Acuerdo Administrativo número: Dos

EmisorPoder Judicial
Fecha de la disposición23 de Junio de 2015
CÓRDOBA, 25 de Junio de 2015 BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVI - Nº 118 Primera Sección 5
REFUNCIONALIZACIONES que oportunamente se
determinen para la realización DEL PLAN INTEGRAL DE
REGULARIZACIÓN EDILICIA DE ESTABLECIMIENTOS
ESCOLARES, ubicados en la Ciudad de Córdoba – Año
2013/2014 – ZONA F – Provincia de Córdoba”, por la
suma total de Pesos Ciento Cincuenta y Cuatro Mil
Setecientos Noventa y Dos con Diez Centavos ($
154.792,10), suscripta el día 14 de noviembre de
2014, entre el Director General de Arquitectura,
Arquitecto Andrés Eduardo CAPARRÓZ, por una
parte y el Socio Gerente de la Empresa CERES
S.R.L., señor Eduardo Santiago RAMOS, contratista
de la obra, por la otra, que como Anexo I, compuesto
de cuatro (4) fojas, se acompaña y forma parte integrante
del presente instrumento legal.
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende
a la suma total de Pesos Ciento Cincuenta y Cuatro Mil
Setecientos Noventa y Dos con Diez Centavos ($
154.792,10), a Jurisdicción 1.50, Programa 516-000,
Partida 12.06.00.00 del P.V., conforme lo indica la
Dirección General de Administración del Ministerio de
Infraestructura en su Documento de Contabilidad-Nota
de Pedido N° 2015/000031.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Director General
de Arquitectura a suscribir la enmienda de contrato por
redeterminación de precio, debiendo la Empresa CERES
S.R.L., integrar el importe adicional de garantía de
cumplimiento del contrato.
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado
por los señores Ministro de Infraestructura y Fiscal de
Estado.
Artículo 5°.- PROTOCOLÍCESE, dése intervención
ACUERDO ADMINISTRATIVO NÚMERO: Dos.- En la Ciudad de Córdoba, a los veintitrés
días del mes de junio de dos mil quince, se reúnen los Señores Vocales de las Cámaras de
Apelaciones en lo Civil y Comercial de Segunda y Tercera Nominación de esta Ciudad, con
competencia exclusiva y excluyente en materia concursal en la Primera Circunscripción Judi-
cial y ACORDARON:
Y VISTO: La necesidad de realizar convocatoria a los fines de la confección de nuevas
listas de Síndicos para las Categorías A y B para ser utilizadas para los sorteos a realizarse en
los Juzgados con competencia concursal de la Primera Circunscripción Judicial por haber
transcurrido los cuatro años de vigencia de la última nómina aprobada por la Cámara y
haberse dictado el Reglamento Único para la conformación de listas de síndicos concursales
que motivara la prórroga dispuesta por el Excmo. Tribunal Superior de Justicia mediante
Acuerdo N° 621, Serie "A", de fecha Once de Diciembre de 2007.-
Y CONSIDERANDO:
I) Que por Acuerdo Reglamentario Nro. 303 Serie A del 2/10/95, del Tribunal Superior de
Justicia se ordena la realización del sorteo de síndicos concursales de la primera circunscripción
por las Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Segunda y Tercera Nominación
reunidas en colegio, conforme a lo preceptuado por la ley de concurso y quiebras Nro.
24.522.- II) Que la referida convocatoria debe ser efectuada teniendo en consideración los
requisitos y parámetros marcados por el Reglamento Único aprobado mediante Acuerdo
Reglamentario N° 958 Serie “A” de fecha 9 de Diciembre de 2008 y su modificación por
Acuerdo Reglamentario Nº 1270 Serie “A” de fecha 17 de marzo de 2015.- Que en
consideración a las necesidades de los juzgados especializados de la primera circunscripción
judicial y lo reglado por el inc. 2 del art. 253 de la L.C.Q., la lista de categoría "A" deberá ser
integrada por cinco (5) estudios de contadores públicos titulares y tres (3) estudios de
contadores públicos suplentes, mientras que la lista de Categoría “B” lo será por diez (10)
contadores públicos (individuales) titulares y siete (7) contadores públicos (individuales)
suplentes.- III) Que resulta necesario dejar establecido, para evitar erróneas interpretaciones,
que los fines del Orden de Mérito que hace alusión el Reglamento único, corresponde tener
en consideración las sanciones firmes impuestas a los síndicos o estudios, por actos que se
hubieren cometido a partir de la entrada en vigencia del Acuerdo Reglamentario que se indica
en el punto precedente.-
Por ello; SE RESUELVE:
Art. 1°) CONVOCAR a inscripción a los postulantes para integrar la Lista de Síndicos, en las
categorías A y B, para ser utilizadas en los Juzgados con competencia Concursal de la
Primera Circunscripción Judicial de acuerdo a los requisitos establecidos por el Reglamento
Único aprobado por el Excmo. Tribunal Superior de Justicia mediante Acuerdo Reglamentario
nro. 958 de fecha 9 de Diciembre de 2008 y su modificación por Acuerdo Reglamentario Nº
1270 Serie “A” de fecha 17 de marzo de 2015.-
Art. 2°) Para inscribirse, los interesados deberán ingresar a la página web del Consejo
Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba (cpcecba.org.ar/autogestión) ingresar la
clave correspondiente, completar la solicitud de inscripción según corresponda, y anexar los
antecedentes en formato PDF según las instrucciones del sistema informático creado a tal fin.
