ACUERDO [ ACU-1199-2024-A ] - Camara Empresaria de Carga, Descarga, Manipuleo, Movimiento, Empaque y Afines de la Republica Argentina ; Utcydra - Union Trabajadores de Carga y Descarga de la Republica Argentina -

Número de registroACU-1199-2024-A
Fecha02 Septiembre 2024
SindicatoUtcydra - Union Trabajadores de Carga y Descarga de la Republica Argentina
EmpleadorCamara Empresaria de Carga, Descarga, Manipuleo, Movimiento, Empaque y Afines de la Republica Argentina
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ACTA ACUERDO DE RECOMPOSICION SALARIAL
SEPTIEMBRE - OCTUBRE
Entre la UNION TRABAJADORES DE CARGA Y DESCARGA DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA (UTCYDRA), por una parte y en representación de los Trabajadores,
con Personería Gremial Número 410, con carácter de entidad gremial de primer
grado, con domicilio legal en Cochabamba 1635, de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, representada en este acto por los Miembros Paritarios, el Sr. Juan
Carlos OPSANSKY, DNI: 13.264.531; la Srta. María Eugenia SENAS, DNI:
39.333.020; el Sr. Gustavo Ezequiel VILA, DNI: 36.734.642 y el asesor letrado
Dr. Julio CUELLO, DNI: 11.600.108; y por la otra, en representación de los
Empleadores, la CÁMARA EMPRESARIA DE CARGA, DESCARGA, MANIPULEO,
MOVIMIENTO, EMPAQUE Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (CECADRA),
lo hacen sus Miembros Paritarios, el Sr. Héctor GuillermoGONZALEZ, DNI:
10.075.955; el Sr. Albano SCARAVILLI, DNI: 33.990.674, y la asesora letrada
Dra. Mónica María EMMA, DNI: 17.757.137, con domicilio legal en Aráoz
2401, 6to piso, Of. C, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; ambas partes
acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente con
poderes y demás constancias que acompañan al Expediente donde ratificarán lo
aquí acordado, en conjunto manifiestan que: e Acuerdo, manifiestan que luego
de tratativas con el fin de otorgar un aumento para todos aquellos trabajadores
comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 508/07 (t.o. 2015), las
partes en conjunto ACUERDAN:
PRIMERA Objeto. Dentro del marco del Convenio Colectivo de Trabajo
508/07, procurando mantener el nivel de los salarios y preservando la paz
social, las partes proceden a la actualización e incremento del salario básico de
las categorías allí previstas y aplicables a los trabajadores convencionados, los
cuales regirán para el ámbito geográfico y personal del mencionado convenio. -
SEGUNDA - Planillas Salariales.A partir del 1º de Septiembre de 2024, las
partes acuerdan para el BIMESTRE SEPTIEMBRE-OCTUBRE un incremento
salarial del 6% (seis por ciento), sobre los salarios básicos de Convenio
acordados para cada categoría homologados mediante la Disposición DI-2024-
1944-APN-DNRYRT#MT, de fecha 10/08/2024 en el Acuerdo Paritario
suscripto por la partes en EX-2024-74581313- -APN-DGD#MT, incremento
que será abonado en dos (2) cuotas por las empresas a todos los trabajadores,
cualquiera fuere la categoría en que revistieren y con antigüedad inicial,
conforme al cronograma que se indica seguidamente:
RE-2024-94911163-APN-DGD#MT
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