Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix, 23 de Abril de 2021, expediente CNT 052570/2016/CA001

Fecha de Resolución23 de Abril de 2021
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ix

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX

Causa N°: 52570/2016 - ACOSTA, FABIAN DARIO c/ TMT ACTION S.A. Y OTRO

s/DESPIDO

En la ciudad de Buenos Aires, el . . 22-4-21 . . ., para dictar sentencia en los autos caratulados “ACOSTA, FABIAN DARIO

C/TMT ACTION S.A. Y OTRO S/DESPIDO”, se procede a votar en el siguiente orden:

El Dr. A.E.B. dijo:

I – La sentencia de grado anterior, mediante la cual se admitió el reclamo, es apelada por las partes según los términos que vierten en sus escritos digitales, que fueron replicados recíprocamente.

Asimismo, el letrado del actor apela sus honorarios por estimarlos reducidos; en tanto que Mondelez Argentina S.A. -en adelante “MONDELEZ”- recurre los asignados a dicho profesional y a los peritos médico y psicóloga, por ponderarlos elevados.

II – En atención a que las quejas de las demandadas versan sobre cuestiones conexas, me expediré al respecto en forma conjunta a fin de evitar reiteraciones innecesarias.

En tal sentido, advierto que los argumentos que exponen las recurrentes, en procura de la modificación del fallo anterior, carecen de trascendencia pues no rebaten los fundamentos allí expuestos, que se aprecian sustentados en una valoración en sana crítica de las constancias de la causa.

En efecto, de los escritos de contestación de demanda efectuados por las apelantes, así como de la prueba colectada surge acreditado que la primera contrató al actor para realizar la reposición de los productos que fabrica y vende la segunda y que dicha labor fue cumplida por el actor en los Supermercados Carrefour.

Asimismo, que la modalidad de las tareas impuestas al demandante, consistieron en asistir diariamente al supermercado mencionado y retirar del depósito la mercadería que fabrica Mondelez Argentina S.A. y colocarlas en las góndolas allí

dispuestas, cumpliendo jornadas de lunes a sábados de 06 a 14 hs.

Que tal cumplimiento de labores aparece acreditado por los dichos de los testigos R., G. y Ataun -

Fecha de firma: 23/04/2021

Firmado por: G.F.M., SECRETARIO DE CAMARA

Firmado por: R.C.P., JUEZ DE CAMARA - SALA IX

Firmado por: A.E.B., JUEZ DE CAMARA

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA IX

consignado por su nombre de pila “M.” en el fallo apelado-,

los que fueron transcriptos en lo pertinente en la sentencia recurrida (cfr. fs. 343/344; 364/365 y 392/393), quienes expusieron claramente haber visto al actor desempeñarse en el supermercado Carrefour realizando labores de repositor en las góndolas de dicho establecimiento, de las mercaderías que produce y comercializa “MONDELEZ”. Asimismo, afirmaron haber visto que el actor era controlado y supervisado por el Sr. T., respecto de quien se verificó por medio de la prueba pericial contable que resultó ser dependiente de “MONDELEZ” (cfr. fs. 324).

Ante ello, advierto que las recurrentes omiten cuestionar de manera concreta esas declaraciones, pues no exponen en modo alguna que las mismas resultaran inconsistentes,

imprecisas o interesadas y no indican otros elementos de prueba que las rebatan, por lo cual el valor probatorio otorgado en el fallo recurrido resultó correcto (cf. arts. 377; 386; 445 y 456

del...

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