Acuerdo N° 356 “A“ 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor 3 de Julio de 2017
EmisorTribunal superior de justicia
JUEVES 15 DE JUNIO DE 2017
AÑO CIV - TOMO DCXXX - Nº 114
CORDOBA, (R.A.)
http://boletinocial.cba.gov.ar
Email: boe@cba.gov.ar SUMARIO
SECCION
LEGISLACIÓN Y
NORMATIVAS
1a
1
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
“2016 - 2017 Año Brocheriano“
.
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
ACUERDO NÚMERO TRESCIENTOS CINCUENTA Y SEIS. A”. En la ciu-
dad de Córdoba, a treinta y un días del mes de Mayo del año dos mil dieci-
siete, con la Presidencia de su Titular, Dra. Aída Lu cía Teresa TARDITTI,
se reunieron para resolver los Sres. Vocales del Tribunal Superior de
Justicia, Dres. Domingo Juan SESÍN, María Marta CÁCERES de BO-
LLATTI y Sebastián Cruz LOPEZ PEÑA; con la asistencia del Señor
Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan ROSEM-
BERG, y ACORDARON:
VISTO: La presentación efectuada por las autoridades de la Caja de
Previsión de la Ingeniería, Arquitectura, Agrimensura, Agronomía y Pro-
fesionales de la Construcción de la Provincia de Córdoba, en la que so-
licitan se proceda al control del cumplimiento de lo dispuesto por el art.
27 de la Ley 8470 y Modicatoria, relativo al procedimiento a seguir para el
libramiento de las Ordenes de Pago Judiciales a favor de los profesionales
comprendidos en dicha Ley.
Y CONSIDERANDO: I) Que el Art. 27 de la ley 8470 dispone que “toda
orden de pago judicial por honorarios profesionales comprendidos en la
presente Ley, deberá ser librada a nombre del Colegio Profesional res-
pectivo, quien desglosará y liquidará los honorarios correspondientes al
profesional, haciendo las retenciones que fueren pertinentes de acuerdo
a las previsiones de dicha ley, y las depositará en la Caja de acuerdo a la
modalidad y plazos que el Directorio establezca……”. Corresponde en con-
secuencia, recomendar a todos los Tribunales de la Provincia de Córdoba,
el control del cumplimiento de dicha norma al momento de emitir Órdenes
de Pago a favor de los profesionales comprendidos en la mencionada ley.
Por todo ello y lo dispuesto por el Art. 166 inc. 2° de la Constitución Provin-
cial y Art. 12 de la Ley Orgánica del Poder Judicial N° 8435,
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Recomendar a los Tribunales de la Provincia de Córdoba,
observar el estricto cumplimiento de lo dispuesto por el art. 27 de la Ley
8470, en cuanto dispone que toda orden de pago judicial por honorarios
profesionales comprendidos en dicha Ley, deberá ser librada a nombre del
Colegio Profesional respectivo.-
Artículo 2°.- PROTOCOLÍCESE. Comuníquese a todos los Tribunales de
la Provincia, a la Federación de Colegios de Abogados, a los Colegios de
Abogados de toda la Provincia, al Colegio de Martilleros y Corredores Pú-
blicos y al Banco de Córdoba. Publíquese en el Boletín Ocial y dése la
más amplia difusión.
Con lo que terminó el acto, que previa lectura y raticación de su conteni-
do, rman la Señora Presidente y los Señores Vocales, con la asistencia
del Señor Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan RO-
SEMBERG.
FDO: DRA. AIDA L. TARDITTI, PRESIDENTE / DR. DOMINGO JUAN SESIN, VOCAL
/ DRA. MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, VOCAL / DR. SEBASTIAN CRUZ
LOPEZ PEÑA, VOCAL / LIC. RICARDO JUAN ROSEMBERG, ADMINISTRADOR
GENERAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
Acuerdo N° 356 “A“ ..............................................................Pag. 1
Acuerdo Reglamentario N° 1429 “A“ ....................................Pag. 1
PODER EJECUTIVO
Decreto N° 721 ....................................................................Pag. 2
DIRECCION DE PREVENCION DE ACCIDENTE DE TRANSITO
Resolución N° 19 ..................................................................Pag. 2
ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS
ERSEP
Resolución N° 875 .............................................................. Pag. 3
ACUERDO REGLAMENTARIO NÚMERO MIL CUATROCIENTOS VEIN-
TINUEVE - SERIE “A” - En la ciudad de Córdoba, a trece días del mes de
junio del año dos mil diecisiete, con la Presidencia de su Titular Dra. Aída
Lucía Teresa TARDITTI se reunieron para resolver los Señores Vocales del
Tribunal Superior de Justicia, Dres. Juan Domingo SESIN, Luis Enrique
RUBIO, María de las Mercedes BLANC G. de ARABEL y Sebastián LOPEZ
PEÑA, y la asistencia del Señor Director General del Área de Administra-
ción, a cargo de la Administración General, Lic. Ricardo Juan ROSEM-
BERG y ACORDARON:
Y VISTA: 1- Las modicaciones a la ley de Violencia Familiar N° 9283 efec-
tuadas mediante ley provincial N°10.400 B.O. 25 de noviembre de 2016.
2.- La pertinencia de realizar cambios en las operaciones existentes e
introducir nuevas al Sistema de Administración de Causas (S.A.C) Multi-
fuero, en lo referido a la temática de Violencia Familiar; a los nes de su
adecuación con las modicaciones legislativas antes mencionadas.
3- Los valiosos benecios que proveen las Tic´s en la gestión de la informa-
ción, esto es, la calidad de servicios, la celeridad, la economía de recursos
y la despapelización, entre otros, todo siempre en miras al conseguir el
máximo rendimiento Organizacional.
Y CONSIDERANDO: I. La creciente demanda en la problemática de Vio-
lencia Familiar que se ha tornado cada vez más compleja y diversa;
II. Que es función de esta Ocina llevar adelante, medidas de apoyo y de
colaboración técnica-operativa adecuadas para la más ecaz utilización de
los procedimientos y recursos.
III. Que a los nes de efectivizar las acciones pertinentes, se trabajó con-
juntamente con operadores que conforman el equipo de apoyo de la OVF
y la Sub Área de Investigación, Desarrollo e Innovación Tecnológica, per-
teneciente al Área de Informática, por ser encargada de llevar a cabo este
tipo de incorporaciones a los sistemas informáticos del Poder Judicial.
Por lo expuesto y las atribuciones constitucionales y legales (C Pvicial,
166, 2º y LOPJ, 12, 1º), el Tribunal Superior de Justicia,
RESUELVE:
Articulo 1.- TOMAR RAZON de los cambios en las operaciones existentes

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR