La actividad estatal (con especial referencia a la provincia de Córdoba)

AutorLuis R. Carranza Torres
Cargo del AutorAbogado (U.N.C.). Doctorando en Ciencias Jurídicas (U.C.A.)
Páginas19-57
Capítulo 1
LA ACTIVIDAD ESTATAL
(CON ESPECIAL REFERENCIA A LA PROVINCIA DE
CÓRDOBA)
Sumario: 1. La búsqueda humana de su organización. 2. ¿Qué es el
Estado? 3. La conceptualización del Estado Social de Derecho. 4.
Implicaciones de la fórmula constitucional respecto de la actividad
estatal. 5. Funciones del Estado. 6. Función administrativa del
Estado. 7. Administración Pública y el gobierno del Estado. 8. Va-
lores para la administración del Estado. Cláusulas constituciona-
les regulatorias. 9. La protección de los derechos constitucionales
del administrado en la estructura administrativa (actuaria y revi-
soria o de control). 10. La actuación y control de la función adminis-
trativa: proceso y procedimiento. 11. Jurisprudencia.
1. LA BÚSQUEDA HUMANA DE SU ORGANIZACIÓN
El ser humano en todo tiempo y lugar siempre ha buscado fórmu-
las para solucionar las necesidades individuales o personales y las
necesidades colectivas o comunitarias. Las primeras inicialmente en-
cuentran su origen en el preservar la existencia misma de la vida, la evo-
lución y el desarrollo de la especie humana. Las segundas tienen su
génesis en la conservación de una familia, de un núcleo espontáneo
societario o una organización incipiente de índole civil, que desea pro-
yectar una estructura social media2.
2 RIASCOS G ÓMEZ, Libardo Orlando, “La Administración estatal y el sistema de
fuentes formales en el derecho administrativo colombiano a partir de la Cons-
titución de 1986-1991”, http://www.libardo.50megs.com/DERECHOPUBLI-
CO/(16/02/2003).
20 LUIS R. CARRANZA TORRES
Esto puede verse a través de dos puntos de vista: desde su consecuen-
cia más completa (la administración estatal), bajo la óptica de las com-
petencias y facultades; o desde su causa la necesidad del hombre de
proteger los aspectos más valiosos de su existencia.
Toda organización comienza con un deliberare, lo que se llama uni-
dad de acción; los diversos miembros (o futuros miembros) discuten la
finalidad del grupo y una vez logrado el acuerdo se pasa al agere o unidad
de decisión, que hace realidad la creación hasta entonces puramente
teórica3.
Desde este último punto de referencia, o su estudio por las causas,
vemos en esta dialéctica evolutiva, la necesidad del hombre por confor-
mar un rudimento de administración, entendiéndola a aquélla como un
producto del genio organizativo del hombre, de su dimensión social. Esta
necesidad así planteada busca satisfacer el espíritu innato, casi genético
de vivir en un ambiente asociativo, en comunidad. El ser humano, como
todo organismo vivo (como las células, por ejemplo) encuentra que la
asociación es el primer y arcaico modo de sobrevivir en cualquier medio
hostil, y por ello busca por todos los medios satisfacer una necesidad
superior: la multiplicación y dirección de una organización civil4.
Desde que el ser humano es social por naturaleza, tiende a organi-
zarse y cooperar con sus semejantes. Por lo que la historia de la humani-
dad puede describirse a través del desarrollo de las organizaciones
sociales, a partir de las tribus nómadas, con las que comienza la organi-
zación para la recolección de frutas y la caza de animales, y después el
descubrimiento de la agricultura, que abrió paso a la creación de las
pequeñas comunidades5.
Si todos los asociados en esta organización civil tienen igualdad de
oportunidades, derechos y obligaciones, es obvio que la distribución de
3 ROSSETTI, Alfredo, Introducción al estudio de la realidad estatal, Gráfica
Biffignandi S.R.L., Córdoba, 1993, p. 60.
4 RIASCOS G ÓMEZ, Libardo Orlando, “La Administración estatal y el sistema de
fuentes formales en el derecho administrativo colombiano a partir de la Cons-
titución de 1986-1991”, loc. cit.
5 ORTIZ, José Alberto, “Historia de la Administración”, en El observador digital,
octubre de 2002, http://www.observador.com.mx/documentos.htm (19/10/02).
MEDIDAS CAUTELARES RESPECTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA 21
labores diversas les produzca satisfacciones personales, pero a la vez,
ansias de poder representar a un grupo, a un conglomerado de personas
mayor, para satisfacer necesidades superiores que en representación de
los demás confieran un poder, una jefatura, un liderazgo, una cabeza
visible de una organización ya no sólo civil, sino política, aunque fuese
primitiva6.
Es entonces cuando la organización política, nacida de un núcleo
social-civil, comienza a imponer parámetros antes no vistos7. En efecto,
el poder de dirección de un conglomerado humano no sólo satisface sus
necesidades individuales y colectivas mediante la cooperación o interre-
lación directa, sino que se expande a grandes núcleos humanos, sin
relación de vecindad próxima. El gobierno se torna indirecto, a través de
individuos con especial dedicación al tema.
La necesidad de dirección y de cubrir las necesidades básicas de un
conglomerado cada vez mayor, diverso y complejo, genera todo un uni-
verso de pedidos, demandas, reclamos, acciones y conflictos que curio-
samente fortifican la organización, cuando aquélla produce mecanismos,
procedimientos y reglas de solución a través de organismos que cubren
con un criterio de justicia las necesidades de quienes solicitan y son
destinatarios de su actuar.
Estamos en la antesala del Estado y de su cuerpo de administración.
2. ¿Q ES EL ESTADO?
En términos filosóficos, el Estado es la unidad de orden y de fin. Esto
significa que tiene una cierta prioridad sobre la sociedad civil, dado que
en función de esa unidad de orden y de fin despliega un aparato para
intervenir en mayor o menor escala en ella. Lo hace a través del gobierno,
que es el órgano de conducción, y de la administración, que está encar-
gada de la ejecución de las decisiones. Este esquema es, en realidad, una
forma estática de enfocar una realidad dinámica y, sobre todo, mucho
6 RIASCOS G ÓMEZ, Libardo Orlando, “La Administración estatal y el sistema de
fuentes formales en el derecho administrativo colombiano a partir de la Cons-
titución de 1986-1991”, loc. cit.
7 Ídem.

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