ACUERDO [ ACU-1205-2024-A ] - Camara de Argentina de la Actividad Frutihorticola ; Utcydra - Union Trabajadores de Carga y Descarga de la Republica Argentina -

Número de registroACU-1205-2024-A
Fecha02 Septiembre 2024
SindicatoUtcydra - Union Trabajadores de Carga y Descarga de la Republica Argentina
EmpleadorCamara de Argentina de la Actividad Frutihorticola
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ACTA ACUERDODE RECOMPOSICIÓN SALARIAL
SEPTIEMBRE-OCTUBRE 2024
Entre la UNION TRABAJADORES DE CARGA Y DESCARGA DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA (UTCYDRA), por una parte y en representación de los Trabajadores,
con Personería Gremial Número 410, con carácter de entidad gremial de primer
grado, con domicilio legal en Cochabamba 1635, de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, representada en este acto por los Miembros Paritarios, el Sr. Juan Carlos
OPSANSKY, DNI: 13.264.531; la Srta. María Eugenia SENAS, DNI: 39.333.020; el
Sr. Gustavo Ezequiel VILA, DNI: 36.734.642 y el asesor letrado Dr. Julio CUELLO,
DNI: 11.600.108; y por la otra, en representación de los Empleadores, la CÁMARA
DE ARGENTINA DE LA ACTIVIDAD FRUTIHORTÍCOLA, (C.A.A.F.), lo hacen los
Miembros Paritarios, el Sr. Néstor Horacio LOMBARDI, DNI: 17.188.812 y el Sr.
Osvaldo Miguel BEARDI, DNI:11.768.418, constituyendo domicilio en Av. San José
583, Piso 7º “B”, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; ambas partes
acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente con poderes
y demás constancias que se acompañarán en el acta de ratificación del presente
acuerdo, ambas partes acreditando su personería y facultades para negociar
colectivamente con poderes y demás constancias que oportunamente
acompañarán al Expediente donde ratificarán lo aquí acordado, en conjunto
manifiestan que, acuerdan las siguientes cláusulas:
PRIMERA Objeto.Dentro del marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº
508/07, procurando mantener el nivel de los salarios y preservando la paz social,
las partes proceden a la actualización e incremento del salario básico de las
categorías allí previstas y aplicables a los trabajadores convencionados, los cuales
regirán para el ámbito geográfico y personal del mencionado convenio. -
SEGUNDA Incrementos Salariales. A partir del 1º de Septiembre de 2024,
las partes acuerdan para el BIMESTRE SEPTIEMBRE-OCTUBRE un incremento
salarial del 6% (seis por ciento), sobre los salarios básicos de Convenio acordados
para cada categoría homologados mediante la Disposición DI-2024-1943-APN-
DNRYRT#MT, de fecha 10/08/2024 en el Acuerdo Paritario suscripto por la
partes en EX-2024-78751857- -APN-DGD#MT, incremento que será abonado en
dos (2) cuotas por las empresas a todos los trabajadores, cualquiera fuere la
categoría en que revistieren y con antigüedad inicial, conforme al cronograma que
se indica seguidamente:
RE-2024-94958399-APN-DGD#MT
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