Acuerdo N° 1028 - Serie: A 1º Sección: Legislación – Normativas

Fecha de Entrada en Vigor24 de Noviembre de 2021
EmisorTribunal superior de justicia
LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS
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BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA
AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIII - Nº 242
CORDOBA, (R.A.) MIÉRCOLES 24 DE NOVIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
“Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba”
4°) Dejar sin efecto la exigencia de acompañar de acompañar la docu-
mentación en soporte físico en el plazo de 72 hs. de emitida la constancia
de inscripción.-
5°) Dejar establecido que para el caso en que los interesados inscrip-
tos no cubrieren las listas suplentes necesarias según el artículo 2°), se
duplicarán las listas de titulares como listas suplentes a los nes del sorteo
como tales; sin perjuicio de dejar sentado que los sorteos serán indepen-
dientes, manteniendo el rango en tanto resulten sorteados en una u otra
condición de manera independiente entre listas de titulares y suplentes.
6°) Dejar sin efecto la audiencia establecida en el punto 6°) del Auto N°
510.- Protocolícese y hágase saber.-
FDO: PERRACHIONE MARIO CLAUDIO – VOCAL DE CAMARA; GRIBOFF ANALÍA-
VOCAL DE CAMARA; VANZETT, HORACIO ENRIQUE – VOCAL DE CAMRA.
Acuerdo N° 1028 - Serie:A
En la ciudad de Córdoba, 12/11/2021 con la Presidencia de su Titular Dr.
Sebastián Cruz LÓPEZ PEÑA, se reunieron para resolver los Señores Vo-
cales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía TARDITTI, María
Marta CÁCERES de BOLLATI y Luis Eugenio ANGULO, con la asisten-
cia del Señor Administrador General, Lic. Ricardo Juan ROSEMBERG y
ACORDARON:
VISTO: La necesidad de inscribir profesionales auxiliares de la Justicia
pertenecientes a las diversas especialidades que componen los listados
de Peritos Ociales; y además de los listados de Martilleros “a propuesta
de parte”, “subastas públicas no judicializadas” y “enajenadores martilleros”,
del Poder Judicial de Córdoba.
Y CONSIDERANDO:
1. Las comunicaciones efectuadas por el Consejo Profesional de Cien-
cias Económicas de Córdoba, el Colegio de Ingenieros Especialistas de
Córdoba, el Colegio de Psicólogos de la Provincia de Córdoba, el Colegio
Profesional de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Córdo-
ba, entidades que han suscripto con la Administración General del Poder
Judicial los Convenios previstos por el Acuerdo Reglamentario N° 163 Se-
rie “B” del 22 de Julio de 2020 con fecha 02, 12, 15 y 16 de Marzo, todos
del año 2021 respectivamente, habiendo las mismas certicado por los
medios previstos, el cumplimiento de los requisitos exigidos al momento de
su presentación por parte de los interesados, de lo dispuesto por el Acuer-
do Reglamentario de referencia, el que se encuentra vigente conforme lo
determina el Acuerdo Reglamentario N° 164 Serie “B” del 29/09/2020.
2. Que los demás especialistas que solicitaron inscripción y cuyos Co-
legios Profesionales aún no han rmado convenio con el Poder Judicial,
han cumplimentado con los requisitos exigidos al momento de su presen-
tación en virtud de lo dispuesto por el Acuerdo Reglamentario N° 163 Serie
“B” del 22 de Julio de 2020.
3. Las comunicaciones efectuadas a la Ocina de Tramitaciones Elec-
trónicas, por parte del Colegio Profesional de Martilleros y Corredores Pú-
blicos de la Provincia de Córdoba, habiendo el mismo certicado por los
medios previstos, el cumplimiento de los requisitos exigidos al momento de
su presentación por parte de los interesados, de lo dispuesto por la Ley n°
7191, en relación a los profesionales Martilleros inscriptos para actuar “a
propuesta de parte” y “subastas públicas no judicializadas”, y lo previsto en
el Acuerdo Reglamentario Nro. 18, Serie B, del 26/07/2005 en relación a los
profesionales “enajenadores martilleros”.
4. En su mérito, resulta adecuado inscribir como “Peritos Ociales” a
los profesionales que se describen en el punto 1 de la parte resolutiva del
presente; y Tomar Razón de los listados correspondientes a profesionales
martilleros inscriptos para actuar en el año 2021, en las distintas sedes
judiciales de la Provincia: “a propuesta de parte”, “subastas públicas no ju-
dicializadas”, y “enajenadores martilleros” que constan en el punto 2.
Dichos documentos han sido elaborados por la Administración General
del Poder Judicial en coordinación con la Ocina de Tramitaciones Electró-
nicas.
Por todo lo expuesto, disposiciones legales citadas, y lo dispuesto por
el Acuerdo Reglamentario N° 163 Serie “B” del 22/07/2020, Ley 7191 y
modicatorias, y lo dispuesto por el Acuerdo Reglamentario Nro. 5, Serie
“B” del 10/04/1990, sus modicatorios y ampliatorios, y el Acuerdo Regla-
mentario Nro. 18, Serie B, del 26/07/2005
RESUELVE:
1. INSCRIBIR como PERITOS OFICIALES, previo juramento de Ley, a
los profesionales:
PERITOS OFICIALES
Peritos Ociales del Poder Judicial de Córdoba: lista de profesionales que
se mencionan a continuación, en las Especialidades de:
ACCIDENTOLOGÍA VIAL: Sr. Johathan Micael BERNARDI para actuar en
la Quinta Circunscripción Judicial, con asiento en la Sede Judicial de la
ciudad de Arroyito;
ARQUITECTURA: Sra. Eliana Iris PERALTA para actuar en la Primera
Circunscripción Judicial, con asiento en la Sede Judicial de la ciudad de
Córdoba; DOCUMENTOLOGÍA LEGAL: Sr. Fernando César Albar SAN-
CHEZ para actuar en la Primera Circunscripción Judicial, con asiento en la
Sede Judicial de la ciudad de Córdoba; CONTADOR: Sra. Paula Antonella
ACOSTA para actuar en la Tercera Circunscripción Judicial, con asiento
en la Sede Judicial de la ciudad de Bell Ville; en la Cuarta Circunscripción
Judicial, con asiento en la Sede Judicial de la ciudad de Villa María, y en
la Décima Circunscripción Judicial, con asiento en la Sede Judicial de la
ciudad de Río Tercero; Sra. Fernanda AHTUY para actuar en la Primera
Circunscripción Judicial, con asiento en las Sedes Judiciales de las ciuda-
des de Carlos Paz y Córdoba; Sra. Carolina Belén BALOSSINO para actuar
en la Primera Circunscripción Judicial, con asiento en las Sedes Judiciales
de las ciudades de Alta Gracia, Carlos Paz, Córdoba, Jesús María y Río
Segundo; en la Cuarta circunscripción Judicial con asiento en la Sede Ju-
dicial de la ciudad de Villa María, y en la Quinta Circunscripción Judicial
con asiento en las Sedes Judiciales de las ciudades de Arroyito y San
Francisco, en la Séptima Circunscripción Judicial con asiento en la Sede
Judicial de la ciudad de Cosquín y en la Décima Circunscripción Judicial
con asiento en la Sede Judicial de la ciudad de Río Tercero; Sra. Neris

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