Acordada Ordinaria Nº 136-2021 de Cámara Nacional Electoral del 09-12-2021

Número de resolución136-2021
Fecha09 Diciembre 2021
Poder Judicial de la Nación
US O OFI CI AL
ACORDADA NUMERO CIENTO TREINTA Y SEIS: En Buenos Aires, a
los nueve días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno, celebran el
presente Acuerdo, los doctores S..H.C., D.B.ejas y
A..R..D..V., actuando la Secretaria Temporaria de la Cámara
Nacional Electoral doctora E.I..G.. Abierto el acto por el señor
P., doctor S.H..n..C., se procede a tratar los asuntos
que se indican a continuación, incluidos en el Orden del Día y previa
deliberación ACORDARON: PRIMERO: Atento a la renuncia condicionada
presentada oportunamente por la Jefa de Despacho M..M.
.
B., de la Secretaría Electoral dependiente del Juzgado Federal
Electoral de la Capital Federal, y habiéndosele otorgado el beneficio de la
jubilación, aceptar su renuncia al cargo a partir del primero de diciembre de
dos mil veintiuno. (Expediente número "SC" mil ochenta y ocho, año dos mil
veintiuno). SEGUNDO: Atento al informe del Departamento de Medicina
Preventiva y Laboral del Poder Judicial de la Nación, conceder a la
Escribiente Auxiliar Blanca C..M., de la Secretaría Electoral
dependiente del Juzgado Federal Electoral de la provincia de Buenos Aires,
prórroga de licencia por enfermedad, con percepción de haberes, por el
término de setenta días, a partir del veintinueve de noviembre de dos mil
veintiuno, con vencimiento el seis de febrero de dos mil veintidós. Artículo
veintitrés, inciso a) del Régimen de Licencias aprobado por A. número
treinta y cuatro, año mil novecientos setenta y siete de la C.S.J.N. (Expediente
número “SC” mil novecientos noventa y ocho –fojas uno-, año dos mil
veintiuno). TERCERO: Atento al informe del Departamento de Medicina
Preventiva y Laboral del Poder Judicial de la Nación, conceder a la
Escribiente Dolores Miralles, de la Secretaría Electoral dependiente del
Juzgado Federal Electoral de la provincia de Buenos Aires, prórroga de
licencia por enfermedad, con percepción de haberes, por el término de
veintiocho días, a partir del veintinueve de noviembre de dos mil veintiuno,
con vencimiento el veintiséis de diciembre del mismo año. Artículo veintitrés,
inciso a) del Régimen de Licencias aprobado por A. número treinta y
cuatro, año mil novecientos setenta y siete de la C.S.J.N. (Expediente número
"SC" mil novecientos noventa y nueve –fojas uno-, año dos mil veintiuno).
CUARTO: Atento al informe del Departamento de Medicina Preventiva y

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