Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 1 de Julio de 2019, expediente CSS 040113/2006/CA001

Fecha de Resolución 1 de Julio de 2019
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3 SENTENCIA INTERLOCUTORIA EXPEDIENTE NRO: 40113/2006 AUTOS: “A.J.I. c/ RESPONSABILIDAD PATRONAL A.R.T. S.A. Y OTRO s/LEY 24557”

Buenos Aires, EL DR. NÉSTOR A. FASCIOLO DIJO:

Que contra la resolución de la Comisión Médica Central que rectifica lo actuado por la CMJ y, en consecuencia, no atribuyó incapacidad alguna por el AT ocurrido el 24.06.04, se dirige el recurso de apelación de la parte actora de fs. 37/40, que insiste en su pretensión resarcitoria.

Que con arreglo a lo dispuesto por el art. 36 del CPCCN, se ordenó

producir informe médico a través del juzgado con jurisdicción en el domicilio del demandante (ver fs.

49).

Por proveído de fs. 57 el Juzgado Federal de Tucumán, devolvió las actuaciones al no haber instado el actor la tramitación de la causa.

Lo así informado fue puesto en conocimiento de la interesada, según USO OFICIAL constancia de fs. 62vta., quien guardo la callada por respuesta.

En las condiciones apuntadas, no obran en autos elementos de juicio que permitan modificar lo resuelto por la CMC.

Que, en consecuencia, propicio: declarar formalmente admisible el recurso interpuesto y confirmar la resolución apelada. Sin costas (art. 68 del CPCCN). Naf LOS DRES. R.M.M.Y.M.L. DIJERON:

Adherimos a las conclusiones a que arriba el Dr. N.A.F..

Por lo que resulta del acuerdo que antecede, el Tribunal

RESUELVE:

declarar formalmente admisible el recurso interpuesto y confirmar...

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