo requieran. En caso que el aspirante no acepte o no
responda en tiempo y forma a la designación para la sede que ha sido convocado y en la cual
se había inscripto, quedará excluido del Orden de Mérito respectivo, manteniéndose, si estuviera,
en el resto de los listados.
Durante el plazo de inscripción digital el postulante, podrá hacer cambios en su elección de
sedes EXCLUSIVAMENTE a través del Sitio Oficial del Poder Judicial (www.justiciacordoba.gov.ar)
o Portal de Aplicaciones (intranet). Vencido dicho plazo sólo estará permitido renunciar a alguna
de las sedes elegidas. En este caso, la renuncia deberá ser formalizada ÚNICAMENTE por nota
ante la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones dependiente del Área de Recursos
Humanos o Delegación de la Administración General del interior provincial donde preste servicios,
en el plazo que se establezca al publicar el Orden de Mérito Provisorio, acreditando identidad
con Documento Nacional de Identidad o Cédula expedida por la Policía Federal.
Vencido el plazo, y luego de consultar la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones
dependiente del Área de Recursos Humanos el legajo personal de cada inscripto, publicará, a
través del medio mencionado anteriormente, el listado de los postulantes admitidos.
RENUNCIA INSCRIPCIÓN: El postulante que desista de dar los exámenes correspondientes,
deberá registrar su renuncia a través del Sitio Oficial del Poder Judicial
(www.justiciacordoba.gov.ar) o Portal de Aplicaciones (intranet) hasta cinco (5) días hábiles
antes de la fecha del examen. El agente que no cumpla con lo establecido se ajustará a lo
dispuesto en el Acuerdo N° 760 Serie “A” del 14/04/05 modificado por Acuerdo Reglamentario
N° 1194 Serie “A” del 10/04/2014.
Artículo 4.- PRUEBAS DE OPOSICIÓN.
LOS postulantes que resulten admitidos deben completar y rendir un EXAMEN TEÓRICO-
PRÁCTICO.
El temario general se aprueba como “Anexo B” que forma parte del presente Acuerdo.
Será de carácter eliminatorio. El puntaje máximo establecido para la prueba será de sesenta y
cinco puntos (65) y se exigirá para su aprobación un mínimo del sesenta por ciento (60%).
Durante la prueba, únicamente se permitirá el uso de textos legales vinculados directa o
indirectamente con los temas de examen, siempre que no se encuentren comentados, anotados
ni incluyan modelos. Sólo se permitirá el uso de textos legales de impresión original editorial (no
fotocopias ni escritos de otra naturaleza que la permitida). La única excepción serán aquellos
textos legales de los cuales no exista impresión original editorial, en cuyo caso deberán estar
organizados (encuadernados, anillados o encarpetados – no hojas sueltas). Leyes y códigos
concordados resultan admisibles. No está permitido compartir el material de consulta, por lo que
cada concursante deberá proveerse el propio.
Los concursantes deberán observar y respetar las pautas que se fijan en el “Anexo C” para el
correcto desarrollo y consecución del examen. El incumplimiento de las mismas conlleva la
exclusión del postulante (AR Nº 1101 Serie “A” el 29/05/2012).
Los exámenes serán impresos y entregados al Tribunal Examinador para su corrección.
Asimismo, y con el fin de tener una copia de los mismos para casos imprevistos, se grabarán en
CD o pen drive, los que serán resguardados en un sobre lacrado cuya apertura será el día de
la decodificación de los mismos.
La supervisión y evaluación de la prueba compete al Tribunal Examinador.
La misma se realizará en el lugar, día y horario que oportunamente se publique a través del
Sitio Oficial del Poder Judicial en Internet y el Portal de Aplicaciones (Intranet).
La evaluación se realizará en tantos turnos como sean necesarios, por orden alfabético,
teniendo en cuenta para ello el número de aspirantes inscriptos y la disponibilidad de
computadoras personales.
Será de carácter secreta. La pertenencia del examen se verificará mediante un “sticker” que
contiene un código de barras adherido a la primera hoja, entregándose un segundo al interesado.
Los exámenes no deberán ser firmados, ni contener elemento identificador alguno, salvo la
clave de referencia (código de barra). La violación del anonimato por parte del concursante
determinará su automática exclusión.
Tendrá una duración total de cuatro horas (4).
Tras finalizar su examen el aspirante deberá completar una encuesta de opinión obligatoria y
anónima referida a aspectos generales, al examen y a la organización del mismo.
La fecha que se establezca a los fines de la recepción no podrá ser adelantada o pospuesta
por inconvenientes personales, laborales o académicos de los aspirantes.
Artículo 5.- IDENTIFICACIÓN DE LOS CONCURSANTES -CORRECCIÓN DE ERRORES
MATERIALES EN LA CALIFICACIÓN.
REMITIDAS por el Tribunal Examinador las calificaciones de la evaluación prevista, el Área
de Recursos Humanos fijará fecha para la decodificación de los códigos de barra que contienen
la identificación de los concursantes; acto que se anunciará mediante el Sitio Oficial del Poder
Judicial de la Provincia de Córdoba (www.justiciacordoba.gov.ar) y el Portal de Aplicaciones
(Intranet).
Se entregarán personalmente los exámenes originales a cada postulante a los fines de que

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