Acordada Extraordinaria Nº 58-2013 de Cámara Nacional Electoral del 06-06-2013

Fecha06 Junio 2013
Número de sentencia58-2013
Número de resolución58-2013
Poder Judicial de la Nación
ACORDADA EXTRAORDINARIA NÚMERO CINCUENTA Y OCHO: En
Buenos Aires, a los seis días del mes de junio del año dos mil
trece, se reúnen en acuerdo extraordinario en la Sala de
Acuerdos de la Cámara Nacional Electoral, los doctores Alberto
Ricardo Dalla Via, Rodolfo Emilio Munné y Santiago Hernán
Corcuera, actuando los Secretarios de la Cámara doctores Hernán
Gonçalves Figueiredo y Sebastián Schimmel. Abierto el acto por
el señor Presidente doctor Alberto Ricardo Dalla Via,
CONSIDERARON:
1º) Que, mediante Acordada 128/11, la Cámara
Nacional Electoral autorizó y reglamentó el acompañamiento
cívico por parte de las organizaciones de la sociedad civil, con
el objeto de que éstas puedan llevar a cabo tareas de
seguimiento del acto electoral, mediante la búsqueda y obtención
completa y exacta de información y su análisis imparcial y
profesional para la extracción de conclusiones.-
En ese marco, una de las entidades inscriptas en
el Registro creado a tal fin, denunció a fines del año 2011, la
existencia de una elevada cantidad de ciudadanos de nacionalidad
paraguaya que habrían votado en la Provincia de Formosa en las
elecciones nacionales del 23 de octubre de ese año.-
2º) Que, en virtud de esa presentación, este
Tribunal dispuso a principios del año 2012, la instrucción de
actuaciones penales para la investigación de los hechos
denunciados.-
El Juzgado Federal con competencia electoral de
ese distrito, por su parte, adoptó una serie de medidas
tendientes a constatar los domicilios de los individuos
incluidos en dicha nómina, que se redujo -luego de depurar la
lista- de 10.000 denunciados a 890.-
3º) Que, asimismo, de conformidad con lo
previsto por el artículo 17 del Código Electoral Nacional -que
estipula que corresponde a la Cámara Nacional Electoral

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