Acordada Extraordinaria Nº 66-2008 de Cámara Nacional Electoral del 22-07-2008

Fecha22 Julio 2008
Número de resolución66-2008
ACORDADA EXTRAORDINARIA NÚMERO SESENTA Y SEIS: En Buenos
Aires, a los veintidós días del mes de julio del año dos
mil ocho, se reúnen en Acuerdo Extraordinario, en la Sala
de Acuerdos de la Cámara Nacional Electoral, los doctores
Rodolfo Emilio Munné, Santiago Hernán Corcuera y Alberto
Ricardo Dalla Vía, actuando los Secretarios de la Cámara
doctores Felipe González Roura y Nicolás Deane. Abierto el
acto por el señor Presidente, doctor Rodolfo Emilio Munné,
CONSIDERARON:
1°) Que la Justicia Nacional Electoral tiene
encomendada -entre sus funciones primordiales- la tarea de
confeccionar los padrones que se utilizan en los comicios,
reflejando la fiel composición del cuerpo electoral de la
Nación.
A esos efectos, utiliza los registros que el
legislador ha puesto a su cargo -de conformidad con las
pautas fijadas en el Titulo I del Código Electoral
Nacional-, los cuales son estructurados con base en las
comunicaciones cursadas por el Registro Nacional de las
Personas (arts. 18, 19, 21, 22 y ce., del código citado) y
en la información relativa a inhabilitaciones y
exclusiones que remiten los jueces de las causas que
originan tales supuestos (arts. 21, 36 y ce. del Código
Electoral Nacional).-
2°) Que para asegurar la pureza de los mencionados
registros, esta Cámara ha venido adoptando todas las
medidas a su alcance dirigidas a unificar los
procedimientos para el tratamiento homogéneo de la
información; a detectar errores u omisiones y resolverlos
con la mayor celeridad; a alentar la participación activa
de los electores en el control de su situación registral y
en la formulación de reclamos y a encauzar dichos reclamos
por una vía idónea para darles la más rápida respuesta
(cf. Acordadas CNE 150/05; 73/06; 90/06; 92/06; 111/06;
112/06; 68/07; 74/07 entre otras).

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