Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba - CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL, 24 de Noviembre de 2016, expediente FCB 061006557/2011/CA001

Fecha de Resolución24 de Noviembre de 2016
EmisorCAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA FEDERAL DE APELACIONES DE CÓRDOBA SECRETARÍA PREVISIONAL – SALA B Expte. N° 61006557/2011 AUTOS : A.R.A. c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD doba, 24 de noviembre del 2016.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “ACOSTA, RAMÓN ANTONIO C/ ANSES –

REAJUSTES POR MOVILIDAD” (Expte. N° FCB 61006557/2011/CA1), venidos a conocimiento del tribunal en virtud de los recursos de apelación articulados por ambas partes en contra de la sentencia de fecha 17 de septiembre de 2014, dictada por el Juzgado Federal de V.M., que en lo pertinente, decidió hacer lugar a la demanda interpuesta en contra de la A.N.Se.S. y en consecuencia ordenó a esta última a que recalcule y reajuste el haber previsional de la parte actora de acuerdo a lo allí señalado.

Y CONSIDERANDO:

  1. El accionante en su escrito de fs. 90/97 , manifiesta que corresponde el recálculo de la P.B.U. o en todo caso diferirse para la etapa de ejecución.

    Por su lado, la demandada funda el recurso de apelación (fs. 103/110). Centra su agravio en la determinación del haber inicial y posterior movilidad efectuada por el Juez de grado conforme las pautas brindadas por la C.S.J.N. en los fallos “Elliff” y “B.”.

    Corridos los traslados de ley, la parte actora lo contestó a fs. 112/113 y la demanda dejó vencer el plazo sin efectuar presentación alguna, conforme surge de lo actuado a fs.

    114, quedando la causa en estado de ser resuelta.

  2. En primer lugar corresponde señalar que del análisis de la causa se desprende que el actor es titular de un beneficio, con arreglo a la ley 24.241, y que oportunamente requirió en sede administrativa el reajuste de su haber, solicitud que fue desestimada por la A.N.SE.S. mediante resolución agregada a fs. 5/8.

    En lo atinente a las cuestiones planteadas por la demandada, las mismas resultan sustancialmente análogas a las examinadas por esta S. en los precedentes “P., Fecha de firma: 24/11/2016 Firmado por: L.R.R., JUEZ DE CAMARA Firmado por: A.G.S. TORRES, JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.E.R., Secretaria Firmado por: L.N., JUEZ DE CAMARA #4192586#164420304#20161125100256495 O.A. c/ ANSES -Reajustes Varios-” (Expte. Nº 24170022/2.008/CA1) de fecha 16 de octubre de 2.014, “Aubrit, E.M. c/ ANSES -Reajustes Varios-” (Expte. N°

    11010039/2.005/CA1) ) de fecha 19 de diciembre de 2.014 y con la actual integración del Tribunal, en la causa: “N., M.E. c/ ANSES -Reajustes Varios-” (Expte. N°...

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