Acordada Ordinaria Nº 11-2017 de Cámara Nacional Electoral del 21-02-2017

Fecha21 Febrero 2017
Número de sentencia11-2017
Número de resolución11-2017
Poder Judicial de la Nación
U S O O F I C I A L
ACORDADA NUMERO ONCE: En Buenos Aires, a los veintiún días del
mes de febrero del año dos mil diecisiete, celebran el presente Acuerdo, el
señor Presidente de la Cámara Nacional Electoral, doctor Santiago Hernán
Corcuera y el doctor Martín Irurzun, Presidente de la Excma. Cámara
Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital -
atento lo establecido por el Artículo 31 del decreto ley 1285/58 (texto según
ley 26.371), Resolución C.N.E. del 31 de marzo de 2016, prorrogada por
Resolución C.N.E. del 27 de diciembre de 2016; lo dispuesto para el señor
Vicepresidente, doctor Alberto Ricardo Dalla Via, por Resolución de
Vicepresidencia 21/2016 y la vacante producida por el deceso del doctor
Rodolfo Emilio Munné-, actuando la Secretaria de Cámara doctora Alejandra
Marcela Lázzaro. Abierto el acto por el señor Presidente, doctor Santiago
Hernán Corcuera, se procede a tratar los asuntos que se indican a
continuación, incluidos en el Orden del Día y previa deliberación
ACORDARON: PRIMERO: Atento al informe del Departamento de
Medicina Preventiva y Laboral del Poder Judicial de la Nación, autorizar al
Medio Oficial –P.O.M.- Daniel Fernando Farías, de la Secretaría Electoral
dependiente del Juzgado Federal Electoral de la Capital Federal, a realizar
tareas livianas, por el término de treinta y dos días, a partir del diecisiete de
enero de dos mil diecisiete, con vencimiento el diecisiete de febrero del
mismo año. Artículo veintiocho, del Régimen de Licencias aprobado por
acordada número treinta y cuatro, año mil novecientos setenta y siete de la
C.S.J.N. (Expediente número “SC” ochenta y seis -fojas uno- año dos mil
diecisiete). SEGUNDO: Atento al informe del Departamento de Medicina
Preventiva y Laboral del Poder Judicial de la Nación, conceder al Oficial
Eduardo Rafael Evangelista, de la Secretaría Electoral dependiente del
Juzgado Federal Electoral de la Capital Federal, prórroga de licencia por
enfermedad, con percepción de haberes, por el término de veinticinco días, a
partir del veintiséis de enero de dos mil diecisiete, con vencimiento el
diecinueve de febrero del mismo año. Artículo veintitrés, inciso a) del
Régimen de Licencias aprobado por Acordada número treinta y cuatro, año
mil novecientos setenta y siete de la C.S.J.N. (Expediente número “SC” ciento
dos -fojas uno-, año dos mil diecisiete). TERCERO: Atento al informe del
Departamento de Medicina Preventiva y Laboral del Poder Judicial de la

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