Acuerdo N° 538 “A“ 1º Sección: Legislación – Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 10 de Octubre de 2017 |
Emisor | Poder Judicial |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXII - Nº 155
CORDOBA, (R.A.), JUEVES 10 DE AGOSTO DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
cia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG y
ACORDARON:
Y VISTO: El traslado del Fuero Penal Juvenil y de Niñez, Adolescencia,
Violencia Familiar y de Género al nuevo edicio de calle San Jerónimo de
esta Ciudad.
Y CONSIDERANDO: Que las características físicas del nuevo edicio
ubicado en calle San Jerónimo, dispone una dinámica de funcionamiento,
donde la planta baja posee las particularidades necesarias para la recep-
ción masiva de público. Por su parte, las dependencias funcionales ubica-
das en los distintos pisos, no cuentan con un espacio de espera y circu-
lación adecuado al público asistente. Las condiciones edilicias detalladas,
impone la necesidad de organizar un área de recepción común que organi-
ce el ujo de público a los distintos pisos del edicio. Razón por la cual, se
ha encomendado al Secretario General, Dr. Luis SOSA LANZA CASTELLI
la creación de un espacio de recepción que responda a las necesidades
planteadas. Proponiendo al mencionado funcionario la creación de un Área
de Recepción Centralizada, que dependerá de las Unidades de Gestión
Administrativas ubicadas en el Edicio. Esta Área tendrá por función recep-
tar y derivar a los ciudadanos usuarios de la UGA de Niñez, Adolescencia,
Violencia Familiar y de Género, Fuero Penal Juvenil y Equipos Técnicos.
Para lograr su cometido contará con el personal necesario conforme las
necesidades que demande el servicio.
Por todo ello,
SE RESUELVE: Artículo 1º: DISPONER la creación de un Área de Re-
cepción Centralizada que funcionarán bajo la coordinación de las UGAs
de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género y Penal Juvenil.
Artículo 2º.- ENCOMENDAR a la Secretaría Penal de este Alto Cuerpo,
que dicte los instructivos pertinentes para la correcta ejecución de lo aquí
resuelto. Artículo 3°: COMUNÍQUESE. Con lo que terminó el acto que
previa lectura y raticación de su contenido, rman la Señora Presidenta
y los Señores Vocales, con la asistencia del Señor Administrador General.
FDO: DRA. AIDA L. TARDITTI, PRESIDENTE / DR. DOMINGO JUAN SESIN, VOCAL
/ DRA. MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, VOCAL / DR. SEBASTIAN CRUZ
LOPEZPEÑA, VOCAL / LIC.RICARDO JUAN ROSEMBERG,ADMINISTRADOR
GENERAL
ACUERDO NÚMERO QUINIENTOS TREINTA Y OCHO - SERIE “A”. En
la ciudad de Córdoba, a siete días del mes de agosto del año dos mil die-
cisiete, con la Presidencia de su Titular Dra. Aída Lucía Teresa TARDITTI,
se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de
Justicia, Dres. Luis Enrique RUBIO, María Marta CÁCERES de BOLLATI y
SebastiánCruzLÓPEZ PEÑA,conla asistenciadelSeñorAdministrador
General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG y ACORDARON:
VISTO: El informe del Dr. Gonzalo Martín ROMERO, Coordinador de la
“Ocina de Jurados”, dependiente de la Secretaria Penal de este Tribunal
Superior de Justicia, en relación a la necesidad de conformar nuevos lis-
tados de Jurados para el período 2018 (Ley 9182), como así también pro-
rrogar por un (1) año los listados 2017 para todas las Circunscripciones
Judiciales (Ley 9182, art. 15).
