ACORDADA H.C.S.J 1108 / 2019 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA de 18 de Septiembre de 2019

Fecha de Entrada en Vigor28 de Septiembre de 2019
Fecha de la disposición18 de Septiembre de 2019
Número de Boletín29584
Fecha de Publicación27 de Septiembre de 2019
Número de documento74342

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

ACORDADA N° 1.108

En San Miguel de Tucumán, a 18 de septiembre de dos mil diecinueve, reunidos los señores Jueces de la Excma. Corte Suprema de Justicia que suscriben, y

VISTO:

Las actuaciones de Superintendencia N°17476/19 y Acuerdo N° 1029/2010, por el cual se dispone que el ingreso de aspirantes a las vacantes en el cargo de Ayudante Judicial del Poder Judicial, se realice de conformidad a lo establecido por el “Procedimiento

general de ingreso de Personal Administrativo del Poder Judicial”; y

CONSIDERANDO:

A la fecha, se agotó el Orden de Méritos establecido mediante el Concurso Público convocado por Acordada N° 1062/2015; lo que torna necesario efectuar un nuevo llamado a Concurso Público para cubrir las vacantes que se produzcan con posterioridad.

Es necesario modificar aspectos operativos del “Procedimiento General de Ingreso en el Cargo de Ayudante Judicial al Poder Judicial” vigente, aprobado por la Acordada N° 1165/2016 (Anexo I).

Es conveniente implementar un nuevo concurso, para cubrir doscientas (200) vacantes.

La Dirección de Recursos Humanos ha proyectado las vacantes teniendo en cuenta un promedio de los distintos tipos de bajas de personal de los últimos cinco años, sumándole los cargos estimativos nuevos a crearse por presupuesto.

Por ello y en uso de las facultades conferidas por el art. 13 de la Ley Orgánica del Poder Judicial;

ACORDARON:

  1. APROBAR el “Procedimiento de Ingreso en el cargo de Ayudante Judicial al Poder Judicial” (Anexo), aplicable al presente Concurso.

  2. CONVOCAR, a concurso público de oposición para cubrir doscientas (200) vacantes en el cargo de “Ayudante Judicial” (categoría 36.01) en los Centros Judiciales Concepción y Monteros, conforme a lo establecido en el Anexo de la presente Acordada.

  3. ESTABLECER, que la inscripción de los aspirantes se realice desde el 09/10/2019 al 10/10/2019 inclusive, a través de la página web del Poder Judicial www.justucuman.gov.ar, sección “Concursos RRHH Excma. Corte”. Toda comunicación y notificación vinculada a la convocatoria y al desarrollo del concurso, será efectuada a través de la página web referida.

  4. DISPONER, que la Dirección de Recursos Humanos tendrá a cargo el contralor del Concurso y adoptará las decisiones pertinentes, antes y durante su desarrollo.

  5. DISPONER, que la Dirección de Sistemas tendrá a cargo el proceso de inscripción y confirmación de turnos, según especificaciones indicadas en el Anexo de la presente Acordada y la instalación, mantenimiento, soporte y operatividad de los equipos y sistemas destinados al Concurso. Asimismo, evacuará consultas técnicas referentes a los Formularios Web.

  6. DISPONER, que a los fines de la realización de los Concursos Públicos, la Dirección de Recursos Humanos podrá solicitar a Presidencia de esta Corte Suprema, que se afecte el personal de las oficinas que estime pertinente para la mejor prosecución del

    trámite.

  7. DISPONER que los gastos de organización que originan este concurso, serán imputados al Programa 20 de la Cuenta Especial de Infraestructura Judicial y Fondos Bibliotecas del presupuesto vigente.

  8. NOTIFICAR y publicar en sitio de la página Web del Poder Judicial y en el Boletín Oficial de la Provincia, por dos días sin cargo; notificar al Colegio de Abogados del Sur y a la Dirección de Comunicación Pública de la Excma. Corte, a fin de difundir en

    medios de prensa escritos y audiovisuales.

  9. PREVIA EJECUTORIEDAD de la presente, dar intervención a la Delegación Fiscal del H. Tribunal de Cuentas de la Provincia, para el ejercicio del control preventivo (art. 124 inc. 1° Ley 6970 de Administración Financiera, complementarias y modificatorias).

    Con lo que terminó, firmándose por ante mí, doy fe.

    Daniel Oscar Posse. Antonio Daniel Estofán (con su voto). Claudia Beatriz Sbdar. Daniel Leiva. Eleonora Rodríguez Campos. Ante mí:

    Enrique Ernesto Ávila

    VOTO DEL SEÑOR VOCAL DECANO DR. ANTONIO DANIEL ESTOFÁN:

    Considero se deben mantener los puntajes vigentes de cada prueba.- Antonio Daniel Estofán

    Ante mí: Enrique Ernesto Ávila

    Anexo

    Procedimiento de Ingreso al Poder Judicial en el cargo de Ayudante Judicial (categoría 36.01) Centros Judiciales Concepción y Monteros

Artículo 1

Escalafón de Ingreso.

El ingreso al Poder Judicial, en calidad de empleado administrativo, se hará en el cargo de Ayudante Judicial (categoría 36.01).

Aquellos postulantes que pertenezcan a la carrera de Maestranza de este Poder Judicial y figuren en el Orden de Mérito de los aprobados, ingresarán en la categoría de la carrera administrativa cuyo sueldo básico sea similar (no inferior), en el turno que corresponda según su orden de mérito.

Asimismo, quienes pertenezcan a la carrera administrativa de la Justicia de Paz, ingresarán en la categoría correspondiente al cargo que posean al momento de ser convocados al trámite preocupacional, en el turno que corresponda según su orden de mérito.

Artículo 2

Requisitos.

2.1 Requisitos para participar del Concurso y posterior designación en el cargo

  1. Certificado de buena conducta y de Reincidencia, expedidos por autoridad competente, que serán solicitados por la Dirección de Recursos Humanos en el momento en que el postulante sea convocado al trámite preocupacional, según Orden de Méritos.

  2. Dieciocho (18) años de edad como mínimo, cumplidos al momento del cierre de la inscripción.

  3. Copia del Título Secundario o Polimodal analítico, certificada por el Establecimiento educativo que lo expidió y por el Ministerio de Educación de la Provincia de Tucumán, cuando lo requiera la Dirección de Recursos Humanos.

    Asimismo, si el Título es de otra Provincia, la copia debe estar certificada, además, por el Ministerio de Educación de la Provincia que lo expidió. Si el Título es extranjero, deberá estar convalidado en el Territorio Nacional.

    No se aceptarán constancias de Títulos en trámite o extraviados.

  4. Además, en caso de poseer Título Universitario:

    * Universidad Privada: copia legalizada por la Universidad que expidió el mismo.

    * Universidad Estatal: copia legalizada por el Rectorado de la...

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