Acuerdo Numero Ciento Ochenta Y Cuatro - Serie 'A'.- C de 20 de Abril de 2007

Fecha de la disposición20 de Abril de 2007
Córdoba, 20 de abril de 2007
BOLETÍN OFICIAL
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Luis Enrique RUBIO y María de las Mercedes BLANC de ARABEL.- II.- Publíquese en el
Boletín Oficial y dese la más amplia difusión.- Con lo que terminó el acto, que previa lectura y
ratificación de su contenido, firman el Señor Presidente y los Señores Vocales, con la asistencia
de la Sra. Adriana Jasin de Frattari, Subdirectora de Superintendencia.-
DR. ARMANDO SEGUNDO ANDRUET (H)
PRESIDENTE
DRA. AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI
VOCAL DR. DOMINGO JUAN SESIN
VOCAL
DR. LUIS ENRIQUE RUBIO
VOCAL
DRA. MARÍA DE LAS MERCEDES BLANC G. DE ARABEL
VOCAL
DR. CARLOS FRANCISCO GARCIA ALLOCCO
VOCAL SRA. ADRIANA JASIN DE FRATTARI
SUBDIRECTORA DE SUPERINTENDENCIA
VIENE DE PÁGINA 3
ACUERDO NUMERO CIENTO OCHENTA Y CUATRO - SERIE “A”.- En la ciudad de Córdoba, a
dieciséis días del mes de abril del año dos mil siete, con la Presidencia de su titular Dr. Armando
Segundo ANDRUET (h), se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de
Justicia, Doctores María Esther CAFURE de BATTISTELLI, Aída Lucia Teresa TARDITTI, Luis
Enrique RUBIO, María de las Mercedes BLANC G. de ARABEL y Carlos Francisco GARCIA
ALLOCCO, con la asistencia de la Subdirectora de Superintendencia Sra. Adriana JASIN DE
FRATTARI y ACORDARON:
VISTO: El pedido de la Sra. Juez del Juzgado Correccional de Cuarta Nominación Dra. Susana
Cordi Moreno, de declarar días inhábiles a los fines del cómputo de los términos y de atención al
público, con excepción de las causas con preso que se encuentran radicadas en el Tribunal.
Y CONSIDERANDO: I. Que dicha solicitud se funda en la inminencia del traslado dispuesto para
ese Juzgado, requiriendo para tal fin que todo el personal sea afectado a las tareas de mudanza,
archivo de expedientes, protocolos, libros, clasificación y remisión de efectos secuestrados, entre
otras actividades.
II. Los motivos expuestos por la Magistrada solicitante son de recibo, ya que resulta de ellos la
indudable dificultad y complejidad para que durante ese período de tiempo, dicho Tribunal desarrolle
las tareas que le son propias.
III. Atento lo reseñado anteriormente, corresponde hacer lugar a lo solicitado y por lo tanto se debe
declarar inhábiles, para el Juzgado Correccional de Cuarta Nominación los días 19, 20, 23 y 24 del
mes de abril del corriente año, a los fines del cómputo de los términos y de atención al público, con
excepción de las causas con preso que se encuentran radicadas en el Tribunal.
Por todo lo expuesto y de conformidad a los arts. 166 inc. 7° de la Constitución Provincial y 12 inc.
4° de la Ley Orgánica del Poder Judicial N° 8435, el Tribunal Superior de Justicia, RESUELVE:
1) Declarar inhábiles para el Juzgado Correccional de Cuarta Nominación del Centro Judicial de
Capital los días 19, 20, 23 y 24 del mes de abril del corriente año, a los fines del computo de los
términos y de atención al público, con excepción de las causas con preso que se encuentran radicadas
en el Tribunal.
2) Los funcionarios y empleados deberán asistir a prestar servicios en el horario habitual.
3) Protocolícese y dese a publicidad.-
Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el Señor Presidente
y los Señores Vocales, con la asistencia de la Sra. Adriana Jasin de Frattari, Subdirectora de la
Dirección General de Superintendencia.-
DR. ARMANDO SEGUNDO ANDRUET (H)
PRESIDENTE
DRA. AÍDA LUCÍA TERESA TARDITTI
VOCAL DRA. MARÍA E. CAFURE DE BASTTISTELLI
VOCAL
DR. LUIS ENRIQUE RUBIO
VOCALDRA. MARÍA DE LAS MERCEDES BLANC G. DE ARABEL
VOCAL
DR. CARLOS FRANCISCO GARCIA ALLOCCO
VOCAL
SRA. ADRIANA JASIN DE FRATTARI
SUBDIRECTORA DE SUPERINTENDENCIA
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DIRECCIÓN GENERAL DE SUPERINTENDENCIA
RESOLUCIONES SINTETIZADAS
MINISTERIO DE OBRAS Y SERVICIOS
PUBLICOS
DIRECCIÓN PROVINCIAL DE
ARQUITECTURA
RESOLUCION Nº 45 - 8/03/07 -
APROBAR las Actas de Recepción Provi-
sional de fs. 135 y Definitiva de fs. 137, de
la obra: " Construcción de cinco (5)
viviendas para alojamiento de niños bajo
la guarda de la Subsecretaría Del Niño y
El Adolescente Tercera Etapa - Calle
República de Chile s/nº - Bº Vila Revol
Anexo - Córdoba - Departamento Capi-
tal", las que a los efectos pertinentes
forman parte de la presente Resolució n
como Anexo I y II, y consecuentemente
DEVOLVER a la contratista de los mismos,
la empresa Ideas Construidas S.R.L., la
Garantía por Ejecución de Contrato
oportunamente constituida, conforme las
razones expresadas en considerándo que
se dan por reproducidas en esta instancia.
