Acordada H.C.S.J 488 / 2007 ACORDADA / 2007-06-28. Aviso Nro: 16058

Fecha de la disposición 4 de Julio de 2007
Número de Boletín26571
Fecha de Publicación 4 de Julio de 2007

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA. ACORDADA N° 488, del 28/06/2007. VISTO:

La Acordada 705/05, que implementa el Procedimiento para la percepción, pago, seguimiento y control de los ingresos en concepto tasa de justicia del Poder Judicial de Tucumán, que se encuentra en vigencia desde el 05-02-2007; y CONSIDERANDO:

Que a fs. 15 El Colegio de abogados realiza una presentación en la cual expone las dificultades en el ejercicio profesional de sus colegiados. Que en el informe de Secretaría Administrativa y Dirección de Sistemas que corre agregado a fs. 1 de estos actuados, se pone en conocimiento de esta Corte Suprema los diversos tipos de inconvenientes resultantes de la implementación del nuevo sistema. Que en dicho informe los funcionarios exponen las diversas problemáticas a nivel informático entre el Banco del Tucumán y este Poder Judicial y las advertidas al ejecutar el procedimiento a nivel interno, las que entorpecen los tiempos procesales y administrativos de las distintas dependencias, por lo cual proponen modificaciones tendientes a subsanarlas. Que todo proceso nuevo debe ser perfectible, de manera de conducirlo con fines ágiles y eficientes. Que a fs. 19 el Banco del Tucumán S.A. se encuentra en condiciones para la implementación del nuevo procedimiento. Que en virtud de lo considerado ut-supra resulta conveniente modificar el Anexo de la Acordada 705/05 con el fin de mejorar el "Procedimiento para la percepción, pago, seguimiento y control de los ingresos en concepto Tasa de Justicia del Poder Judicial Tucumán". Que en virtud de lo expuesto, con asistencia del Sr. Ministro Fiscal y encontrándose en comisión el señor Vocal Dr. Alberto José Brito; ACORDARON:

  1. Dejar sin efecto el Anexo de la Acordada N° 705/05, de esta Corte Suprema en virtud de lo considerado precedentemente. II.- Aprobar el nuevo Anexo para el "Procedimiento para la percepción, pago, seguimiento y control de los ingresos en concepto tasa de Justicia del Poder Judicial de Tucumán" que se adjunta a la presente e integra la misma; el que entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. III.- Notificar el contenido de la presente a los Colegios de Abogados y Colegio de Procuradores de ambos Centros Judiciales. IV.- Publicar el contenido de la presente, por 1 día en el Boletín Oficial de la Provincia y sin cargo. Con lo que terminó, firmándose por ante mí, doy fe. Alfredo Carlos Dato. René Mario Goane. Héctor Eduardo Area Maidana. Antonio Gandur. Luis Augusto...

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