Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Comodoro Rivadavia, 10 de Septiembre de 2013, expediente P-461/12

Fecha de Resolución10 de Septiembre de 2013

Poder Judicial de la Nación Expte. nº P-461/12.-

A.T.L. s/inf. Ley 11.723 y 22.362

-VEREDICTO/FUNDAMENTOS-

JF. C.Olivia-

modoro R., 10 de septiembre de 2013.-

VISTA:

La constitución del tribunal con el fin de dar a conocer en la causa n° P-461/12, caratulada “ACOSTA TEJERO,

L. s/psta. inf. a las leyes 11.723 y 22.362”, en trámite ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de C.O., el veredicto y los fundamentos de la audiencia celebrada el 18/04/13.

Y CONSIDERANDO:

I.-

  1. Llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el fiscal federal subrogante a fs. 260/vta. contra la resolución de fs. 258/vta. que declaró la incompetencia del Juzgado Federal de C.O. en razón de la materia,

    declinándola en favor del Juzgado de Instrucción de la ciudad de USO OFICIAL

    Pico Truncado El recurso interpuesto fue concedido a fs. 261.

  2. El agente fiscal se agravia de que la juez haya considerado que la conducta desplegada por A.T. no le es aplicable ninguno de los tipos legales contenidos en la ley 22.362, lo que no se condice con las circunstancias probadas en el sumario.

    Considera que a su criterio se ha visto afectado el bien jurídico tutelado por la ley nº 22.362, y por ende corresponde que entienda la justicia federal.

    Destaca en tal sentido que el informe pericial realizado determinó que la totalidad de los elementos analizados eran apócrifos pues carecían de las medidas de seguridad propia de los ejemplares originales. Y que por el volumen de CDs y DVDs incautados, las características en que fueron hallados (en paquetes individuales, c/u con nylon protector y láminas de estampado simple según la pericia), surge palmaria la intención del individuo de comercializar dichos elementos.

    Cita en aval de su postura antecedentes de este Tribunal.

    II.- Que en esta instancia, celebrada que fue a fs.265 la audiencia establecida por el art. 454 del C.P.P.N., el F. General insistió en los planteos de mención, en el sentido en que lo evidencia la grabación del audio registrado ese día.

    III.- En las presentes actuaciones se investiga la tenencia por parte de L.T.A., de setecientos treinta (730) CDs y D. de películas y música varias presuntamente apócrifos, en el interior de dos paquetes de nylon,

    que llevaba como equipaje en la bodega del transporte público de pasajeros “La Unión”, sin contar con documentación respaldatoria,

    hecho detectado a raíz de un control de rutina realizado por personal del...

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