DEVOLVER a la Empresa Ideas
Construidas S.R.L. contratista de la obra
referenciada en el artículo anterior, el
Fondo de Reparo retenido, cuyo monto
asciende a la suma de Pesos Veintiún Mil
Quinientos Cuarenta y Cinco Con Noventa
y Cuatro Centavos ($21.545,94), debiendo
librarse orden de pago a su favor por eñ
citado importe, s/ Expte. Nº 0047-012085/
2005.-
RESOLUCION Nº 48 - 9/03/07 -
APROBAR el Acta de Recepción Provi-
sional Parcial, obrante a fs.48 en la
ejecución de los trabajos: "Nueva
Penitenciaria de mediana y alta seguridad
y Ampliación del actual Establecimiento
Penitenciario de la Ciudad de Cruz del
Eje, Departamento del mismo nombre de
la Provincia de Córdoba", suscripta con la
contratista de la misma, la Empresa
Obrascon Huarte Lain S.A.- Teximco S.A.
U.T.E., la que a los efectos pertinentes
forma parte de la presente Resolución
como Anexo I, y consecuentemente
AMPLIAR el plazo de ejecución de la obra
hasta el 23 de Mayo del 2007, sin que ello
signifique reconocimiento económico
alguno a favor de la contratista, conforme
las razones expresadas en considerandos
que se dan por reproducidas en esta
instancia, s/ Expte. Nº 0047-11892/2004 -
Referente 14.-
RESOLUCION Nº 53 - 12/03/07 -
APROBAR las Actas de Recepción Provi-
sional de fs. 392 y Definitiva de fs. 393, de
la obra: " Construcción Comedor
Comunitario, Sanitarios, Vestuarios y
Panadería en el Predio de Calle Chile S/
Nº - Bº Villa Revol Anexo - Córdoba -
Departamento Capital", las que a los
efectos pertinentes forman parte de la
presente Resolución como Anexo I y II, y
consecuentemente DEVOLVER a la
contratista de los mismos, la empresa
ANSAL CONSTRUCCIONES S.R.L., la
Garantía por Ejecución de Contrato
oportunamente constituida, conforme las
razones expresadas en considerándo que
se dan por reproducidas en esta instancia.
DEVOLVER a la Empresa Ansal
Construcciones S.R.L. contratista de la
obra referenciada en el artículo anterior,
el Fondo de Reparo retenido, cuyo monto
asciende a la suma de Pesos Veintidós
Mil Veintiocho Con Setenta Centavos ($
22.028,70), debiendo librarse orden de
pago a su favor por el citado importe, s/
Expte. Nº 0047-012394/2005.-
RESOLUCION Nº 55 - 13/03/07 -
JUSTIFICAR la mora registrada en la
ejecución de la obra: "Reparaciones Gen-
erales para Dependencias del Gobierno
en Sede del Gobierno de la Provincia en
la Ciudad de Río Cuarto, ubicado en calle
Colón Nº 55 - Barrio Centro - Río Cuarto -
Departamento Río Cuarto Provincia de
Córdoba", y consecuentemente APRO-
BAR las Actas de Recepción Provisional
de fs. 143 y Definitiva de fs. 144, suscriptas
con la Empresa Capello S.A. , las que a
los efectos pertinentes forman parte de la
presente Resolución como Anexos I y II,
devolviéndose la garantía de contrato
oportunamente constituida, conforme las
razones expresadas en considerandos
que se dan por reproducidas en esta
instancia.-DEVOLVER a la Firma
CAPELLO S.A., contratista de los trabajos
antes referenciados en el artículo anterior
el Fondo de Reparo retenido que asciende
a la suma de Pesos Diez Mil Cuatrocientos
Ochenta y Cuatro Con Ochenta y Un
Centavos ($10.484,81), debiéndose girar
Orden de Pago a su favor por la expresada
cantidad, a través de la Gerencia de
Administración del Ministerio de Obras y
Servicios Públicos, s/ Expte. Nº 0047-
011957/2004.-
RESOLUCION Nº 56 - 13/03/07 -
APROBAR el Acta de Recepción Provi-
sional de fs. 269 de la Obra "Ejecución
De Quinientos Noventa y Ocho (598)
Módulos Para La Realización De Los
Trabajos Que Oportunamente Se
Determinen En El Plan De Reparaciones
Y Refacciones De Establecimientos
Educacionales En Toda La Provincia -
Grupo 3 - Año 2006 - Provincia De
Córdoba" la que a los efectos pertinentes
forma parte de la presente Resolución
como Anexo I y consecuentemente
DEVOLVER la Garantía por Ejecución de
Contrato oportunamente constituida
mediante Póliza de Seguro de Caución
Nº 44.637 a favor de la Empresa Ansal
Construcciones S.R.L., conforme las
razones expresadas en considerandos
que se dan por reproducidas en esta
instancia, s/ Expte. Nº 0047-012902/
2006.-
RESOLUCION Nº 60 - 16/03/07 -
JUSTIFICAR la mora incurrida en la
ejecución de la obra: "Plan De
Normalización y Adecuación De Gas
Instalaciones Internas De Gas En Escuelas
Provinciales Zona Nº 3 - Grupo 1 -
Establecimiento: Escuela "Madre Teresa de
Calcuta", ubicada en la Ci udad de
Córdoba - Departamento Capital, y
consecuentemente APROBAR el Acta
de Recepción Provisional y Definitiva
de fs. 58 , la que a los efectos
pertinentes forma parte de la presente
Resolución como Anexo I, conforme las
razones expresadas en considerándoos
que se dan por reproducidas en esta
instancia, s/ Expte. Nº 0047-012725/2006.-

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