Acordada Ordinaria Nº 40-2005 de Cámara Nacional Electoral del 10-05-2005

Número de resolución40-2005
Fecha10 Mayo 2005
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ACORDADA NUMERO CUARENTA: En Buenos Aires a los diez días del
mes de mayo del año dos mil cinco, se reúnen en acuerdo en la Sala de
Acuerdos de la Cámara Nacional Electoral, los doctores Rodolfo Emilio Munné,
Alberto Ricardo Dalla Via y Santiago Hernán Corcuera, actuando el Secretario
de la Cámara doctor Jorge Horacio Otaño Piñero. Abierto el acto por el señor
Presidente doctor Rodolfo Emilio Munné, se procede a tratar los asuntos que se
indican a continuación, incluidos en el Orden del Día y previa deliberación
ACORDARON: PRIMERO: Atento al informe del Departamento de Medicina
Preventiva y Laboral del Poder Judicial de la Nación, conceder a la Oficial María
José Moras Mom, de la Secretaría Electoral dependiente del Juzgado Federal
Electoral de la Capital Federal, prórroga de licencia por enfermedad, con
percepción de haberes, por el término de quince días, a partir del dieciséis de
abril de dos mil cinco, con vencimiento el treinta del mismo mes y año.- Artículo
veintitrés, inciso a) del Régimen de Licencias aprobado por acordada número
treinta y cuatro, año mil novecientos setenta y siete de la C.S.J.N. (Expediente
número “SC” quinientos cuarenta y seis, -fojas dos-año dos mil cinco).
SEGUNDO: Conceder a la Oficial Silvia Estela Tosi Arauz, de la Secretaría
Electoral dependiente del Juzgado Federal Electoral de la provincia de Buenos
Aires, licencia por enfermedad, con percepción de haberes, por el término de
quince días, a partir del veinticinco de abril de dos mil cinco, con vencimiento el
nueve de mayo del mismo año.- Artículo veintitrés, inciso a) del Régimen de
Licencias aprobado por acordada número treinta y cuatro, año mil novecientos
setenta y siete de la C.S.J.N.- (Expediente número "SC" quinientos doce, -fojas
uno, dos y cuatro-, año dos mil cinco). TERCERO: Conceder a la Escribiente
María Eugenia Romano Yalour , de la Secretaría Electoral dependiente del
Juzgado Federal Electoral de la provincia de Buenos Aires, prórroga de licencia
por enfermedad, con percepción de haberes, por el término de siete días, a partir
del veintitrés de abril de dos mil cinco, con vencimiento el veintinueve del
mismo mes y año.- Artículo veintitrés, inciso a) del Régimen de Licencias
aprobado por acordada número treinta y cuatro, año mil novecientos setenta y
siete de la C.S.J.N.- (Expediente número “SC” quinientos catorce, -fojas uno,
dos y cuatro-, año dos mil cinco). CUARTO: Conceder a la Oficial Mayor

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