Acordada Extraordinaria Nº 57-2004 de Cámara Nacional Electoral del 29-06-2004

Número de sentencia57-2004
Número de resolución57-2004
Fecha29 Junio 2004
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ACORDADA NUMERO CINCUENTA Y SIETE: En Buenos Aires a los
veintinueve días del mes de junio del año dos mil cuatro, se reúnen en acuerdo
en la Sala de Acuerdos de la Cámara Nacional Electoral, los doctores Rodolfo
Emilio Munné y Alberto Ricardo Dalla Via, actuando el Secretario de la Cámara
doctor Jorge Horacio Otaño Piñero. Abierto el acto por el señor Presidente
doctor Rodolfo Emilio Munné, se procede a tratar los asuntos que se indican a
continuación, incluidos en el Orden del Día y previa deliberación
ACORDARON: PRIMERO: Conceder a la Escribiente Alejandra Rosa
Etchevers, de la Secretaría Electoral dependiente del Juzgado Federal Electoral
de la provincia de Buenos Aires, prórroga de licencia por enfermedad, con
percepción de haberes, por el término de sesenta y siete días, a partir del ocho de
mayo de dos mil cuatro, con vencimiento el trece de julio del mismo año.
Artículo veintitrés, inciso a) del Régimen de Licencias aprobado por acordada
número treinta y cuatro, año mil novecientos setenta y siete de la C.S.J.N.
(Expediente número "SC" seiscientos veinticinco, -fojas uno y cuatro-, año dos
mil cuatro). SEGUNDO: Conceder a la Oficial Elsa Silvia Villagra, de la
Secretaría Electoral dependiente del Juzgado Federal Electoral de la provincia de
Buenos Aires, licencia por enfermedad, con percepción de haberes, por el
término de sesenta días, a partir del diez de junio de dos mil cuatro, con
vencimiento el ocho de agosto del mismo año. Artículo veintitrés, inciso a) del
Régimen de Licencias aprobado por acordada número treinta y cuatro, año mil
novecientos setenta y siete de la C.S.J.N. (Expediente número "SC" seiscientos
veintisiete, -fojas uno, dos y cuatro-, año dos mil cuatro). TERCERO:
Conceder a la Prosecretaria Administrativa Beatriz Sosa Laspiur de Hermida, de
la Secretaría Electoral dependiente del Juzgado Federal Electoral de la provincia
de Buenos Aires, prórroga de licencia por enfermedad, con percepción de
haberes, por el término de treinta días, a partir del quince de junio de dos mil
cuatro, con vencimiento el catorce de julio del mismo año.- Artículo veintitrés,
inciso a) del Régimen de Licencias aprobado por acordada número treinta y
cuatro, año mil novecientos setenta y siete de la C.S.J.N. (Expediente número
"SC" seiscientos veintiocho, -fojas uno, dos y cuatro-, año dos mil cuatro).

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