En el plazo de 72 hs. de emitida la constancia de inscripción, el postulante deberá validar la
documentación que acredita los antecedentes acompañados, mediante los originales
respectivos, que deberán ser presentados ante la sede central del Consejo Profesional de
Ciencias Económicas o sus Delegaciones. En dicha oportunidad deberán acompañar copia
del comprobante de pago de la Tasa de Justicia (Ley 10.250, art. 114, punto 2.4.) rubricada
por el profesional. Las inscripciones cuyos antecedentes no hayan sido validados mediante
a la Dirección General de Administración del Ministerio
de Infraestructura, al Tribunal de Cuentas de la Provincia,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, notifíquese,
pase a la Dirección General de Arquitectura a sus efectos
y archívese.
JOSÉ MANUEL DE LA SOTA
GOBERNADOR
ING. HUGO ATILIO TESTA
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
JORGE EDUARDO CORDOBA
FISCAL DE ESTADO
ANEXO
http://goo.gl/qvjTnH
los respectivos originales, no serán consideradas.-
Art. 3°) Las solicitudes de que da cuenta el artículo precedente serán receptadas por el
Consejo Profesional de Ciencias Económicas dentro del horarios que éste determine, a partir
del 28 de julio de 2015 hasta el 28 de agosto de 2015.-
Art. 4°) La Lista por cada Juzgado quedará integrada, siempre que se contare con postulantes
suficientes, por:
a.- Categoría “A”: por cinco estudios de contadores públicos titulares y tres (3) estudios de
contadores públicos suplentes.-
b.- Categoría “B”: diez (10) contadores públicos (individuales) titulares y siete (7) contadores
públicos (individuales) suplentes.-
Art. 5°) Establecer, que a los fines del Orden de Mérito que hace alusión el Reglamento Único,
corresponde tener en consideración las sanciones firmes impuestas a los síndicos o estudios, por
actos que se hubieren cometido a partir de la entrada en vigencia del Acuerdo Reglamentario
aludido en el Art. 1°).-
Art. 6°) PUBLICAR la presente convocatoria, mediante edictos por el término de cinco días, en el
Boletín Oficial de la Provincia; incorpórese en la página WEB del Poder Judicial y remítanse gacetillas
de prensa a todos los periódicos locales. Comuníquese el presente al Excmo. Tribunal Superior de
Justicia requiriendo se sirva autorizar la contratación de la citada publicidad.-
Art. 7°) Oportunamente se deberá comunicar en forma fehaciente al Consejo Profesional de
Ciencias Económicas de Córdoba, el lugar, día y hora en que se realizarán los sorteos para
conformar las Listas de cada Juzgado.-
Art. 8°) COMUNÍQUESE al Tribunal Superior de Justicia, a la Sub Área de Documentación e
Información Pública del Área de Servicios Judiciales, a la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones
del Área de Recursos Humanos, al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba y a
los Juzgados con competencia concursal de la Primera Circunscripción Judicial.-
Art. 9°) PROTOCOLÍCESE.-
SILVANA MARÍA CHIAPERO
VOCAL
DELIA INÉS RITA CARTA DE CARA
VOCAL
MARIO RAÚL LESCANO
VOCAL
BEATRIZ MANSILLA DE MOSQUERA
VOCAL
JULIO LEOPOLDO FONTAINE
VOCAL
GUILLERMO E. BARRERA BUTELER
VOCAL.- 5 días - Nº 11260 - s/c - 30/06/2015 - BOE
PODER
JUDICIAL

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