Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 14 de Febrero de 2019, expediente CAF 075943/2002/CA004
Fecha de Resolución | 14 de Febrero de 2019 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III |
Poder Judicial de la Nación 75943/2002 ACOSTA PAREDES GERMAN Y OTRO c/ PEN LEY 25561 DTO1570/01 Y 214/02 s/AMPARO SOBRE LEY 25.561 Buenos Aires, 14 de febrero de 2019.- ESS/SH Y VISTOS:
El recurso de reposición con apelación en subsidio interpuesto por la parte actora a fs. 200, contra el Punto III del auto de fs.
199, cuyo traslado fue replicado por el BBVA Banco Francés a fs. 203.; y CONSIDERANDO:
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Que a fs. 199, Punto III, la Sra. Juez de primera instancia, en función de la liquidación aprobada a fs. 171 y vta., confirmada a fs. 185 y vta., ordenó librar cheque a la orden de la Sra.
M.A.F. de ISASA por la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y DOS MIL CIENTO TREINTA Y SEIS ($142.136), aclarando que $91.798,06 se debe imputar en concepto de capital y el resto a intereses.
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Que a fs. 200, la parte actora interpuso recurso de reposición, con apelación en subsidio, sosteniendo que si bien solicitó
el libramiento del cheque ordenado, también pidió que el “pago a cuenta fuera imputado primero a intereses y luego a capital” ( v. fs. 197 vta.), solicitud que reitera.
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Que para desestimar el recurso intentado basta con señalar que resulta exacto lo ponderado por la Sra. Juez de Primera Instancia en el auto de fs. 205/205vta., en cuanto a que, “la imputación de fs. 196 se corresponde con lo resuelto en autos- vide fs.
171/vta.- y providencia de fs. 194-, como así también con los términos de la dación en pago de fs. 195, que no fuere cuestionada- ver fs. 196-“.
En efecto, la liquidación practicada, de oficio, el 2 de junio de 2017 por el Juzgado de Primera Instancia (v. fs. 170) –en la que se calculó un capital de $91.798,06 y la suma restante hasta arribar al tope máximo que surge de aplicar la fórmula del precedente “M.” en concepto de intereses -, aprobada a fs. 171 y vta., confirmada a fs. 185 y vta., no ha sido cuestionada por la actora, quien a fs. 208 recibió retiró el cheque por la suma de $142.136, habiendo firmado de conformidad.
Fecha de firma: 14/02/2019 Alta en sistema: 18/02/2019 Firmado por: J.E.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA #10294830#224997374#20190215081531921 Poder Judicial de la Nación 75943/2002 ACOSTA PAREDES GERMAN Y OTRO c/ PEN LEY 25561 DTO1570/01 Y 214/02 s/AMPARO SOBRE LEY 25.561
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Que no es posible soslayar que las sucesivas liquidaciones, impugnaciones y pagos hallan su causa en la resolución del 18 de noviembre de 2009 (cfr. fs. 52), por la que esta alzada revocó
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