ACORDADA H.C.S.J 853 / 2013 ACORDADA 853 de 13 de Septiembre de 2013

Fecha de la disposición13 de Septiembre de 2013
Número de Boletín28107
Fecha de Publicación19 de Septiembre de 2013
Número de documento35871

CORTE SUPREMA DE JSUTICIA. ACORDADA N° 853, del 13/09/2013.

VISTO: La Ley Provincial Nº 8197, relacionada con la creación del Consejo Asesor de la Magistratura; y

CONSIDERANDO: Que por la referenciada normal provincial, se crea el Consejo Asesor de la Magistratura (CAM), con competencia material para sustanciar el procedimiento de selección de los postulantes para cubrir los cargos vacantes en el Poder Judicial de la Provincia.

Dicha ley, en sus artículos 2° (Inciso 2° y último párrafo) y 3° (primero y cuarto párrafos) dispone que, esta Excma. Corte, debe reglamentar las características que tendrán las elecciones y convocar a comicios para designar los representantes ante el CAM de los Magistrados o miembros del Ministerio Público, titulares y suplentes, tanto del Centro Judicial de Capital como los Tribunales del Sur de la Provincia (abarcando conjuntamente los Centros Judiciales de Concepción y Monteros).

Que sin perjuicio de considerar que la elección de Magistrados o miembros del Ministerio Público para integrar el Consejo Asesor de la Magistratura, se debe realizar mediante dos procesos eleccionarios distintos (ya que deben elegirse representantes para los cargos de la Capital y del Sur), resulta conveniente fijar un cronograma de plazo común -pero de cumplimiento independiente-, para cada elección.

Por ello, con asistencia del Sr. Ministro Fiscal y en ejercicio de facultades conferidas por los arts. 121 CP y 13 de la Ley Orgánica de éste Poder Judicial;

ACORDARON:

  1. DISPONER la creación de dos (2) Consejos Electorales ad-hoc, uno (1) para el Centro Judicial de Capital y, uno (1) para los Centros Judiciales de Concepción y Monteros, conforme lo regulado por el art. 3° de la Ley 8197 y modificat. Los citados Consejos Electorales tendrán a su cargo la dirección, control y resolución del proceso electoral para la elección de los Magistrados y Funcionarios Constitucionales que integrarán el Consejo Asesor de la Magistratura (art. 2° inc. 2° Ley 8197 y modificat.)

    Los Consejos se integrarán de la siguiente manera:

    1. - Consejo Electoral del Centro Judicial Capital: Dres. Adriana del Carmen

      Gianonni, Marcela Beatriz de Fátima Tejeda y Hernán Eduardo del Corazón de Jesús Molina.

    2. - Consejo Electoral de los Centros Judiciales de Concepción y Monteros: Dres. Graciela Beatriz del Valle Campos Romero, Elena del Tránsito Grellet y Raúl Rubén Fermoselle.

  2. ESTABLECER el 11 de octubre del corriente año -en horario vespertino de 13 a 18 hs. para...

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