Acuerdo N° 49 1ª Seccion: Legislación - Normativas
Fecha de Entrada en Vigor | 27 de Noviembre de 2017 |
Emisor | Junta de Calificación y Selección de Jueces de Paz |
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIV - TOMO DCXXXV - Nº 214
CORDOBA, (R.A.) JUEVES 2 DE NOVIEMBRE DE 2017
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
positivo precedente, esta Autoridad de Aplicación procederá al dictado del
instrumento legal que disponga su actualización, el que será publicado en
el Boletín Ocial de la Provincia antes del día 15 del mes correspondiente
y en la página Web de la Dirección General de Policía Caminera, con noti-
cación expresa a los Juzgados de Faltas reconocidos por la Provincia.
3°.-PROTOCOLÍCESE, comuníquese a la Dirección General de la Po-
licía Caminera, a la Dirección de Jurisdicción Sistemas del Ministerio de
Gobierno, a los Juzgados de Faltas reconocidos por la Provincia, a la Di-
rección General de Rentas de la Provincia, publíquese en el Boletín Ocial
y archívese.
DR. MIGUEL ÁNGEL RIZZOTTI, DIRECTOR GENERAL DE PREVENCIÓN DE AC-
CIDENTES DE TRÁNSITO
JUNTA DE CALIFICACIÓN Y SELECCIÓN DE
JUECES DE PAZ
ACUERDO NÚMERO: SESENTA Y SIETE (67/2017). En la Ciudad de Cór-
doba a treinta días del mes de Agosto del año dos mil diecisiete, con la pre-
sidencia de la Dra. Laura Matilde ECHENIQUE, se reunieron los señores
Miembros de la Junta de Calicación y Selección de Jueces de Paz creada
por Ley N° 9449, Sres. María Graciela MANZANARES, Manuel Cristian
SAVID, Hugo Oscar CUELLO y Ricardo Alfredo DE TORO y ACORDA-
RON: Y VISTO: ..Y CONSIDERANDO:.. LA JUNTA DE CALIFICACIÓN
Y SELECCIÓN DE JUECES DE PAZ RESUELVE: ARTÍCULO 1°: Con-
feccionar el ORDEN DE MERITO correspondiente a la vacante SACANTA
(Departamento SAN JUSTO) con el puntaje total obtenido por cada uno
de los concursantes, excluyendo del mismo a quienes no hayan obtenido
el mínimo de cincuenta (50) puntos, conforme al Anexo I que se agrega
como parte integrante de este Acuerdo.-ARTÍCULO 2°: Protocolícese, no-
tifíquese y archívese.- Fdo: Dra. Laura Matilde ECHENIQUE-Poder Eje-
cutivo, María Graciela MANZANARES-Poder Legislativo, Manuel Cristian
SAVID-Ministerio Publico Fiscal, Hugo Oscar CUELLO-Poder Legislativo, y
Ricardo Alfredo DE TORO-Poder Judicial.-
ANEXO I – JUEZ DE PAZ DEL DEPARTAMENTO SAN JUSTO.
VACANTE: SACANTA
CONCURSANTES
APELLIDO Y NOMBRE Tipo Número TOTAL
1 ALESSIO RAFAEL FRANCISCO D.N.I 11.855.588 75,10
1 día - Nº 125893 - s/c - 02/11/2017 - BOE
ACUERDO NÚMERO: CUARENTA Y NUEVE (49/2017). En la Ciudad
de Córdoba a nueve días del mes de Agosto del año dos mil diecisiete,
con la presidencia de la Dra. Laura Matilde ECHENIQUE, se reunieron
los señores Miembros de la Junta de Calificación y Selección de Jueces
de Paz creada por Ley N° 9449, Sres. María Graciela MANZANARES,
Manuel Cristian SAVID y Ricardo Alfredo DE TORO y ACORDARON: Y
VISTO:… Y CONSIDERANDO:… LA JUNTA DE CALIFICACIÓN Y SE-
LECCIÓN DE JUECES DE PAZ RESUELVE: ARTÍCULO 1°: Confec-
cionar el ORDEN DE MERITO correspondiente a la vacante SERRE-
ZUELA (Departamento CRUZ DEL EJE) con el puntaje total obtenido
por cada uno de los concursantes, excluyendo del mismo a quienes no
hayan obtenido el mínimo de cincuenta (50) puntos, conforme al Anexo
I que se agrega como parte integrante de este Acuerdo.-ARTÍCULO
2°: Protocolícese, notifíquese y archívese.- -Fdo: Dra. Laura Matilde
ECHENIQUE-Poder Ejecutivo. María Graciela MANZANARES- Poder
Legislativo, Manuel Cristian SAVID-Ministerio Público Fiscal y Ricardo
Alfredo DE TORO- Poder Judicial.-
ANEXO I – JUEZ DE PAZ DEL DEPARTAMENTO CRUZ DEL EJE.
VACANTE: SERREZUELA.
CONCURSANTES
APELLIDO Y NOMBRE Tipo Número TOTAL
1 TAPIA, CARLOS ALEJANDRO D.N.I 18.136.936 72,21
1 día - Nº 125884 - s/c - 02/11/2017 - BOE
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS
ERSEP
Resolución General N° 47
Córdoba, 01 de noviembre de 2017.
Y VISTO: Que viene el expediente N° 0521-056882/2017 “FALTA DE SER-
VICIO ENTRE LOS DIAS 25 Y 26 DE OCTUBRE DE 2017 DE USUARIOS
ABASTECIDOS POR LA PLANTA SUQUIA DE LA CIUDAD DE CÓRDO-
BA”, relativo a la deciente prestación del servicio público de agua potable
para la Ciudad de Córdoba, a cargo de la Empresa Aguas Cordobesas
S.A., producida los días 25 y 26 de octubre del año 2017.-
Y CONSIDERANDO:
I.- Que el artículo 42 de la Constitución Nacional, establece: “(…) Las auto-
ridades proveerán a la protección (…) de la calidad y eciencia de los ser-
vicios públicos (...) La legislación establecerá (...) los marcos regulatorios
de los servicios públicos de competencia nacional, previendo la necesaria
participación de las asociaciones de consumidores y usuarios y de las pro-
vincias interesadas, en los organismos de control.”
Que el Decreto 529/1994 Marco Regulador para la Prestación de los Ser-
vicios Públicos de Agua Potable y Desagües Cloacales de la Provincia de
Córdoba establece en su artículo 7 – Condiciones de Prestación “Los Ser-
vicios Públicos de Agua Potable y Desagües Cloacales deberán prestarse
obligatoriamente en condiciones que garanticen su continuidad, regulari-
dad, cantidad, calidad y generalidad, asegurando una prestación ecaz a
los usuarios y la protección de la salud pública y del medio ambiente.” Ello
en consonancia con lo dispuesto concretamente, por las “Normas Provin-
ciales de Calidad y Control de Aguas para Bebida”, Resolución N° 174/2016
emitida por el Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos de la Pro-
vincia de Córdoba.-
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