Acordada Extraordinaria Nº 50-2017 de Cámara Nacional Electoral del 27-06-2017

Número de sentencia50-2017
Fecha27 Junio 2017
Número de resolución50-2017
Poder Judicial de la Nación
U S O O F I C I A L
ACORDADA EXTRAORDINARIA NÚMERO CINCUENTA: En Buenos Aires, a
los veintisiete días del mes de junio de dos mil diecisiete, se
reúnen en acuerdo extraordinario en la Sala de Acuerdos de la
Cámara Nacional Electoral, los doctores Santiago Hernán
Corcuera y Alberto Ricardo Dalla Via, actuando el Secretario de
la Cámara Sebastián Schimmel. Abierto el acto por el señor
Presidente, doctor Santiago Hernán Corcuera,
CONSIDERARON:
1º) Que este Tribunal ha venido adoptando diversas
medidas tendientes a la incorporación de mayores garantías
sobre el proceso electoral, vinculadas con la implementación de
herramientas efectivas para la trazabilidad y monitoreo de las
elecciones por parte de la justicia nacional electoral,
mediante -por ejemplo- la estandarización de algunas prácticas
y procedimientos respecto del seguimiento de la preparación del
material, útiles y documentación electoral, su entrega al
correo, la recepción posterior al término de la jornada
electoral, la custodia en depósito, etc. (cf. Ac. 38/15), así
como también a través de la progresiva incorporación de
herramientas tecnológicas, tales como la utilización de
instrumentos que permitan una lectura y seguimiento
automatizado de aquellos documentos o elementos que se
determinen, permitiendo relevar con mayor celeridad y exactitud
su estado de situación” (cf. Ac. cit.).
Del mismo modo, en lo que hace a su responsabilidad
sobre el Registro Nacional de Electores, se ha dispuesto la
utilización del Sistema de Gestión Electoral (SGE) que
estructura el aludido Registro en una base de datos única y
centralizada (cf. art. 15, Código Electoral Nacional) a fin de
proponder a un más agil circuito de la información y, en
consencuencia, una mayor eficiencia los procesos establecidos
para garantizar la integridad en los datos (cf. Acs. 102/14,
27/16 y 87/16 CNE).
En ese marco, se encomendó la progresiva
normalización y geolocalización de domicilios, y la
normalización de las tablas referenciales, conforme la
información oficial remitida por los organismos públicos
nacionales, provinciales o municipales -v. gr., organismos de
catastro u otras dependencias con funciones análogas o

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