Acuerdo N° 49 1ª Seccion: Legislación - Normativas

Fecha de Entrada en Vigor27 de Noviembre de 2017
EmisorJunta de Calificación y Selección de Jueces de Paz
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXV - Nº 214
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
positivo precedente, esta Autoridad de Aplicación procederá al dictado del
instrumento legal que disponga su actualización, el que será publicado en
el Boletín Ocial de la Provincia antes del día 15 del mes correspondiente
y en la página Web de la Dirección General de Policía Caminera, con noti-
cación expresa a los Juzgados de Faltas reconocidos por la Provincia.
3°.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Dirección General de la Po-
licía Caminera, a la Dirección de Jurisdicción Sistemas del Ministerio de
Gobierno, a los Juzgados de Faltas reconocidos por la Provincia, a la Di-
rección General de Rentas de la Provincia, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
DR. MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE AC-
CIDENTES DE TRÁNSITO
JUNTA DE CALIFICACIÓN Y SELECCIÓN DE
JUECES DE PAZ
ACUERDO NÚMERO: SESENTA Y SIETE (67/2017). En la Ciudad de Cór-
doba a treinta días del mes de Agosto del año dos mil diecisiete, con la pre-
sidencia de la Dra. Laura Matilde ECHENIQUE, se reunieron los señores
Miembros de la Junta de Calicación y Selección de Jueces de Paz creada
por Ley N° 9449, Sres. María Graciela MANZANARES, Manuel Cristian
SAVID, Hugo Oscar CUELLO y Ricardo Alfredo DE TORO y ACORDA-
RON: Y VISTO: ..Y CONSIDERANDO:.. LA JUNTA DE CALIFICACIÓN
Y SELECCIÓN DE JUECES DE PAZ RESUELVE: ARTÍCULO 1°: Con-
feccionar el ORDEN DE MERITO correspondiente a la vacante SACANTA
(Departamento SAN JUSTO) con el puntaje total obtenido por cada uno
de los concursantes, excluyendo del mismo a quienes no hayan obtenido
el mínimo de cincuenta (50) puntos, conforme al Anexo I que se agrega
como parte integrante de este Acuerdo.-ARTÍCULO 2°: Protocolícese, no-
tifíquese y archívese.- Fdo: Dra. Laura Matilde ECHENIQUE-Poder Eje-
cutivo, María Graciela MANZANARES-Poder Legislativo, Manuel Cristian
SAVID-Ministerio Publico Fiscal, Hugo Oscar CUELLO-Poder Legislativo, y
Ricardo Alfredo DE TORO-Poder Judicial.-
ANEXO I – JUEZ DE PAZ DEL DEPARTAMENTO SAN JUSTO.
VACANTE: SACANTA
CONCURSANTES
APELLIDO Y NOMBRE Tipo Número TOTAL
1 ALESSIO RAFAEL FRANCISCO D.N.I 11.855.588 75,10
1 día - Nº 125893 - s/c - 02/11/2017 - BOE
ACUERDO NÚMERO: CUARENTA Y NUEVE (49/2017). En la Ciudad
de Córdoba a nueve días del mes de Agosto del año dos mil diecisiete,
con la presidencia de la Dra. Laura Matilde ECHENIQUE, se reunieron
los señores Miembros de la Junta de Calificación y Selección de Jueces
de Paz creada por Ley N° 9449, Sres. María Graciela MANZANARES,
Manuel Cristian SAVID y Ricardo Alfredo DE TORO y ACORDARON: Y
VISTO:… Y CONSIDERANDO:… LA JUNTA DE CALIFICACIÓN Y SE-
LECCIÓN DE JUECES DE PAZ RESUELVE: ARTÍCULO 1°: Confec-
cionar el ORDEN DE MERITO correspondiente a la vacante SERRE-
ZUELA (Departamento CRUZ DEL EJE) con el puntaje total obtenido
por cada uno de los concursantes, excluyendo del mismo a quienes no
hayan obtenido el mínimo de cincuenta (50) puntos, conforme al Anexo
I que se agrega como parte integrante de este Acuerdo.-ARTÍCULO
2°: Protocolícese, notifíquese y archívese.- -Fdo: Dra. Laura Matilde
ECHENIQUE-Poder Ejecutivo. María Graciela MANZANARES- Poder
Legislativo, Manuel Cristian SAVID-Ministerio Público Fiscal y Ricardo
Alfredo DE TORO- Poder Judicial.-
ANEXO I – JUEZ DE PAZ DEL DEPARTAMENTO CRUZ DEL EJE.
VACANTE: SERREZUELA.
CONCURSANTES
APELLIDO Y NOMBRE Tipo Número TOTAL
1 TAPIA, CARLOS ALEJANDRO D.N.I 18.136.936 72,21
1 día - Nº 125884 - s/c - 02/11/2017 - BOE
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
ERSEP
Resolución General N° 47
Córdoba, 01 de noviembre de 2017.
Y VISTO: Que viene el expediente N° 0521-056882/2017 “FALTA DE SER-
VICIO ENTRE LOS DIAS 25 Y 26 DE OCTUBRE DE 2017 DE USUARIOS
ABASTECIDOS POR LA PLANTA SUQUIA DE LA CIUDAD DE CÓRDO-
BA, relativo a la deciente prestación del servicio público de agua potable
para la Ciudad de Córdoba, a cargo de la Empresa Aguas Cordobesas
S.A., producida los días 25 y 26 de octubre del año 2017.-
Y CONSIDERANDO:
I.- Que el artículo 42 de la Constitución Nacional, establece: “(…) Las auto-
ridades proveerán a la protección (…) de la calidad y eciencia de los ser-
vicios públicos (...) La legislación establecerá (...) los marcos regulatorios
de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria
participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las pro-
vincias interesadas, en los organismos de control.
Que el Decreto 529/1994 Marco Regulador para la Prestación de los Ser-
vicios Públicos de Agua Potable y Desagües Cloacales de la Provincia de
Córdoba establece en su artículo 7 – Condiciones de Prestación “Los Ser-
vicios Públicos de Agua Potable y Desagües Cloacales deberán prestarse
obligatoriamente en condiciones que garanticen su continuidad, regulari-
dad, cantidad, calidad y generalidad, asegurando una prestación ecaz a
los usuarios y la protección de la salud pública y del medio ambiente.” Ello
en consonancia con lo dispuesto concretamente, por las “Normas Provin-
ciales de Calidad y Control de Aguas para Bebida”, Resolución N° 174/2016
emitida por el Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos de la Pro-
vincia de Córdoba.-

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