Acordada Ordinaria Nº 24-2015 de Cámara Nacional Electoral del 07-04-2015

Número de resolución24-2015
Fecha07 Abril 2015
Número de sentencia24-2015
Poder Judicial de la Nación
US O OFI CI AL
ACORDADA NUMERO VEINTICUATRO: En Buenos Aires, a los siete
días del mes de abril del año dos mil quince, se reúnen en acuerdo en la Sala
de Acuerdos de la Cámara Nacional Electoral, los doctores Santiago Hernán
Corcuera, Alberto Ricardo Dalla Via y Rodolfo Emilio Munné, actuando la
Secretaria de Cámara doctora Alejandra Marcela Lázzaro. Abierto el acto por
el señor Presidente, doctor Santiago Hernán Corcuera, se procede a tratar los
asuntos que se indican a continuación, incluidos en el Orden del Día y previa
deliberación ACORDARON: PRIMERO: Atento al pedido de licencia
extraordinaria, por motivos particulares, sin percepción de haberes, formulado
por la Escribiente Guadalupe Inés Martínez Ferretti, de la Secretaría Electoral
dependiente del Juzgado Federal Electoral de la Capital Federal, por el
término de seis meses, a partir del primero de junio de dos mil quince y
teniendo en cuenta la opinión favorable vertida por la señora Juez Federal
Electoral a fojas dos, corresponde conceder a dicha empleada la referida
licencia a partir de la fecha arriba mencionada. Artículo treinta y tres del
Régimen de Licencias CSJN. (Expediente número “SC” trescientos cincuenta
y cuatro, año dos mil quince). SEGUNDO: Conceder al Jefe de Despacho
Víctor Daniel Pacheco, de la Secretaría Electoral dependiente del Juzgado
Federal Electoral de Corrientes, prórroga de licencia por enfermedad, con
percepción de haberes, por el término de treinta días, a partir del primero de
marzo de dos mil quince, con vencimiento el treinta del mismo mes y año.
Artículo veintitrés, inciso a) del Régimen de Licencias aprobado por Acordada
número treinta y cuatro, año mil novecientos setenta y siete de la CSJN.
(Expediente número "SC" trescientos cincuenta y cinco -fojas dos-, año dos
mil quince). TERCERO: Conceder a la Prosecretaria Administrativa Lucía
Elizabeth Vera, de la Secretaría Electoral dependiente del Juzgado Federal
Electoral de Corrientes, licencia por enfermedad, con percepción de haberes,
por el término de treinta días, a partir del seis de marzo de dos mil quince, con
vencimiento el cuatro de abril del mismo año. Artículo veintitrés, inciso a) del
Régimen de Licencias aprobado por Acordada número treinta y cuatro, año
mil novecientos setenta y siete de la C.S.J.N. (Expediente número "SC"
trescientos cincuenta y ocho -fojas dos-, año dos mil quince). CUARTO:
Designar con carácter definitivo, en la Secretaría Electoral dependiente del
Juzgado Federal Electoral de Chaco, en la categoría de Escribiente Auxiliar, a

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