Acordada Extraordinaria Nº 15-2017 de Cámara Nacional Electoral del 14-03-2017

Número de resolución15-2017
Número de sentencia15-2017
Fecha14 Marzo 2017
Poder Judicial de la Nación
ACORDADA EXTRAORDINARIA NÚMERO QUINCE: En Buenos Aires, a los
catorce días del mes de marzo de dos mil diecisiete, se reúnen
en acuerdo extraordinario en la Sala de Acuerdos de la Cámara
Nacional Electoral los doctores Santiago Hernán Corcuera y
Alberto Ricardo Dalla Via, actuando el Secretario de la Cámara
doctor Sebastián Schimmel. Abierto el acto por el señor
Presidente, doctor Santiago Hernán Corcuera,
CONSIDERARON:
1º) Que, de conformidad con lo establecido por
el artículo 20 de la ley 26.571 -y sus modif.-, se encuentra
prevista la realización de las elecciones primarias abiertas,
simultáneas y obligatorias para el el segundo domingo de
agosto del año en que se celebren las elecciones generales”; es
decir, el 13 de agosto del corriente año.
Asimismo, se prevé que los comicios nacionales
destinados a elegir veinticuatro (24) senadores nacionales -en
los distritos Buenos Aires, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones,
San Juan, San Luis y Santa Cruz- y ciento veintisiete (127)
diputados nacionales, se lleven a cabo el cuarto domingo de
octubre inmediatamente anterior a la finalización de los
mandatos” (cf. artículo 53 del Código Electoral Nacional); esto
es, el 22 de octubre de 2017.
2º) Que como responsable de la administración
electoral federal, el fuero -del que esta Cámara es la
“autoridad superior” (art. 5, ley 19.108 y sus modif.)- tiene
a su cargo todo lo relativo a la organización, dirección y
control de los procesos electorales, entendidos como el
conjunto de actos regulados jurídicamente y dirigidos a
posibilitar la auténtica expresión de la voluntad política de
la ciudadanía (cf. Fallos CNE 3473/05 y 3533/05 y doctrina de
Acs. Nº 107/06, 128/09, 18/13 y 44/15 CNE).
En tal sentido, cabe recordar que en el ámbito
de su competencia, el Tribunal ha procurado constantemente la
adopción de medidas “tendientes a optimizar las distintas

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