Acuerdo Administrativo número: cuatro

EmisorTribunal superior de justicia
Fecha de la disposición27 de Agosto de 2015
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CII - TOMO DCVIX - Nº 168 CÓRDOBA, 3 de Setiembre de 20152
ACUERDO ADMINISTRATIVO NÚMERO: CUATRO.- En la Ciudad de Córdoba, a los veintisiete días del mes de agosto de
dos mil quince, se reúnen los Señores Vocales de las Cámaras de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Segunda y Tercera
Nominación de esta Ciudad, con competencia exclusiva y excluyente en materia concursal en la Primera Circunscripción Judicial
y ACORDARON:Y VISTO: Que el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de esta Provincia solicita la prórroga de la fecha
que fuera establecida por Acuerdo Administrativo Número Dos, para la presentación de las solicitudes de inscripción para
integrar la lista de Síndicos en las categorías A y B.- Y CONSIDERANDO: I) Que tratándose la presente convocatoria de
la primera experiencia en que se pone en práctica el sistema de inscripciones on line de conformidad a lo normado por
Acuerdo Reglamentario Serie A número 1270 de fecha 17 de marzo del 2015 modificatorio del Reglamento Único
aprobado por el Tribunal Superior de Justicia mediante acuerdo Reglamentario nro. 958 del fecha 9 de diciembre del
2008, se aprecia justificada la solicitud efectuada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, estimándose
procedente la prórroga solicitada, lo que lleva a autorizar la postergación del vencimiento para la recepción de las
solicitudes de inscripción on line al dieciocho de septiembre del cte. Año.-SE RESUELVE: Art. 1°) PRORROGAR el plazo que
fuera otorgado para la recepción de las solicitudes mediante Acuerdo Administrativo Número Dos de fecha 23 de junio del 2015,
hasta el día dieciocho de septiembre del año en curso.-Art. 2°) PUBLICAR el presente acuerdo, mediante edictos por el término
de cinco días, en el Boletín Oficial de la Provincia; incorpórese en la página WEB del Poder Judicial y remítanse gacetillas de
prensa a todos los periódicos locales. Comuníquese el presente al Excmo. Tribunal Superior de Justicia requiriendo se sirva
autorizar la contratación de la citada publicidad.-Art. 3°) COMUNÍQUESE al Tribunal Superior de Justicia, a la Sub Área de
Documentación e Información Pública del Área de Servicios Judiciales, a la Oficina de Concursos y Junta de Calificaciones del
Área de Recursos Humanos, al Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Córdoba y a los Juzgados con competencia
concursal de la Primera Circunscripción Judicial.- Art. 4°) PROTOCOLÍCESE.-
SILVANA MARÍA CHIAPERO DELIA INÉS RITA CARTA DE CARA
VOCAL VOCAL
BEATRIZ MANSILLA DE MOSQUERA MARIO RAÚL LESCANO
VOCAL VOCAL
GUILLERMO E. BARRERA BUTELER JULIO LEOPOLDO FONTAINE
VOCAL VOCAL
5 días - Nº 19556 - s/c - 04/09/2015 - BOE
Resolución N° 127
Córdoba, 06 de Agosto de 2015
Expediente Nº 0045-017218/2014.-
VISTO: Este expediente mediante el cual la Dirección Provincial de
Vialidad dependiente de este Ministerio propicia por Resolución Nº 00456/
2015 la adquisición mediante el procedimiento de compulsa abreviada de:
“INDUMENTARIA DE TRABAJO PARA PERSONAL ADMINISTRATIVO
– D.P.V. - TEMPORADA OTOÑO – INVIERNO 2015”, adjudicando el
Renglón 1 y el Renglón 2 a la firma MORENO WALTER DANIEL, por la
suma total de $ 541.070,00.
Y CONSIDERANDO:
Que autoridades del Sindicato Vial Córdoba (SI.VIAL.CO.) solicitan se
inste el procedimiento necesario a los fines de la adquisición de la
indumentaria temporada otoño – invierno año 2015 para personal de la
Dirección Provincial de Vialidad, conforme lo acordado por Acta Paritaria
Provincial de fecha 17 de marzo de 2014.
Que se ha incorporado nómina de personal actualizada perteneciente a
las distintas áreas de la Dirección Provincial de Vialidad.
Que consta en autos Pliego de Especificaciones Técnicas, dando cuenta
de las cantidades y el presupuesto oficial asignado a la contratación que se
propicia, como así también Pliego de Bases y Condiciones Generales y
Particulares.
Que se realizan pedidos de cotizaciones de precio divididos en cuatro
renglones; presentándose a cotizar las firmas: MORENO WALTER DANIEL,
HIJOS DE FELIPE ASEF S.A. y MAZALOSA S.A.
Que la División Compras de la Dirección Provincial de Vialidad realiza
informe de Análisis de Ofertas y Orden de Prelación, sugiriendo se
adjudiquen los renglones 1 y 2 a MORENO WALTER DANIEL, toda vez
que las firmas HIJOS DE FELIPE ASEF S.A. y MAZALOSA S.A. han
presentado ofertas inadmisibles, señalando que por los renglones 3 y 4 no
se acompañaron ofertas.
Que se ha agregado en autos Documento de Contabilidad (Nota de
Pedido N° 2015/001421) para atender la erogación que lo gestionado
implica.
Que obra Dictamen Nº 410/2015 de la Dirección de Jurisdicción de
Asuntos Legales de este Ministerio por el cual se expresa que, atento lo
dispuesto por el artículo 11° de la Ley N° 10.155, puede adjudicarse a la
firma MORENO WALTER DANIEL la compra de la indumentaria de que
trata, por la suma citada, atento que el procedimiento de selección utilizado
en la especie es la Compulsa Abreviada, legislada en el artículo 9° de la
mencionada Ley N° 10.155, y el monto de adjudicación no supera el límite
máximo autorizado al suscripto.
Por ello, la normativa citada, lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción
de Asuntos Legales de este Ministerio bajo el Nº 410/2015, y en ejercicio
de sus atribuciones;
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
R E S U E L V E :
Artículo 1º.- ADJUDÍCASE la adquisición mediante el procedimiento de
compulsa abreviada de: “INDUMENTARIA DE TRABAJO PARA PER-
SONAL ADMINISTRATIVO – D.P.V. - TEMPORADA OTOÑO –
INVIERNO 2015”, consistente en: Renglón 1 "Conjunto de Indumentaria
de Trabajo para Administrativos Femeninos" y Renglón 2 "Conjunto de
Indumentaria de Trabajo para Administrativos Masculinos", a la firma
MORENO WALTER DANIEL, por la suma total de Pesos Quinientos
Cuarenta y Un Mil Setenta ($541.070,00).
Artículo 2º.- IMPÚTASE el egreso que asciende a la suma total de
Pesos Quinientos Cuarenta y Un Mil Setenta ($541.070,00), conforme lo
indica el Departamento Administración y Personal de la Dirección Provin-
cial de Vialidad en su Documento de Contabilidad - Nota de Pedido Nº
2015/001421, de acuerdo al siguiente detalle: Jurisdicción 1.50 Programa
504-001 Partidas 2.03.02.00. del P.V.
Artículo 3º.- FACÚLTASE al señor Presidente de la Dirección Provin-
cial de Vialidad a suscribir el contrato pertinente.
Artículo 4º.- PROTOCOLÍCESE, comuníquese, dese intervención al
Departamento Administración y Personal de la Dirección Provincial de
Vialidad, al Tribunal de Cuentas de la Provincia, publíquese en el Boletín
Oficial y archívese.
CR. MANUEL FERNANDO CALVO
MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
TRIBUNAL SUPERIOR
DE JUSTICIA
DIRECCIÓN GENERAL DE
ARQUITECTURA
Resolución N° 224 Córdoba, 30 de marzo de 2015
EXPEDIENTE N* 0047-002286/2013
REFERENTE Nº 1.-
VISTO este Referente en el que a fs. 2, mediante Nota de
fecha 25 de Noviembre de 2014 presentada por la Empresa
DIARTA S.A., contratista de la obra: “Ampliación de un aula y
cerramiento de Salón de Usos Múltiples (S.U.M.) en el JARDIN
DE INFANTES PEDRO RUIZ GARIBAY, ubicado en calle
Guadancol N° 1850 – B° Empalme CORDOBA – Departamento
Capital”, solicita Redeterminación de Precios de la mencionada
obra en el marco de las disposiciones del Decreto N° 1133/10
rectificado por su similar N° 1231/10;
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 4/11, la contratista presenta documentación
fundamentando su petición;
Que en cumplimiento a disposiciones internas se agregan a
fs. 13/42, documentación relacionada con la ejecución de la
obra que se trata, de la que se desprende que la adjudicación
se perfeccionó mediante Resolución N° 467/14 de la Dirección
General de Arquitectura, habiéndose suscripto el contrato
correspondiente con fecha 29/09/2014 y replanteándose la
misma el día 05/11/14;
Que a fs. 44, División Certificaciones informa que no se ha
confeccionado Certificado Extraordinario de pago a Cuenta;
Que a fs. 46/56, toma participación Sección Costos,
elaborando planilla e informe del que surge que atento lo
dispuesto por los artículos 4, 8, 9 y 10 del Decreto Nº 1133/
2010, rectificado por su similar Nº 1231/2010 y lo dispuesto
por Resolución del ex-MOSP Nº 013/2011, se constataron las
siguientes variaciones: MARZO/2014; 7,37% MAYO/2014;
8,99%; y al mes de AGOSTO/2014; 7,13%, por lo que se
procedió a calcular el Factor de Redeterminación (Fri),
verificándose una Primera Variación de costos a partir del mes
de MARZO/2014, con un porcentaje del 6,63%habiéndose
aplicado los Números Índice publicados mensualmente en el
Anexo del Libro INDEC Informa, a valores del mes anterior al
de la fecha de cotización (Diciembre/13). A continuación se
constató una Segunda Variación de costos a partir del mes de
MAYO/2014 con un porcentaje del 8,09%, utilizándose idéntica
metodología a la detallada precedentemente con valores del
mes anterior a dicha fecha y valores del mes anterior a Marzo/
14. Seguidamente se verificó una Tercera variación de costos
al mes de AGOSTO/2014 del 6,41% aplicándose la misma
metodología antes mencionada, con valores del mes anterior a
dicha fecha y valores del mes anterior a Mayo/14, resultando
un monto a reconocer a la Contratista por dicho concepto de $
169.633,61.-, por lo que el nuevo presupuesto de obra
redeterminado asciende a la suma de $ 918.593,61.-. A fs. 57,
las Direcciones de Planificación y Proyectos y de Obras
Licitaciones y Contrataciones propician la continuidad del
Trámite;
Que a fs. 61, mediante Dictamen N° 33/2015, División Jurídica
expresa que conforme las actuaciones agregadas en au-
tos y el referido análisis de fs. 46/56 elaborado por Sección
Costos, no existe objeción de Orden jurídico formal para
proceder a la Redeterminación solicitada;
Que respecto de los análisis técnicos y Contables, ese Servicio
Asesor no abre juicio por cuanto escapa al ámbito de su
competencia material;
Que por lo expuesto, las disposiciones de los Decretos Pro-
vincial N° 1133/10 y 1231/10, y Dcto. 2773/11, puede el Sr.
Director aprobar lo actuado y dictar acto administrativo haciendo
lugar a la Redeterminación de que se trata, salvo mejor opinión
al respecto;
Que a fs. 62/66 obra Acta Acuerdo por la Redeterminación de
Precios, suscripta entre el Señor Director General de Arquitectura
y la Empresa DIARTA S.A., con fecha 06/02/2015;
ATENTO ELLO
EL SEÑOR DIRECTOR GENERAL DE ARQUITECTURA
R E S U E L V E
ARTICULO 1º. APROBAR el Acta Acuerdo por
Redeterminación de Precios por Variaciones de Costos,

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