Aspectos actuales del principio de la reparación integral y la extensión del resarcimiento en el incumplimiento contractual

AutorAndrés Federico Varizat
Páginas83-131
ASPECTOS ACTUALES DEL PRINCIPIO DE LA
REPARACIÓN INTEGRAL Y LA
EXTENSIÓN DEL RESARCIMIENTO
EN EL INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL
Por Andrés Federico Varizat
Sumario: I) Introducción y finalidades de este trabajo.
II) El principio de la reparación integral o plena. 1) La
vigencia práctica del principio en la jurisprudencia. 2)
El significado del principio y las posturas críticas al
mismo. III) La reparación integral y su naturaleza de
norma de principio. 1) Normas del sistema jurídico:
reglas y principios y su diferente forma de aplicación.
2) El principio de la reparación integral como norma
abierta. 3) El principio de la reparación integral o ple-
na como norma de principio. Sus funciones. a) Fun-
ción interpretativa. b) Función integrativa (los princi-
pios como normas de clausura). 4) El sistema del dere-
cho de daños como un modelo de reglas/principios. IV)
La responsabilidad contractual y el principio de la re-
paración integral en las obligaciones no dinerarias. 1)
Relación causal, extensión de resarcimiento y princi-
pio de la reparación integral. 2) ¿Es aplicable el princi-
pio de la reparación integral en la responsabilidad con-
tractual por culpa? El problema de la restricción del
resarcimiento en el incumplimiento culpable solo a las
consecuencias inmediatas y necesarias (art. 520, C.C.).
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3) Los distintos aspectos a considerar. a) Las moder-
nas tendencias del derecho de daños y el principio de la
reparación integral como principio general del derecho
del Código Civil Argentino. b) Reinterpretaciones del
art. 520 del Cod. Civil a los fines de posibilitar la repa-
ración integral en materia de responsabilidad contrac-
tual (obligacional). c) El proceso de constitucionaliza-
ción del ordenamiento jurídico y sus efectos relaciona-
dos. La inconstitucionalidad del art. 520, C.C. d) La
asignación eficiente del riesgo por su relación con los
precios de contratación. 4) El juicio ponderativo como
búsqueda de un punto de equilibrio entre el principio
de la reparación integral y los demás aspectos implica-
dos. 5) Aspectos que fundamentan la aplicación del prin-
cipio de la reparación integral en la responsabilidad
contractual ( consecuencias inmediatas y mediatas). a)
Daños a la persona. b) Situación de “debilidad”. Carác-
ter de consumidor de quien sufre el daño. c) Dolo o
malicia en el incumplimiento. 6) Aspectos que funda-
mentan la restricción del principio de la reparación
integral. V) conclusiones.
I. INTRODUCCIÓN Y FINALIDADES DE ESTE TRABAJO
El objetivo de este trabajo es plantear algunos aspectos
actuales del principio de la reparación integral o plena del
daño en el ámbito de la responsabilidad civil contractual (o
por incumplimiento obligacional).
Como es sabido el Código Civil argentino distingue un
ámbito de responsabilidad civil contractual de otro extra-
contractual, diferenciación que surge claramente del art.
1107 del C.C. cuando dispone que “Los hechos o las omisiones
en el cumplimiento de las obligaciones convencionales, no es-
tán comprendidos en los artículos de este título, sino degene-
ran en delitos de derecho criminal”.
De lo cual resulta que todo lo referente a responsabilidad
civil contractual (o por incumplimiento de obligaciones) no
será regulado por el régimen jurídico de los arts. 1109 y ss.
(correspondiente a la responsabilidad extracontractual o
aquiliana), sino por el régimen propio de los arts. 519 a 522
del Código Civil, salvo que dicho incumplimiento derive en
delito del derecho criminal.
A su vez dentro de la responsabilidad contractual se dis-
tinguen dos variantes. Por una parte un régimen relativo a
los daños e intereses derivado del incumplimiento de obli-
gaciones que no tienen por objeto sumas de dinero (arts. 519
a 522, C.C.) —u obligaciones no dinerarias— el cual resulta
de aplicación general para todo tipo de obligaciones de dar,
hacer y no hacer.
Y por otra parte una regulación específica para el supues-
to de incumplimiento de obligaciones de dar sumas de dine-
ro u obligaciones dinerarias (arts. 616 a 624, C.C.).
En consecuencias, en el presente trabajo analizaremos dos
cuestiones.
a) La naturaleza y funciones del principio de la repara-
ción integral.
b) Los aspectos actuales que presenta la aplicación del
principio de la reparación integral en la responsabilidad con-
tractual por culpa en las obligaciones que no tienen por obje-

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