Acuerdo electoral N° 1/PJCABA/05
Firmantes | Maier - Casás - Conde - Lozano - Ruiz |
Jefe de Gobierno | Aníbal Ibarra |
Emisor | Poder Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 16 de Marzo de 2005 |
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
ACORDADA ELECTORAL N° 1/ PJCABA/ 05
ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO PARA RESOLVER CUESTIONES RELATIVAS A LA ADMINISTRACIÓN DEL REGISTRO DE ELECTORES EXTRANJEROS - PRESIDENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA - AUTORIZACIÓN - FACULTADES - COMPETENCIAS - PROYECTO DE INCORPORACIÓN DE NUEVAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LA COMUNICACIÓN AL PROCESO ELECTORAL - SISTEMA DE COLABORACIÓN PERMANENTE - EXPERIENCIA PILOTO DE REGISTRACIÓN E IDENTIFICACIÓN DE LOS ELECTORES EXTRANJEROS - EMPADRONAMIENTO
Buenos Aires, 16/03/2005
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 16 días del mes de marzo de dos mil cinco, se reúnen en Acuerdo el señor Presidente del Tribunal Superior de Justicia Dr. Julio B. J. Maier, y los señores Jueces Dr. José O. Casás, Dra. Ana María Conde, Dr. Luis Francisco Lozano y Dra. Alicia E. C. Ruiz,
consideran:
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En el marco del Proyecto de Incorporación de Nuevas Tecnologías de la Información y la Comunicación al Proceso Electoral -que lleva adelante la Dirección General Electoral-, del sistema de colaboración permanente en materia electoral suscripto entre el Tribunal y el Gobierno de la Ciudad el 15/7/04, y de la experiencia piloto de registración e identificación de los electores extranjeros a efectuarse en las próximas elecciones del año en curso, propuesta por la citada Dirección -ver Acordada electoral N° 1/04-, la Dirección General Electoral ha proyectado efectuar durante los días 4 al 11 de abril próximo, una campaña de empadronamiento y reempadronamiento de extranjeros para la incorporación de datos biométricos digitalizados, de la que dan cuenta las notas de fs. 362/411 y 420 del Expediente N° 285/00 Registro de electores extranjeros y electoras extranjeras - Ley N° 334. A ese respecto en el acuerdo judicial del día 9 del corriente, se encomendó al secretario con competencia electoral que comunicara formalmente al Director General Electoral la conformidad del Tribunal, se le recordara que el trámite debía ajustarse a lo normado en las Acordadas Electorales Nros. 1/02 y 1/04 y, asimismo, que debía realizarse, en cada puesto de empadronamiento y en cada promoción para el empadronamiento de extranjeros (de cualquier índole: escrita, oral o audiovisual), la publicidad suficiente para evitar cualquier confusión con el trámite de recolección de firmas para el procedimiento de revocatoria del mandato del Jefe de Gobierno, correspondiente al Expediente N° 3.764/05 Bergenfeld...
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