Y CONSIDERANDO: I) Que el aludido Funcionario fundamenta dicha peti-
ción en atención a la gran cantidad de juicios que se realizan con Jurados
Populares en la actualidad las listas de Jurados del año 2017 (Ley 9182),
para todas las Circunscripciones de la Provincia, se encuentran práctica-
mente agotadas. Asimismo agrega que si bien la Ley 9182 (arts. 8 y 14), ja
la forma y cantidad de ciudadanos que deben ser sorteados, éste Tribunal
Superior de Justicia ya en otras oportunidades, de conformidad a las facul-
tades otorgadas por los arts. 12, 63 y cc (Ley Orgánica del Poder Judicial),
ha modicado tal procedimiento (Acuerdos N° 532, Serie “A” del 12/10/10,
N° 598, Serie “A” del 06/10/11 y N° 533, Serie “A” del 31/08/16).
Por ello, en atención a la experiencia adquirida en sorteos anteriores, los
resultados obtenidos en la devolución de las declaraciones juradas, a n de
cubrir los mínimos indispensables de jurados necesarios para llevar a cabo
la gran cantidad de audiencias que se desarrollan anualmente; y en cum-
plimiento del principio de “uniformidad de criterios” y para evitar la innece-
saria reiteración de sorteos, se requiere que este Alto Cuerpo disponga
que el sorteo se efectúe en las mismas proporciones que se procediera en
el Acuerdo N° 533/16, ello es para la Primera Circunscripción, a razón de
un (1) Jurado por cada setecientos cincuenta (750), electores masculinos
y femeninos y para las Circunscripciones del Interior, de un (1) Jurado por
cada doscientos cincuenta (250), electores masculinos y femeninos, con
excepción de las Circunscripciones Sexta, Octava y Novena en las cuales
se deberá sortear un (1) Jurado por cada cien (100), electores masculinos
y femeninos respectivamente (Ley 9182).
Asimismo el Coordinador maniesta la necesidad de realizar el sorteo en
una fecha que permita optimizar el operativo de envío y posterior recep-
ción de las declaraciones juradas que se remiten a todos los ciudadanos
de la provincia que resulten sorteados, a n de poder iniciar el proceso de
depuración lo antes posible.
II) Que las razones expuestas por el Coordinador de la “Ocina de Jurados”,
dependiente de la Secretaria Penal de este Tribunal Superior de Justicia,
son de recibo por lo que corresponde disponer el sorteo de Jurados para el
período 2018 (Ley 9182), en la proporción sugerida, como así también pro-
rrogar por un (1) año los listados vigentes en el presente periodo 2017, para
todas las Circunscripciones (Ley 9182, art. 15). Asimismo, en el sorteo de
Jurados, se deberá extraer, separados por Circunscripción Judicial y por
sexo, para la Primera Circunscripción, a razón de un (1) Jurado por cada
setecientos cincuenta (750), electores masculinos y femeninos y para las
restantes Circunscripciones, a razón de un (1) Jurado por cada doscientos
cincuenta (250), electores masculinos y femeninos con excepción de las
Circunscripciones Sexta, Octava y Novena en las cuales se deberá sor-
tear un (1) Jurado por cada cien (100), electores masculinos y femeninos
respectivamente.
III) Finalmente, se estima conveniente que el sorteo correspondiente sea
realizado durante los primeros días del mes de Septiembre del año en cur-
so a n de poder optimizar el operativo de envío y recepción de Declaracio-
nes Juradas y depuración de los listados denitivos, todo lo cual deberá ser
coordinado por la Ocina de Jurados dependiente de la Secretaria Penal
del Tribunal Superior de Justicia, con la supervisión del Secretario General
de este Alto Cuerpo, Dr. Luis M. SOSA LANZA CASTELLI.
Por ello, conforme lo establecido en los arts. 12, 63 y cc. de la L.O.P.J.;
SE RESUELVE:
I) ORDENAR que se efectúe el sorteo correspondiente a n de confeccio-
nar los listados denitivos correspondientes al período 2018 (Ley 9182)
para todas las Circunscripciones Judiciales.
II) DISPONER que se extraigan, separados por Circunscripción Judicial
y por sexo, para la Primera Circunscripción, a razón de un (1) Jurado por
cada setecientos cincuenta (750), electores masculinos y femeninos y para
las restantes Circunscripciones, a razón de un (1) Jurado por cada dos-
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