Actos de jurisdicción voluntaria

AutorCarlos Alberto Toselli/Alicia Graciela Ulla
Cargo del AutorAbogado. Ex Vocal de la Cámara Única del Trabajo de Córdoba/Abogada. Ex Jueza del Juzgado de Conciliación de 3ª Nominación
Páginas527-532
TRÁMITE 527ART. 82
agotó la vía administrativa mediante el recurso jerárquico y sin más trá-
mite el tribunal interviniente dictará sentencia dentro de los quince (15)
días hábiles de recibidas las actuaciones, confirmando, modificando, o
anulando la resolución de multa. De corresponder, el importe depositado
deberá ser devuelto dentro del término de los diez (10) días hábiles subsi-
guientes.
Será requisito ineludible para admitir el recurso de apelación el previo de-
pósito en la forma indicada en esta ley, del importe de la multa aplicada.
CAPÍTULO CUARTO
ACTOS DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA
Trámite
Artículo 82. Los actos de jurisdicción voluntaria relaciona-
dos con asuntos de trabajo y de seguridad social se regirán
por el siguiente trámite: el procedimiento será verbal y
actuado, efectuándose toda la información en una sola au-
diencia. Recibida la prueba, se correrá vista al Asesor Le-
trado del Trabajo por tres días, para que se expida sobre el
mérito de la misma. Evacuada la vista, se dictará resolución
dentro de los tres días.
En caso de que la acción hubiere sido patrocinada por un
Asesor Letrado del Trabajo, la vista será evacuada por
quien le sigue en turno.
CONCEPTO
La jurisdicción voluntaria es la ejercida respecto de aquellos actos en
que la intervención del juez sólo tiene el alcance de dar autoridad a los
mismos.
La doctrina advierte que en la jurisdicción voluntaria no puede verse
un conflicto interpartes ni tampoco una protección, actuación o tutela
coactiva, de ningún derecho subjetivo u objetivo328.
Se la denomina voluntaria en antítesis a la contenciosa.
No hay litigio, pero sí un “conflicto entre la sociedad como tal (o la ley)
y el particular”329 y la actividad jurisdiccional se agota con el alcance pre
mencionado.
328 RAMACCIOTTI, Hugo - LÓPEZ CARUSILLO, Alberto I., Compendio de derecho procesal
civil y comercial de Córdoba, t. III, Depalma, Buenos Aires, 1981, ps. 282 y 283.
329 ALVARADO VELLOSO, Adolfo, Teoría general del proceso, Lección 9: “La jurisdic-
ción”, op. cit., p. 12.

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