Acordada N° 6-TSJ/18

EmisorTribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires
Fecha de la disposición24 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
ACORDADA N.º 6/TSJ/18
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 17 días del mes de abril de 2018, se reúne el
Tribunal Superior de Justicia, integrado por su presidente, juez Dra. Inés M. Weinberg,
su vicepresidenta, Dra. Ana María Conde y la señora jueza Alicia E. C. Ruiz; y
CONSIDERAN:
La Ley nº 2080 establece que el Tribunal Superior de Justicia fija la remuneración de
sus integrantes, la cual no podrá superar en más de un treinta por ciento (30%) la que
corresponda a un Juez de Cámara de la Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires. Con apoyo en ese marco normativo, el Tribunal por Acordada n° 12/2006
determinó el sueldo básico de las juezas y los jueces del Tribunal, dentro del límite
indicado.
Por Resolución de Presidencia n° 292/2018, ratificada por la Resolución nº 64/2018
del Consejo de la Magistratura, se otorgó un incremento para sus magistrados y
personal, del 5% retroactivo a partir del día 1° de enero de 2018 y del 6% retroactivo a
partir del 1º marzo de 2018. También dispuso un incremento salarial del 5% a partir del
1° de agosto de 2018.
Con el objetivo de mantener la relación de los haberes determinada por la ley
citadapara los Jueces de este Estrado, respecto de los Jueces de Cámara,
corresponde que el Tribunal se adecue a lo decidido por el Consejo de la Magistratura.
Previo al dictado del acto administrativo propiciado, se ha corroborado la existencia de
créditos suficientes en la partida correspondiente del presupuesto del Tribunal para el
ejercicio en curso.
Por ello, de conformidad con el artículo 114 de la Constitución de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, y el artículo 1° de la ley nº 2080, los Jueces del Tribunal Superior de
Justicia
ACUERDAN:
1. Establecer para las señoras juezas y los señores jueces del Tribunal Superior
de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires un incremento remunerativo sobre
el sueldo básico, del 5% (cinco por ciento) retroactivo al día 1° de enero de 2018, de
un 6% (seis por ciento), retroactivo al día 1° de marzo de 2018 y de un 5% (cinco por
ciento) a partir del 1° de agosto de 2018.
2. Instruir a la Dirección General de Administración a ejecutar la liquidación
salarial suplementaria.
3. Instruir a la Dirección General de Administración para que realice la
comunicación pertinente al Departamento de Gestión de Asuntos Previsionales y Obra
Social del Consejo de la Magistratura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin
de que informe a la Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES), con el
detalle de los funcionarios del Tribunal que obtuvieron su jubilación bajo el régimen de
la Ley n° 24.018 y las Resoluciones del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad
Social n° 1.418/2008 y 981/2009.
4. Mandar se registre, se dé a la Dirección General de Administración para su
instrumentación y se publique por un (1) día en el Boletín Oficial de la Ciudad
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5360 - 24/04/2018

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