Acordada Ordinaria Nº 93-2018 de Cámara Nacional Electoral del 30-10-2018

Número de resolución93-2018
Fecha30 Octubre 2018
Número de sentencia93-2018
Poder Judicial de la Nación
US O OFI CI AL
ACORDADA NUMERO NOVENTA Y TRES: En Buenos Aires, a los
treinta días del mes de octubre del año dos mil dieciocho, celebran el presente
Acuerdo, los doctores A.R.D.V. y S.H.C.,
actuando el S. de la Cámara doctor S. S.. A.erto el
acto por el señor P., doctor A. R.D. Via, se procede a
tratar los asuntos que se indican a continuación, incluidos en el Orden del Día
y previa deliberación ACORDARON: PRIMERO: Recordar la
trascendencia que para la vigencia de las instituciones democráticas tuvo el
acto electoral del 30 de octubre de 1983. A. conmemorar los treinta y cinco
años de aquella fecha, la Cámara Nacional Electoral destaca la secuencia
ininterrumpida de procesos electorales que preservaron la legitimidad de
origen de nuestro sistema y que contaron con el aporte de magistrados,
funcionarios y personal del fuero electoral. SEGUNDO: Atento al informe
del Departamento de Medicina Preventiva y Laboral del Poder Judicial de la
Nación, conceder a la Jefa de Despacho Adriana M. E., de la
Secretaría Electoral dependiente del Juzgado Federal Electoral de la Capital
Federal, prórroga de licencia por enfermedad, con percepción de haberes, por
el término de veinticinco días, a partir del quince de octubre de dos mil
dieciocho, con vencimiento el ocho de noviembre del mismo año. A.ulo
veintitrés, inciso a) del Régimen de Licencias aprobado por la Acordada
número treinta y cuatro, año mil novecientos setenta y siete de la C.S.J.N.
(Expediente número “SC” mil quinientos cincuenta -foja uno y tres-, año dos
mil dieciocho). TERCERO: Atento al informe del Departamento de Medicina
Preventiva y Laboral del Poder Judicial de la Nación, conceder a la O.
Mónica A. T., de la Secretaría Electoral dependiente del Juzgado
Federal Electoral de la Capital Federal, licencia por enfermedad, con
percepción de haberes, por el término de veintiocho días, a partir del
veinticuatro de septiembre de dos mil dieciocho, con vencimiento el veintiuno
de octubre del mismo año. Artículo veintitrés, inciso a) del Régimen de
Licencias aprobado por la Acordada número treinta y cuatro, año mil
novecientos setenta y siete de la C.S.J.N. (Expediente número “SC” mil
quinientos cincuenta y seis -fojas dos- año dos mil dieciocho). CUARTO:
Atento al informe del Departamento de Medicina Preventiva y Laboral del
Poder Judicial de la Nación, conceder a la O. GabrielaA.F.,

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