Acuerdo Nº 62

EmisorJunta de Calificación y Selección de Jueces de Paz
Fecha de la disposición23 de Septiembre de 2014
Primera Sección BOLETÍN OFICIAL - AÑO CI - TOMO DXCVII - Nº 172 CÓRDOBA, 7 de octubre de 20144
ARTÍCULO 2º.- La presente Resolución regirá a partir del 1° de Octubre de 2014.
ARTÍCULO 3°.- PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial, PASE a conocimiento de
los Sectores pertinentes y Archívese
CR. LUCIANO G. MAJLIS
DIRECTOR GENERAL DE RENTAS
ACUERDO Nº 62. En la Ciudad de Córdoba a veintitrés días del mes de Septiembre del año dos
mil catorce, con la presidencia del Dr. Jorge Alberto GARCÍA, se reunieron los señores Miembros
de la Junta de Calificación y Selección de Jueces de Paz creada por Ley N° 9449, Sres. María
Graciela MANZANARES, Oscar Daniel MUHANA y Ricardo DE TORO y ACORDARON: Y VISTO:..
Y CONSIDERANDO:.. LA JUNTA DE CALIFICACIÓN Y SELECCIÓN DE JUECES DE PAZ
RESUELVE: ARTÍCULO 1°: Confeccionar el ORDEN DE MERITO correspondiente a la vacante
SAIRA (Departamento MARCOS JUAREZ) con el puntaje total obtenido por cada uno de los
concursantes, excluyendo del mismo a quienes no hayan obtenido el mínimo de cincuenta (50)
puntos, conforme al Anexo I que se agrega como parte integrante de este Acuerdo.- ARTÍCULO
2°: Protocolícese, notifíquese y archívese.- Fdo: Jorge A. García-Suplente Poder Ejecutivo;
María Graciela Manzanares-Suplente Poder legislativo; Oscar D. Muhana-Titular Ministerio
Público; Ricardo De Toro-Suplente Poder Judicial.-
ANEXO I – JUEZ DE PAZ DEL DEPARTAMENTO MARCOS JUAREZ.
VACANTE: SAIRA
CONCURSANTES
APELLIDO Y NOMBRE Tipo Número TOTAL
1 CAPRA, DANIEL DARÍO D.N.I 16.721.105 63,38
ACUERDO Nº 60. En la Ciudad de Córdoba a veintitrés días del mes de Septiembre del año dos
mil catorce, con la presidencia del Dr. Jorge Alberto GARCÍA, se reunieron los señores Miembros
de la Junta de Calificación y Selección de Jueces de Paz creada por Ley N° 9449, Sres. María
Graciela MANZANARES, Oscar Daniel MUHANA y Ricardo DE TORO y ACORDARON: Y VISTO:
..Y CONSIDERANDO:.. LA JUNTA DE CALIFICACIÓN Y SELECCIÓN DE JUECES DE PAZ
RESUELVE: ARTÍCULO 1°: Confeccionar el ORDEN DE MERITO correspondiente a la vacante
LOS SURGENTES (Departamento MARCOS JUAREZ) con el puntaje total obtenido por cada
uno de los concursantes, excluyendo del mismo a quienes no hayan obtenido el mínimo de cincuenta
(50) puntos, conforme al Anexo I que se agrega como parte integrante de este Acuerdo.- ARTÍCULO
2°: Protocolícese, notifíquese y archívese.- Fdo: Jorge A. García-Suplente Poder Ejecutivo;
María Graciela Manzanares-Suplente Poder legislativo; Oscar D. Muhana-Titular Ministerio
Público; Ricardo De Toro-Suplente Poder Judicial.-
ANEXO I – JUEZ DE PAZ DEL DEPARTAMENTO MARCOS JUAREZ
VACANTE: LOS SURGENTES
CONCURSANTES
APELLIDO Y NOMBRE Tipo Número TOTAL
1 SKALKO, HORACIO JOSÉ MARÍA D.N.I 14.720.571 65,11
JUNTA DE
CALIFICACN y SELECCIÓN de JUECES de PAZ
Resolución N° 66
Córdoba, 7 de Agosto de 2014.-
Expediente Nº 0053-000332/2012.-
VISTO: este expediente en el que se propicia la devolución de
la Póliza de Seguros de Caución en Garantía de Adjudicación en
Contrato de Suministros y/o Servicios Públicos, presentada por
la firma GUBA S.A., en relación a la provisión del "SERVICIO
DE LIMPIEZA EN EL INMUEBLE DEL MINISTERIO DE
INFRAESTRUCTURA UBICADO EN CALLE HUMBERTO
PRIMERO N° 725", adjudicado por Resolución N° 061/12 de
esta Secretaría..
Y CONSIDERANDO:
Que a fs. 119/122 obra Póliza de Seguro de Caución N°
637597-0 en Garantía de Adjudicación en Contrato de Suministros
y/o Servicios Públicos emitida por SMG Compañía Argentina de
Seguros S.A., por la suma de $ 15.825,00, presentada por la
contratista GUBA S.A.
Que a fs. 186 y 188 el señor Director General de Administración
manifiesta que el contrato se encuentra totalmente concluido y
que la Póliza de Garantía de Ejecución de Contrato fue presentado
por la firma GUBA S.A, no siendo objeto de la Cesión celebrada
entre GUBA S.A., y GL DISARQS S.R.L., correspondiendo por
ello la devolución al contratista original.
Que atento las constancias de autos, informes técnicos de fs.
186 y 188 de autos y las previsiones del artículo 2.6.5 del Decreto
N° 1882/80 y las cláusula transitoria primera del Decreto N°
305/14 reglamentario de la Ley N° 10.155 puede procederse
como se aconseja.
SECRETARIA DE
OBRAS PUBLICAS

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