Acuerdo H.T.C. 439 / 2006 Acuerdo / 2006-02-23. Aviso Nro: 9855

Fecha de la disposición 6 de Julio de 2006
Número de Boletín26322
Fecha de Publicación 6 de Julio de 2006

TRIBUNAL DE CUENTAS. ACUERDO N° 439, del 23/02/2006. VISTO: El expediente N° 1237-270-RCC-02, en el cual obra Acuerdo N° 1475-HTC-03 mediante el que se ordenó la substanciación de un Juicio de Cuentas a los Sres. Nelson Gerardo Villagrán y Marcelo Oscar Chanta, Comisionado Comunal y Secretario Habilitado de la Comuna Rural de Colalao del Valle por la falta de presentación de los balances bimestrales correspondientes a los períodos 1° al 3° de 2002; y CONSIDERANDO:Que citados por la Instrucción a fin de que tomen intervención en la presente causa y constituyan domicilio legal, los responsables no dieron cumplimiento con el mencionado trámite. Por Acuerdo N° 1817-HTC-04 se declaró la rebeldía. Que abierta la causa a pruebas la Instrucción ofreció como propias las constancias de autos los responsables no ofrecieron pruebas. Que el Contador Fiscal General solicita al Departamento de Rendición de Cuentas -Organismos Centralizados- a fin de que se cuantifique el cargo fiscal de conformidad a lo establecido en el artículo 170 de Ley de Administración Financiera. Que dando cumplimiento con la medida supra mencionada se produce informe de fs. 75 a 78 en el que se determina que el cargo fiscal a imponerse por los balances bimestrales de los períodos 1° al 3° del año 2002 asciende a la suma de $4.005,57. Que habiéndose cumplimentado con todas las etapas procedimentales, corresponde disponer la clausura del presente Juicio de Cuentas y declarar patrimonialmente responsable a los Sres. Nelson Gerardo Villagrán y Marcelo Oscar Chanta, Comisionado Comunal y Secretario...

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