Acuerdo N° 12 “B“ 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
EmisorTribunal superior de justicia
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
1a
13
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CIII - TOMO DCXXII - Nº 207
CORDOBA, (R.A.), VIERNES 21 DE OCTUBRE DE 2016
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
c) Quien asuma actitudes indecorosas o irrespetuosas en el proceso de
selección;
d) Quien incumpla las pautas establecidas para el desarrollo del examen.
El Tribunal Examinador procederá al retiro de la evaluación, labrando un
acta con las constancias del caso, la que deberá ser rmada por éste,
los responsables de la Ocina de Concursos y Junta de Calicaciones, el
concursante excluido y los veedores, si hubiere.
En todos estos casos, será inhabilitado a rendir los exámenes de otros
concursos en los que estuviere inscripto, con la prohibición de presentarse
al llamado de futuros concursos, por el término de dos años, contados a
partir de acontecida la falta. Dicha resolución será irrecurrible.
Artículo 14.- VEEDORES
SE INVITA a las Asociaciones de Magistrados y Funcionarios y Gremial
de Empleados del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba, a proponer
hasta diez (10) días previos a la fecha que se establezca para el examen,
un veedor en el presente concurso, con las facultades para interiorizarse
de su tramitación y desarrollo en todo lo que no sea secreto para los as-
pirantes y formular sugerencias, conforme la modalidad que establezca el
Tribunal Examinador.
Artículo 15.- PUBLICIDAD
PUBLÍQUESE en el Boletín Ocial de la Provincia. Incorpórese en el Sitio
Ocial de Internet del Poder Judicial y en el Portal de Aplicaciones (Intra-
net). Comuníquese por correo electrónico a la Ocina de Asistencia y Coor-
dinación los Centros Judiciales del Interior de la Provincia, al Colegio de
Abogados de la Provincia de Córdoba, Asociación Gremial de Empleados
del Poder Judicial y a las Delegaciones de Administración General del in-
terior de la Provincia. Remítase copia del presente a los señores miembros
del Tribunal Examinador y Comisión Colaboradora y a las Áreas aludidas.
Con lo que terminó el acto, que previa lectura y raticación de su contenido,
rman el Señor Presidente y los Señores Vocales, con la asistencia de la
Señora Directora General del Área de Administración a cargo de la Admi-
nistración General, Cra. Beatriz María ROLAND de MUÑOZ.
FDO: DR. DOMINGO JUAN SESIN, PRESIDENTE / DRA. AIDA L. TARDITTI, VO-
CAL / DR. CARLOS F. GARCÍA ALLOCCO, VOCAL / DR. SEBASTIAN CRUZ LOPEZ
PEÑA, VOCAL / CRA. BEATRIZ M. ROLAND DE MUÑOZ, DIRECTORA GENERAL
AREA DE ADMINISTRACIÓN A CARGO DE LA ADMINISTRACION GENERAL
Anexo: https://goo.gl/AhIlmV
ACUERDO NUMERO DOCE. SERIE “B”.- En la ciudad de Córdoba, a doce
días del mes de octubre del año dos mil dieciséis, bajo la Presidencia del Sr.
Vocal Dr. Domingo Juan SESÍN se reúnen los Sres. Vocales integrantes del Tri-
bunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía Teresa TARDITTI, Carlos Francisco
GARCIA ALLOCCO y Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA, con la asistencia del Se-
ñor Administrador General del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG,
y ACORDARON:
Y VISTO: Que por Acuerdo Nº 11 Serie “B” de fecha 27/09/2016 se dispuso
hacer público el Orden de Mérito Provisorio correspondiente a los aspirantes
en condiciones de ser designados en los cargos de Meritorios (denitivos, in-
terinos, suplentes o contratados) correspondientes a los Programas 920 y 921
para cumplir funciones como TRABAJADORES SOCIALES (y/o Asistente So-
cial y/o Servicio Social) en las distintas dependencias del Poder Judicial de la
Provincia de Córdoba.
Y CONSIDERANDO: I.- Que la Ocina de Concursos y Junta de Calicaciones
del Área de Recursos Humanos informa que, para la confección de los órdenes
de mérito del presente concurso, se analizaron y registraron mil cuatrocientos
setenta y cuatro (1474) antecedentes.
II.- Que de conformidad a lo dispuesto por el Art. 12 del Acuerdo de Convocato-
ria, los concursantes habilitados pueden observar fundadamente los Órdenes
de mérito dentro de los tres (3) días hábiles de la fecha en que se disponga
su exhibición, sólo respecto de los errores materiales y a la inobservancia de
formalidades del procedimiento cumplido. La apreciación técnica del mérito es
irrecurrible.
El orden de mérito será aprobado por el Tribunal Superior de Justicia, previa
resolución de las observaciones presentadas.
III.- Que no se han advertido errores materiales en las correcciones ni se han
receptado cuestionamientos al orden de mérito provisorio.
Por ello,
SE RESUELVE: I).- APROBAR el Orden de Mérito denitivo de los aspirantes
en condiciones de ser designados en los siguientes cargos de Meritorios (de-
nitivos, interinos, suplentes o contratados) correspondientes a los Programas
920 y 921 para cumplir funciones como TRABAJADORES SOCIALES (y/o
Asistente Social y/o Servicio Social) en las distintas dependencias del Poder
Judicial de la Provincia de Córdoba.
II.- AGRADECER Y FELICITAR a la Junta de Selección: Lic. María Ines Peralta,
Facultad de Trabajo Social de la U.N.C.; Lic. María Therisod y Alicia Soldevilla,
ambas del CATEMU; Lic. Laura Almada de Amiraglia del Equipo de la Defensa
Pública, Juzgado Niñez, Juventud y violencia Familiar y Lic. Patricia Bernardis
del Equipo Técnico Sede Judicial Rio Tercero.
III.- COMUNÍQUESE a la Junta de Selección, Asociación de Magistrados y
Funcionarios Judiciales, Colegio de Abogados de Córdoba y Asociación Gre-
mial de Empleados del Poder Judicial de Córdoba.
IV.- PUBLÍQUESE en el Sitio Ocial Poder Judicial en la sección Concurso de
Cargos en Internet y en el Portal de Aplicaciones (Intranet).
Con lo que terminó el acto que previa lectura y raticación de su contenido, r-
man el Sr. Presidente y los Sres. Vocales con la asistencia del Sr. Administrador
General del Poder Judicial, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG.-
FDO. DOMINGO JUAN SESIN, PRESIDENTE - AIDA TARDITTI, VOCAL - CARLOS
FRANCISCO GARCIA ALLOCCO, VOCAL - SEBASTIÁN CRUZ LOPEZ PEÑA, VOCAL -
RICARDO J. ROSEMBERG, ADMINISTRADOR GENERAL
Anexo: https://goo.gl/NqTAY2
MINISTERIO DE GOBIERNO
Resolución N° 736
Córdoba,17 de Octubre de 2016
VISTO: La Ley N° 10.197 y su Decreto Reglamentario N° 1266/14.
Y CONSIDERANDO:
Que en el marco del Programa “Control Ciudadano de la Policía de la
Provincia de Córdoba” establecido en el plexo legal referenciado, y dentro
del proceso de promoción de los Ociales Superiores y Ociales Jefes
mencionados en Anexo I de la Ley N° 9728, conforme a los términos y con-
diciones determinados en el Decreto N° 1266/14, resulta pertinente convo-

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR